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Código de Etica Seguridad Privada


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2018  •  Informes  •  1.495 Palabras (6 Páginas)  •  649 Visitas

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INTRODUCCION

Las bases de una buena actuación son principalmente regidas por la ética que presenta cada persona, ya que en cada etapa del desarrollo humano y profesional se presentarán situaciones en donde se deberán poner a prueba principios y valores, que han sido obtenidos y reforzados durante el transcurso del tiempo y de las vivencias.

La ética determina cómo deben actuar los miembros de una sociedad., por lo que, se la define como la ciencia del comportamiento moral.  Se rige por sus propias normas las que no son contrarias a la sociedad en que se vive. Estas son valores universales que nacen del reconocimiento de la dignidad humana y de la necesidad de su pleno desarrollo en convivencia, en armonía y en paz, respetando la diversidad, la multiculturalidad, las creencias y las religiones.

Una manera de plasmar y enunciar las normas y principios éticos de una organización es la creación, uso y difusión de un Código de Ética, que es una declaración de intenciones que deberá motivar a sus colaboradores a comportarse éticamente en sus actividades, y servirá de apoyo o referente cuando desean hacer respetar sus propios valores.

OBJETIVO

El Código de Ética es un documento, que busca establecer un marco de referencia de conductas, ante determinadas situaciones para actuar de una manera ética, proba, y legal, lo que en otras palabras es hacer lo correcto, proporcionando un criterio claro y consensuado que permite a los colaboradores de una organización adecuar su conducta hacia el buen ejercicio de sus funciones. El Código de Ética es un documento oficial y formal, mediante el cual la organización declara su postura ante las situaciones más relevantes que se generan en los contextos en que los colaboradores se desenvuelven, intentando modelar lo que debiera estar integrado en la cultura de la organización, respecto del actuar esperado.

ALCANCES

El alcance del Código de Ética aplica a toda la organización, por lo que todos los colaboradores deben respetar y aplicar estricta y obligatoriamente estos lineamientos, independientemente del rol o la responsabilidad que se tenga.

PRINCIPIOS BÁSICOS DE ACTUACIÓN PROFESIONAL

CONGRUENCIA: Se aplicarán solo las medidas de seguridad proporcionadas y adecuadas a los riesgos que se trata de proteger con la finalidad de evitar un mal mayor hacia las personas.

Fundamentación: Dice relación con la proporción del medio empleado para repeler o impedir acciones contrarias hacia el normal funcionamiento de la empresa, como también las medidas que se implementarán para aquello. En este sentido, se deberán aplicar las medidas de seguridad en equilibrio a los riesgos que se trata de proteger, con el propósito de evitar un mal mayor hacia las personas y en gran medida disminuir enfermedades profesionales o accidentes laborales en el personal.

LEGALIDAD: En las actividades de seguridad e investigación privada, sólo se emplearán medios y acciones conforme al ordenamiento jurídico, teniendo un actuar ajustado a derecho no transgrediendo la normativa vigente.

Fundamentación: Las normas nos rigen como sociedad, y entre ellas se encuentran las jurídicas, por tanto, para toda actividad que emplee nuestra organización debe regirse por dicho principio como base de las acciones a desarrollar.

TRATO CORRECTO: En todo momento el personal de seguridad privada debe observar un trato correcto a los ciudadanos evitando todo tipo de abuso, arbitrariedad o violencia.

Fundamentación: Este principio constituye un factor común y transversal en el actuar del personal de seguridad en cualquier circunstancia, tipo y tamaño de la organización. Se debe considerar no cometer o ser cómplices de actos de vulneración hacia los Derechos Humanos hacia la ciudadanía o miembros de la Empresa, debiendo crear conciencia con dichos actos.

COMUNICACIÓN OPORTUNA: El personal de seguridad privada debe ejercer la colaboración ciudadana comunicando a los cuerpos policiales las informaciones relevantes para la seguridad ciudadana y la prevención de delitos.

Fundamentación: Los vínculos estratégicos hacen oportuno el buen desempeño en el ejercicio de la seguridad privada, y así mismo permite una comunicación directa para el apoyo y resolución de situaciones de conflicto o ante hechos que revistan calidad de delito.

SECRETO PROFESIONAL: Este personal debe guardar secreto profesional estricto de todos los hechos que conozca en el ejercicio de sus funciones, especialmente de las informaciones que reciba en materia de seguridad y de los datos de carácter personal que deba tratar o custodiar.

Fundamentación: De forma transversal a cualquier profesión y/o oficio se debe mantener la observancia con la información vertida en el ejercicio, pues ello es materia legal.  Conforme a lo anterior, el personal solamente podrá facilitar información sobre acontecimientos, novedades o hechos que se susciten en el ejercicio de sus funciones a sus respectivas jefaturas, a particulares que contrataren un servicio, a las policías y órganos judiciales competentes.

DEBERES ÉTICOS

VOLUNTAD SE SERVICIO: Voluntad de servicio al ciudadano, al ser el personal de seguridad un complemento trascendente del sistema público de seguridad.

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