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Velo Corporativo

gleisis080416 de Marzo de 2015

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VELO CORPORATIVO

La doctrina conocida como levantamiento del velo consiste en la jurídica y doctrina jurisprudencial por la que los socios de una sociedad mercantil quedan obligados al cumplimento de la obligaciones y deudas de las mismas. Esta doctrina tiene su fundamento en el principio de equidad, buena fe, no fraude de ley y supone excepción a la regla general del derecho, este principio se conoce como responsabilidad limitada de los socios, con respecto a las deudas de la sociedad de las que son participes y permite a los tribunales de justicia prescindir de la forma externa de la persona jurídica y alcanzar a las personas que se encuentran por detrás.

Uno de los propósitos de una corporación es la de separar a una persona de la responsabilidad legal de una empresa. El velo corporativo garantiza que una empresa es una entidad legal separada de sus directores y accionistas, protegiendo así los bienes personales de los propietarios e inversores de las demandas.

Podemos decir que el velo corporativo tiene como significado que un accionista o propietario no incurre en la deuda que la empresa adquiere. Además, si una empresa es demandada y un juicio se concedió contra dicha compañía, los accionistas solo pueden llegar a perder la cantidad que cada uno invirtió.

Cómo funciona el velo corporativo, una vez que la corporación, se hace corporación, se convierte en su propia persona jurídica, por lo tanto es una persona jurídica, distinta y separada de las personas que la forman, son dueñas o invierten en ella. Entonces conservan sus derechos y responsabilidades como si fuera un dueño o se encarga de la realización de contratos, y puede demandar o ser demandada únicamente en nombre propio. El levantamiento del velo corporativo trata de corregir los abusos que se producen cuando la personalidad jurídica de las sociedades se utiliza como cobertura para eludir el cumplimiento de obligaciones consiguiéndose en resultado injusto o perjudicial para terceros y contrarios al ordenamiento jurídico.

HISTORIA DEL VELO CORPORATIVO

En los Estados Unidos el concepto del velo corporativo fue adoptado de la ley de las sociedades inglesas. Los principios del velo corporativo fueron ilustrados por primera vez en 1987 en el caso Ingles Salomon V. Salomon, en el que señalo que las filiales dentro de un conglomerado debían ser tratadas como entidades separadas de casa matriz. Antes de este tiempo, la gente tenía muy poca inversión, debido al riesgo personal involucrado. En los Estados Unidos, muchos casos relacionados con la cuestión del velo corporativo se han centrado en el daño ambiental y la responsabilidad en manos de las empresas matrices, como fue el caso de los Estados Unidos contra Bestfoods (1998).

ORIGEN DE LA RESPONSABILIDAD LIMITADA

Las sociedades existen, en parte, para blindar a sus accionistas de las responsabilidades por deudas que pudiesen producirse en la gestión de sociedad. Antes de la invención, durante el siglo XVII, de la figura mercantil de la sociedad limitada cualquiera de los socios podía responder de las deudas de la sociedad. En esa época se produjo la necesidad de afrontar grandes inversiones, para lo cual era necesaria la movilización de capitales inmensos; sin embargo los capitalistas eran renuentes a invertir su dinero por la posibilidad, si el negocio fracasaba, de responder de la totalidad de la deuda social.

En la actualidad el reconocimiento de las personas sociales con personalidad jurídica propia permite que se movilicen enormes capitales que se invierten en los más variados proyectos. Los accionistas no tienen responsabilidad por las pérdidas de la sociedad; dicho de otra manera: no responden de las obligaciones que terceros ostenten contra la sociedad. De igual manera, los agentes, directivos

y empleados de la sociedad no son responsables de

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