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BIENES Y DERECHOS REALES


Enviado por   •  11 de Octubre de 2015  •  Ensayos  •  1.098 Palabras (5 Páginas)  •  1.230 Visitas

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GRUPO COLEGIO MEXIQUENSE UNIVERSITARIO CAMPUS LICENCIATURAS

BIENES Y DERECHOS REALES

Docente: Mario Jiménez Jaimes

Alumna: Brenda Pineda Flores

Licenciatura en Derecho

3° semestre

Turno matutino

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INTRODUCCION

En este ensayo se presenta un poco de lo que abarca la materia “bienes y derechos reales” lo que se ha visto en el primer parcial del tercer semestre de la licenciatura en derecho, aunque son solo algunos temas hay que entender cada uno de ellos para así saber cuáles son nuestros derechos y obligaciones en cuanto a nuestras cosas bienes derechos,  posesiones, propiedades, etc.

Como sabemos todos, los derechos existen y son creados para la sociedad para mantener una organización y convivencia pero pasa que muchas veces se ignora lo que son nuestros derechos en todos los aspectos, es por eso que es de gran importancia saber un poco de todas las ramas del derecho. Esta vez se hablara sobre nuestros bienes y derechos reales que para entender un poco más en general veremos qué derechos y obligaciones tenemos con nuestra casa, un coche, un terreno, ropa, departamento, e incluso nuestros derechos sobre alguna casa rentada, etc.

Sabiendo todo esto nos será más fácil sobresalir de algunos engaños y abusos por los que veces se atraviesa por ignorar nuestros derechos.

Cosas bienes y derechos

Entendemos por cosa que es todo lo material, físico que se puede tocar y apreciar que genera una satisfacción y no es transmisible ni necesario que una persona lo posea, entonces se puede decir que una cosa puede ser mar, tierra, sol, entre otros que podemos apreciar pero nadie es propietario o poseedor.

Y entendemos por un bien lo que es susceptible de una apropiación lo que genera felicidad y que satisface a una persona. Un bien tiene ciertas características: que sea de utilidad, que sea una necesidad y que no este fuera del comercio es entonces cuando se convierte en un bien, algo de lo cual se pueda apropiar y se tenga un uso goce y disfrute que sea un derecho real y personal.

Cada bien del cual seas o no propietario entra en una clasificación y de acuerdo a eso es cómo vas a hacer uso de él.

Posesión

La posesión es el uso goce y disfrute que tiene una persona sobre un bien material que genera un derecho y os bienes y derechos susceptibles de apropiación. Se puede tener posesión de una cosa pero no se es el propietario.

Quienes pueden adquirir la posesión son las personas que van a disfrutarla, su representante legal, su mandatario o un tercero sin mandato.

Hay dos tipos de posesión que son:

De mala fe que genera obligaciones: restituir los frutos percibidos y responder por la pérdida por negligencia. Y sus derechos: el reembolso de todos los gastos.

De buena fe que genera obligaciones: no responde por el bien pero si por el beneficio de su perdida. Y sus derechos: el disfrute mientras sea de buena fe, retribución de lo invertido en el bien y hacer o quitar mejoras.

La posesión también tiene tres características: pacifica, publica y continua y la posesión puede perderse por varias razones y entre ellas están: por abandono, cesión, destrucción, despojo, entre otros.

Propiedad

Entendemos que la propiedad se ejerce sobre un bien, es el derecho uso goce y disfrute mediante el título que otorgue legitimación sobre un bien. La propiedad tiene como objeto que sea útil, corpóreo o incorpórea, susceptible de ocupación y que este dentro del comercio.

Copropiedad

Copropiedad es cuando dos o más personas son dueños de un bien y a cada propietario le pertenece una parte alícuota. .

A su vez esta se clasifica así:

  • Copropiedad voluntaria: nadie está obligado a la copropiedad.
  • Copropiedad forzosa: por naturaleza no se puede dividir o su venta.
  • Copropiedades temporales y permanentes: ordinariamente es temporal como consecuencia de que es voluntaria.
  • Copropiedad sobre un bien o bienes determinados: derecho sobre tu parte alícuota (solo la parte que te pertenece o que posees), valor positivo o estimable.

Artículo 27 de la Constitución política mexicana.

A continuación se plasman los 10 puntos más importantes sobre el contenido de este artículo que son de gran relevancia para la materia.

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