De la Сonstitución mexicana garantiza a todos el derecho a la educación
thelar9418Trabajo10 de Septiembre de 2013
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Como resumen de este articulo de la constitución mexicana dice que todo individuo tiene derecho a recibir educación.
La Federación, Estados, Distrito Federal Y Municipios tienen que impartir educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; esta y la media superior serán obligatorias.
Dice también que toda la educación que imparta el estado tendera a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentara en el, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
El estado tiene que garantizar la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
1.-La educación debe de ser laica, y por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
2.- El criterio que orientara a esa educación se basara en los resultados del progreso científico, y luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.
Además será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.
Y lo más importante de todo es que tiene que ser nacional en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura; designe el ejecutivo federal.
Dice también que si en caso de que la cámara de senadoras no quiera esa ley totalmente de la terna propuesta, el ejecutivo federal tendrá que someter una nueva, en los términos del párrafo anterior. Y si esta segunda terna fuera rechazada, ocupara el cargo la persona dentro de dicha terna designe el ejecutivo federal.
Todos los integrantes de la junta de gobierno deberán de ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, tienen también que despeñar su encargo por periodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión. los integrantes no podrán durar en su encargo más de catorce años.
La junta de gobierno de manera colegiada nombrara a quien la presida, con voto mayoritario de tres de sus integrantes quien desempeñara dicho cargo por el tiempo que establezca la ley. Además la ley establecerá las reglas para la organización y funcionamiento del instituto, el cual regirá sus actividades con apego a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión.
También establecerá los mecanismos y acciones necesarios que permitan al instituto y a las autoridades educativas federal y locales una eficaz colaboración y coordinación para el mejor cumplimiento de sus respectivas funciones.
Todas estas leyes son necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la federación, los estados y los municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a disposiciones relativas.
Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el sistema nacional de evaluación educativa y esta esta a cargo de del instituto nacional para la evaluación del educación, y este tiene que ser un organismo publico autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Sus responsabilidad es evaluar la calidad, el desempeño y resultados
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