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Derecho Penitenciario


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2013  •  Ensayos  •  1.658 Palabras (7 Páginas)  •  482 Visitas

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DERECHO PENITENCIARIO

Conjunto de normas que regulan la readaptación de los individuos sujetos a una sentencia privativa de la libertad.

La penología, se dice que el penitenciario nace paralelamente al derecho penal surgiendo la penología cuando se convierte en la prisión en una pena formalmente, y se sigue utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio personal y mental de los delincuentes teniendo como base la sanción correctiva de su privación de la libertad.

PENOLOGIA

Es el estudio de disciplinas que tiene por objeto el estudio de las penas, finalidad y su ejecución. Dice Carranca y Trujillo que la penología o tratado de la penas, estudia estas en sí mismas su objeto y caracteres propios , su historia y desarrollo, sus efectos prácticos, sus sustantivos; lo mismo hace la reacción a las medidas de seguridad.

CIENCIA PENITENCIARIA

Para el autor Luis Garrido Guzmán considera que la ciencia penitenciaria es una parte de la penología que se ocupa de las penas privativas de libertad de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesionalmente y socialmente a los condenados, y le atribuye a la penología la responsabilidad de estudiar las restantes penas como son las restrictivas de libertad o de derecho, pecuniarias, capital o así como las de asistencias pos carcelarias, en la actualidad se habla de ciencia penitenciaria como un conjunto de normas que auxilian la readaptación del delincuente allegándose a otras ciencias como: es la medicina , la psicología, la educación física, entre otras.

El autor Sánchez Galindo define al penitenciarita como un profesional que reúne conocimientos teóricos y especiales para alcanzar en forma congruente los fines de la ejecución penal, dentro de los establecimientos penales en cualquiera de sus niveles sea máxima o mínima de seguridad.

SISTEMA PENITENCIARIO

Al asignar al régimen penitenciario la calificación de Sistema Penitenciario, hace referencia entonces, al conjunto de normas, procedimientos y dependencias dispuestas por el Estado para la ejecución del régimen penitenciario, es decir, el conjunto de normas, procedimientos, principios, programas, equipos de personal, dependencias e infraestructura que se encuentran relacionadas y destinadas a este propósito.

Osorio, asocia el Sistema Penitenciario con régimen penitenciario, definiendo éste régimen como: "Llámese así al conjunto de normas legislativas o administrativas encaminadas a determinar los diferentes sistemas adoptados para que los penados cumplan sus penas. Se encamina a obtener la mayor eficacia en la custodia o en la readaptación social de los delincuentes. Esos regímenes son múltiples, varían a través de los tiempos; y van desde el aislamiento absoluto y de tratamiento rígido hasta el sistema de puerta abierta con libertad vigilada. Entre ambos extremos existe una amplia gradación."

Albornoz Berti, define el Sistema Penitenciario, como el conjunto de normas generales y específicas y establecimientos referidos a las penas en sí, al modo de su cumplimiento y el tratamiento de los condenados y procesados. En el caso venezolano tal sistema, estaría constituido por la legislación de la materia, los métodos para la realización, las diferentes dependencias encargadas de la aplicación, los equipos de trabajo y la infraestructura carcelaria.

La gran complejidad e hipertrofia que se observa en el sector penitenciario nacional, ofrece elementos de juicio para pensar que existen muchas fallas en cuanto a interrelación de cada una de las partes. Pareciera que es esta una de las debilidades más relevantes, lo a sistémico del asunto, pues se aprecia que hay incoherencia entre las normas, los programas y los actores; que en vez de hacerlos parte de un todo, progresivamente se genera una brecha que los separa en su misma realidad del logro de los objetivos institucionales.

REGIMEN PENITENCIARIO

Es una instancia que apoya técnicamente a las unidades de la Defensoría del Pueblo especialmente en el diseño de lineamientos, programas y actividades que contribuyan con la promoción, defensa y vigilancia de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad

NACIMIENTO Y EVOLUCION HISTIRICA DE LAS CARCELES

La prisión, es y ha sido una institución utilizada desde tiempos remotos, para cumplir con la función de asegurar a los delincuentes de tal manera que éstos no eludan las consecuencias jurídicas de sus acciones antisociales. Asimismo ha ido evolucionado a través del tiempo.

La prisión, es y ha sido una institución utilizada desde tiempos remotos, para cumplir con la función de asegurar a los delincuentes de tal manera que éstos no eludan las consecuencias jurídicas de sus acciones antisociales. Así como una forma de castigo para lograr la corrección y el arrepentimiento de los delincuentes.

Es muy frecuente el utilizar los términos de cárcel y prisión como sinónimos, pero debemos decir que la cárcel, es tan sólo el lugar destinado a la custodia de los delincuentes por el tiempo que dure el proceso para determinar su posible responsabilidad penal, y por otro lado la prisión es el lugar destinado para el cumplimiento de una condena otorgada a través de una sentencia condenatoria dictada por el órgano judicial correspondiente.

Lo que en un principio era designado como cárcel, no era otra cosa que un lugar destinado para la guarda y custodia de los reos, así como para restringir la libertad de los mismos. Posteriormente se le conoció con el nombre de Penitenciaria, esto a causa de la evolución de la pena privativa de la libertad, la penitenciaria tenía como finalidad el arrepentimiento de los presos por haber trasgredido una norma de carácter penal.

En la actualidad se les conoce como Centros de Readaptación Social, los cuales además de buscar el arrepentimiento de los infractores, buscan la reintegración a la sociedad de los internos una vez compurgada la pena.

La figura de la prisión ha sido utilizada desde épocas muy remotas de la cultura humana, por mencionar algunas podemos citar:

ÉPOCA ANTIGUA: En estas épocas existían penas privativas de la libertad, las cuales eran compurgadas en lugares conocidos como cárceles, dichos lugares no eran más que calabozos infestados de gusanos, enfermos de lepra y en ocasiones de animales salvajes como leones y panteras, esto para crear en los presos una especie de terror psicológico.

En China los delincuentes, una vez que eran recluidos en las cárceles, eran obligados a realizar trabajos forzosos, además se les aplicaban diversas técnicas de tortura, tales como el hierro caliente.

En Babilonia las cárceles eran conocidas como lago de leones, en los cuales prácticamente los calabozos o celdas en donde eran recluidos los presos se encontraban inundados por agua.

En Egipto, las cárceles consistían en una especie de casas privadas en los cuales los presos eran obligados a desempeñar trabajos forzosos.

Japón por su parte dividía su territorio en dos tipos de cárceles, la cárcel del norte, era destinada para recluir a los delincuentes condenados por delitos graves y la cárcel del sur para aquellos delincuentes condenados por delitos menores.

En Grecia se manejaron tres tipos de prisiones; la de custodia que tenía como finalidad retener al delincuente hasta el día que el juez dictara sentencia; el Sofonisterión que era el lugar destinado para los delincuentes de los delitos considerados como no graves y la del Suplicio que era para los delincuentes de los delitos graves, ésta última se ubicaba en parajes desérticos.

Cabe destacar que los griegos también contaban con una prisión por deudas, la cual consistía en privar de la libertad de los deudores en las casas de los acreedores, en donde los deudores eran considerados como esclavos hasta que pagaban la deuda.

En LA EDAD MEDIA no existió la pena privativa de la libertad, ya que en ese momento se encontraban vigentes las penas corporales como los azotes, amputaciones de los miembros del cuerpo. Además existían las penas infamantes y las penas pecuniarias, así como la prisión como medio de custodia o resguardo hasta la celebración del juicio, dicha custodia o resguardo se llevaba a cabo en castillos, torreones y calabozos.

Durante la segunda mitad del siglo XVIII se realizaron grandes protestas por parte de filósofos y teóricos del derecho, respecto a los actos sanguinarios de los que se valía la autoridad para aplicar justicia y los cuales se convirtieron en un tipo de circo para la población de la época.

Después de este periodo sangriento, a causa de la expansión cultural y económica además del humanismo que se vivía a mediados del siglo XVIII, surgieron en Europa las “casas de trabajo”, a causa de la necesidad de mano de obra barata, una de las casas de trabajo más importantes fue la de Ámsterdam en Holanda.

Pero no es sino hasta finales del siglo XVIII en que culmina la evolución de la prisión y se generaliza su utilidad como sanción, su buena aceptación se debió a que además de no ser tan cruel como la pena de muerte o las penas corporales puede servir para retribuir, por esto se llegó a pensar que la prisión fue el gran invento social de la época.

CARCELES ABIERTAS

Un programa de Cárcel Abierta, que contempla alternar el tiempo entre las celdas, el trabajo y sus hogares, para los miles de venezolanos que están encarcelados, les permitiría poder realizar actividades fuera de la prisión, regresando a la misma en la noche y también los fines de semana para permanecer recluidos.

Esta estrategia permitiría, además, que los internos presten un servicio a la comunidad y reducirá el índice de sobrepoblación en los centros penitenciarios en el país, principalmente en penales como Tocuyito, Sabaneta, Yare, El Rodeo y Santa Ana, etc. La población penitenciaria siempre sufre con el hacinamiento, y para evitar esta sobrepoblación que existe, se debería pasar a la cárcel abierta para este año, poniéndose en práctica este programa en todos los penales del país, y que el mismo sea aplicado a los penados que cumplen condena por diferentes delitos, y que hayan mostrado progresividad durante su reclusión.

Esta medida alternativa de la condena representa también una verdadera transformación y readaptación del sistema penitenciario venezolano, ya que permite a los reclusos prestar servicios a la ciudadanía y estar integrados con sus familias, aunque por las noches y fines de semana tendrán que regresar a sus respectivos penales. De eso se trata las cárceles abiertas, de personas que estén generando una aportación de trabajo a la ciudadanía y que se sometan a una verdadera readaptación.

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