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Trabajo: Actividad de aprendizaje 3. Recurso de revocación y apelación


Enviado por   •  17 de Junio de 2017  •  Tareas  •  3.396 Palabras (14 Páginas)  •  744 Visitas

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Carrera: Derecho.

Programa educativo: Derecho Procesal Mercantil.

Docente: Mtro. Miguel Ángel Ruiz Matilla

Trabajo: Actividad de aprendizaje 3. Recurso de revocación y apelación

Estudiante: Paul Bryan Hernández Albarrán.

Grupo: L030

Matrícula: 64849

Coacalco, Estado de México a 28 de mayo del 2017.

INTRODUCCIÓN:

RECURSO DEFINICIÓN: Son el conjunto de instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales a través de los cuales personas con interés legítimo, ya sean partes o terceros, se inconforman contra una actuación que les perjudica, emitida dentro del proceso por un magistrado, juez o autoridad judicial, interponiéndolo antes de que la resolución sea considerada firme, mediante la expresión de lo que considera deficiente, equivocado, ilegal o injusto y con la intención de que el superior jerárquico, una vez que haya analizado las inconformidades hechas valer la modifique, revoque o sancione al responsable.

Apelación, la interposición del recurso, su procedencia y trámite en el procedimiento mercantil.

APELACIÓN: El término apelación proviene del latín appellare, que significa pedir auxilio. Es el medio impugnativo ordinario a través del cual una de las partes o ambas (apelante) solicitan que un tribunal de segundo grado (de alzada) examine una resolución dictada dentro del proceso por el juez que conoce de la primera instancia (a quo), expresando sus inconformidades (agravios), con la finalidad de que el citado superior jerárquico, una vez que las analice y sin que pueda suplir sus deficiencias (en estricto derecho), emita una nueva determinación que la confirme o, en caso de encontrar deficiencias, que la sustituya reformándola o revocándola.

REVOCACIÓN: Es el medio de impugnación ordinario a través del cual las partes o los terceros interesados se inconforman en contra de los autos que no admiten el recurso de apelación y en contra de los decretos judiciales dictados por el juez que conoce del asunto en primera instancia, a efecto de que el mismo tribunal que los emitió los deje sin efecto o modifique.

La revocación puede interponerse en contra de los autos dictados por el juez de primera instancia que no admiten el recurso de apelación. Hay que recordar que no admiten el recurso de apelación los autos dictados en juicios mercantiles donde el interés del negocio no excede de 182 veces el salario mínimo general vigente, en la fecha y lugar donde se ventila el procedimiento.

EJEMPLO RECURSO DE REVOCACIÓN:

EXPEDIENTE NÚMERO: 44/ 10-13

SOLICITUD DE ALIMENTOS PROVISIONALES

C.  YULY PATRICIA CHAN CHACÓN

VS

C. EDUARDO RAZO SANTOS

C. JUEZ GUILLERMO RAMIREZ CAPULIN

PRIMERO MIXTO CIVIL- FAMILIAR

JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO

PRESENTE.

C. EDUARDO RAZO SANTOS, de generales conocidas en el expediente al rubro citado, y con dirección en Av. Paseo de las Palmas núm. 920, Col. Lomas de Chapultepec V Secc, C.P. 11000, Deleg. Miguel Hidalgo, CDMX. Para escuchar y recibir notificaciones; ante usted respetuosamente comparezco y expongo:

Vengo por medio del presente escrito y con apoyo a lo dispuesto en los artículos 794, 795 y demás relativos aplicables del Código Procesal Civil del Estado a interponer RECURSO DE REVOCACIÓN en contra dela auto de fecha 24 de mayo del 2016, y notificado al suscito el día 30 de mayo del actual 2016, dictado por su Señoría, a tal efecto me permito hacer la siguiente:

EXPRESIÓN DE AGRAVIOS

1.- Me causa agravio el auto que hoy se recurre, pues su Señoría emitió un auto de fecha 24 de mayo del 2016, mismo que me fue notificado con fecha 30 de mayo del 2016, presente a las 13:00 horas con 26 minutos, donde en el referido proveídole hace saber a la C. YULY PATRICIA CHAN CHACON, quien tiene domicilio en: Calz. De la Viga núm. 376, Col. Jamaica, Deleg. Venustiano Carranza, C.P. 15800, CDMX. que tiene el termino de tres días a partir que quede debidamente notificado el presente que hoy nos ocupa, para nombrar depositario judicial para que este a su vez sea citado para rendir protesta, que si bien es cierto se reserva el derecho de girar oficio a Seguridad Pública para llevar acabo el embargo, no menos cierto es que claramente señala que a reserva de acordar la solicitud de la denunciante hasta en tanto no señale depositario judicial, entendiendo que una vez hecho lo ordenado, se girara oficio correspondiente a Seguridad Pública para llevar a cabo la detención delos vehículos que me fueron embargados y que a la hora que fue hecho el embargo no estuvieron a la vista del Actuario, en virtud de que dichos bienes muebles ya no pertenecen al suscrito, aun cuando los actuales dueños no han hecho los debidos cambios de propietarios, pero que es bien sabido por la C. YULY PATRICIA CHAN CHACON, además que únicamente me desempeño como martillo de taxis y que es mi único empleo, ya que debido a las demandas por parte de mi aún esposa, al girar esta autoridad judicial los oficios a lo que eran mis centros de trabajo de inmediato me daban de baja, por lo tanto es el único sustento de mi menor hija MADAY RAZO CHAN, es por ello que me causa agravio, porque a pesar de todo es mi única fuente de empleo y que es el medio donde doy cumplimiento a la pensión fijada al suscrito.

2.- “ARTICULO 905 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO.- QUEDAN EXEPTUADOS DEEMBARGO.

FRACCION I.- LOS BIENES QUE CONSTITUYEN EL PATRIMONIO DE LA FAMILIA DESDE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS POR EL CODIGO CIVIL.

FRACCION III.- LOS INSTRUMENTO, APARATOS, Y UTILES NECESARIOS PARA EL ARTE U OFICIO AQUE EL DEUDOR ESTE DEDICADO.

Ahora bien, el suscrito mediante la Central de Consignaciones de este Tercer Distrito Judicial, bajo el expediente registrado con el número 443/2010-2011, C. YULI PATRICIA CHAN CHACÓN, he depositado los días y meses que la C. YULY PATRICIA CHAN CHACON, me reclama como adeudo de pensión alimenticia, que si bien es cierto, no le deposito las cantidades que ella cobraba como cuando estaba trabajando para empresas de petróleo, sino que depositaba de acuerdo a lo que ganaba, pero que tiene todos los depósitos que ella reclama en el expediente 443/10-11 de la Central de Consignaciones con sede en esta Ciudad de México, para corroborar mi dicho, el cual de la manera más atenta solicite se me concediera termino para comprobar que estaba dando cumplimento, sin embargo me fue negado.

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