Un Modelo de Gestión para la Supervisión Escolar
gusanin74Trabajo15 de Febrero de 2018
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Un Modelo de Gestión para la Supervisión Escolar
Realizar una retrospectiva de como ha venido evolucionando la función del supervisor escolar con los diferentes gobiernos y programas que han implementado para mejorar la calidad educativa, nos permite tener una visión más clara de lo que ha ocurrido referente al tema de Gestión Escolar y la función supervisora.
En este escrito se da a conocer de manera sintetizada la manera en como se ha ido modificando en cierta forma las funciones del supervisor, agregando la implementación de diseños pedagógicos que han tratado de enriquecer o entender la función de la supervisión escolar.
La educación básica enfrenta grandes desafíos ante el compromiso de convertirse en sólida plataforma del desarrollo social y preparar a las generaciones que garantizarán la sustentabilidad del México que tenemos en frente.
La Subsecretaría de Educación Básica (SEB) ha centrado su empeño en construir instituciones escolares capacitadas en el trabajo colegiado para asegurar la coordinación eficaz entre docentes, personal de apoyo, supervisores, asesores técnico-pedagógicos y directivos.
La prioridad y tarea pendiente del SEB es la atención a la supervisión escolar, como estrategia clave en el aseguramiento de la calidad educativa, propone atender la necesidad de impulsar una nueva gestión institucional, al implementar el Proyecto Fortalecimiento de la Gestión Institucional y de la Supervisión Escolar, pretende, de forma gradual, avanzar sostenida y sustantivamente en la generación de nuevas y mejores condiciones que den sustento al desarrollo profesional de la función supervisora.
En este recorrido estaremos sintetizando en 5 puntos para entender mejor los cambios que ha tenido la función supervisora:
1. El Sistema Educativo Nacional y la supervisión escolar
En esta parte es importante puntualizar que el Sistema Educativo Nacional (SEN) está integrado por los educandos y los educadores; autoridades educativas; los planes, programas, métodos y materiales; las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizado; de acuerdo con el Capítulo IV, Sección 1, de la Ley General de Educación, el sistema educativo cuenta con las modalidades de educación escolar, no escolarizada y mixta.
La Ley General de Educación (LGE) señala que todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al SEN; que la educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; que es un proceso permanente, orientado a favorecer el desarrollo del individuo y la transformación de la sociedad.
En las zonas escolares, los supervisores o inspectores cumplen funciones de control de carácter técnico-pedagógico y administrativo, así como de enlace entre las autoridades educativas y las escolares; deben conocer las necesidades educativas de la comunidad, organizar y promover el trabajo de la escuela en sus diferentes aspectos y vincular los lineamientos de la política educativa nacional con las acciones concretas de cada plantel.
El concepto supervisión se compone por los vocablos super y visus. El primero se refiere a un privilegio, ventaja o preferencia; el segundo, a la visión o mirada; por lo tanto, el supervisor posee la capacidad de ver y analizar la acción escolar y otorgar su visto bueno, en caso de requerirse, así como de orientar y acompañar a la comunidad escolar en el logro de los propósitos educativos. Se considera que un supervisor es todo jefe intermedio que tiene un grupo de subordinados a su cargo, pero también tiene supervisores a quiénes reportar, independientemente de su nivel o rango en la escala jerárquica; son figuras presentes en los sistemas educativos estatales, con atribuciones normativas y operativas dirigidas hacia las escuelas.
2. La supervisión escolar, un poco de historia
Durante el periodo de algunos gobernantes se intentó realizar cambios para mejorar la calidad de la educación, alcanzándose algunas de sus metas y en otras quedando únicamente en el papel. Es importante retomar la información que se nos brinda a través de una línea del tiempo puntualizando lo más relevante de cada periodo:
En la constitución de 1857 la enseñanza es libre; en el gobierno de Porfirio Díaz se establecieron acuerdos para formular las bases de la educación pública; durante la Revolución Mexicana la enseñanza impartida en las escuelas públicas de educación primaria es gratuita y laica; en 1917, con Venustiano Carranza la enseñanza se vuelve libre, laica en las escuelas públicas y particulares. Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto puede establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria y la enseñanza en las escuelas públicas es gratuita; con José Vasconcelos al frente de la SEP incluyó la lectura y la publicación de textos, creó un departamento editorial y le otorgó la infraestructura necesaria; en 1934, el General Lázaro Cárdenas la educación que impartió el estado fue socialista y, además de excluir toda doctrina religiosa, combatió el fanatismo y los prejuicios; durante el gobierno de Manuel Ávila Camacho se atribuyó la función principal a los supervisores escolares en vigilar que en los planteles se cuidara la “exacta observancia de las disposiciones legales” de la Ley Orgánica de la Educación Pública y que el contenido de la educación primaria fuera igual en toda la República.
Con la aparición del SNTE tomó bajo su control las políticas y decisiones en materia educativa, los nombramientos de figuras directivas (directores y supervisores) y docentes quedaron a su cargo, de esta manera se instituyeron las bases de su control; en el periodo de 1920 a 1970 se configuraron las funciones y los roles de la inspección escolar como instancia de control y regulación.
En 1981 se definió a la supervisión escolar como: El proceso integral que facilita el control del funcionamiento de los servicios educativos que se otorgan a la población en los planteles, conforme a normas, lineamientos, planes y programas de estudio, y de actividades aprobados por la Secretaría de Educación Pública.
El objetivo de la supervisión escolar se estableció como: Favorecer el adecuado funcionamiento del servicio educativo del nivel primario, en la zona de supervisión, conforme a las normas y criterios establecidos sobre el particular.
En 1987 se puso en marcha el Proyecto Estratégico de Fortalecimiento de la Capacidad Técnico Administrativa de los Directivos Escolares, por el que se diseñó el Manual del Supervisor de Zona de Educación Primaria, así como los de preescolar, secundaria, educación especial e inicial. Entre 1987 y 1988 se desarrolló el Programa de Capacitación para Supervisores, cuyo material principal es el Manual del Supervisor de Zona de Educación Primaria, y se pusieron en práctica sus lineamientos.
En mayo de 1992 se firmó el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB), por el cual el Gobierno Federal transfirió a los gobiernos de los estados los servicios de educación básica y los de formación inicial y en servicio de los docentes. El ANMEB fue un acuerdo político entre el Gobierno Federal, los gobiernos de los estados y el sindicato de maestros (SNTE). Su firma significó la definición de una política educativa nacional que, por su importancia, puede compararse con la creación de la SEP, en 1921.
Así, en los últimos tres lustros se ha desplegado un rico y variado conjunto de iniciativas, programas y proyectos referidos a la reforma de la supervisión escolar y de los servicios de apoyo a las escuelas; como se puede apreciar, a lo largo de la evolución del SEN, los inspectores o supervisores escolares han sido una pieza fundamental en la consolidación de las aspiraciones de esta institución educativa; han llevado las reformas educativas a todos los rincones del país y contribuido en la expansión del sistema y en proporcionar los servicios educativos en las comunidades más alejadas, entre otras acciones de gran relevancia social y política.
3. Situación actual de la supervisión escolar
Actualmente la supervisión escolar vive una situación que no se logra concretar en sí cual es la función que debe ejercer como supervisor escolar, entre todas estas inconsistencias encontramos:
- Debilidad en las políticas para la profesionalización de la función supervisora.
- La supervisión pone énfasis en los procedimientos técnico-administrativos.
- Las visitas a las escuelas se realizan en términos de la improvisación y fiscalización, más que en una intervención planificada.
- Los manuales que norman su acción datan de la década de los 80.
- Forman parte del organismo gremial (SNTE) y, al mismo tiempo, son representantes de la Secretaría de Educación Pública.
- La estructura organizativa responsable de la supervisión se distingue por la verticalidad y la rigidez.
- Realizan su trabajo ceñidos a parámetros de exigencias y rutinas muy arraigadas, basadas en la tradición del cargo, y no en su actualización e innovación.
- Falta de criterios, procedimientos o instrumentos actualizados de acuerdo con las necesidades de calidad y equidad para regular, orientar y evaluar el desempeño de la función supervisora.
- El personal de nuevo ingreso carece de las competencias para afrontar la función.
- Su gestión se caracteriza por ser centralista, vertical, rígida y homogénea y en muchos casos es excesivo el número de planteles por zona escolar.
- El modelo organizacional que identifica a la función supervisora responde a un rol directivo tradicional, cuyas características se enlistan a continuación: Verticalidad en la operación, discrecionalidad en la aplicación de la norma, valuación con fines de control y sanción, imposición de procedimientos, comunicación unilateral y prioridad al trabajo centralizado, aislado e individual
Algunos de los asuntos pendientes en el SEN son la definición e implantación de políticas que apuntan a una efectiva reforma de la supervisión escolar, entre las que se aprecian:
- Ausencia de una política nacional para la transformación de la supervisión.
- Carencia de un diagnóstico de la supervisión escolar a escala nacional
- Iniciativas aisladas en las entidades federativas por transformar o fortalecer a la supervisión escolar.
- Carencia de evaluación sistemática y análisis de la práctica de la supervisión, así como su impacto en la mejora de la escuela.
- No existe un programa de capacitación y actualización oficial y específico para la atención de la función supervisora, alineado a las políticas educativas vigentes ni de inducción al puesto.
- Modernización de la función; es decir, el planteamiento de nuevos roles y tareas acordes con las demandas actuales y futuras.
Se reconoce la importancia de la función supervisora para evaluar el rendimiento de las escuelas, a partir de la obtención de información para el análisis de los indicadores tradicionales: ingreso, egreso, matrícula, eficiencia terminal, reprobación y movilidad escolar. Sin soslayar dicho reconocimiento a través de la detección de los procesos educativos que requieren mejorar, de la recopilación y análisis de información en forma periódica, de la asesoría y acompañamiento para la transformación de la gestión escolar, de la instalación del plan estratégico como mecanismo para el ejercicio de la autonomía escolar y de la constitución de los Consejos Escolares de Participación Social como dispositivo que favorece la transparencia y la rendición de cuentas, entre otras acciones.
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