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Derecho Procesal

olgapop12 de Diciembre de 2013

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LIC. MARIO CASTAÑEDA PEÑA

DOCENTE

TEORIA GENERAL DEL PROCESO

ASIGNATURA

LIC. EN DERECHO

CARRERA

DÍAZ ROMÁN OLGA PATRICIA

DOMÍNGUEZ CRUZ CANDIDO

GONZÁLEZ CORDOVA ELSA

GRAJALES MARTÍNEZ GRACIELA

ROMÁN SANCHEZ PETRA

SARMIENTO CRISANTO ERNESTO

ALUMNOS

401

GRUPO

COATZACOALCOS

CAMPUS

EXPOSICIÓN “ANTECEDENTES HISTÓRICOS”

INTRODUCCIÓN

Emprender un juicio sin saber cuáles serán los posibles escenarios a los que es posible enfrentarse, es tan riesgoso como navegar en altamar sin contemplar las posibles contingencias que pueden suscitarse a lo largo de la travesía y, por tanto, sin estar prevenidos para enfrentarlas. El ámbito jurídico se encuentra siempre en constante transformación; estos cambios los debemos, principalmente, a los que registra de la sociedad. A ambos debe responder el sistema jurídico.

Si las cosas continuaran como en aquellos tiempos, el papel del derecho sería ocioso, pero se observa que, generalmente, aunque el ideal era el expresado para el bien común, las relaciones rompen con el esquema ideal.

Cuando se retrocede en la historia, se observa que los conflictos surgen desde el momento en el que el hombre comienza a interrelacionarse con otros.

De esta manera surgen los conflictos y el hombre busca cómo solucionarles, en ocasiones, lo logra de forma amigable, pero en la mayor parte de las veces se requiere de la intervención de un tercero para que por su conducto se dirima un problema. Por esto este trabajo explica la transformación que tuvo el proceso a lo largo de la historia desde sus inicios hasta la época actual. Por lo que nos enfocaremos a los actos dentro del proceso.

JUSTIFICACIÓN

¿Porque es importante conocer la historia del proceso?

Desde las primeras etapas de la humanidad, la necesidad de administrar justicia ha sido el principal problema a solucionar para mantener la paz y la armonía en una sociedad, por esto, es el eje central para la investigación de los procedimientos; desde las primeras organizaciones sociales (la familia, el clan, la horda y la tribu) debieron de haber existido unos entes reguladores y controladores que mantuvieran la paz de la comunidad.

Como producto de todo ese movimiento fenoménico del origen de la civilización humana el lenguaje escrito apenas aparece hace treinta y un mil siglos de antigüedad, normas o reglas de procedimiento de administración de justicia se encontrarían en ese periodo de tiempo, o en otras palabras el proceso escrito, pero como el derecho comienza con la civilización, el análisis de los procedimientos debe hacerse desde la cuna de la civilización y del estado es sus primeras manifestaciones aquí es donde encontramos la importancia de su estudio.

ÍNDICE

1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

1.1 LOS PUEBLOS PRIMITIVOS

1.2 ROMA

1.3 LOS GERMÁNICOS

1.4 PROCESO MEDIEVAL ITALIANO

1.5 ANTIGUO ENJUICIAMIENTO ESPAÑOL

1.6 LA REVOLUCIÓN FRANCESA Y LA CODIFICACIÓN

1.7 PROCESO INQUISITORIAL, DISPOSITIVO Y PUBLICISTA. ORALIDAD Y ESCRITURA EN EL PROCESO.

1.8 EVOLUCIÓN DE LA DOCTRINA PROCESAL Y SURGIMIENTO DE LA CORRIENTE CIENTÍFICA DEL PROCESO.

1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

1.1 LOS PUEBLOS PRIMITIVOS

Durante las etapas primitivas de los pueblos, en todas las manifestaciones culturales, en el arte, en la religión, en la ciencia, en la moral o en el derecho surge un fenómeno de paralelismo, es decir, se presentan rasgos similares de evolución. Así, en cualquier comunidad primitiva observamos que la administración de justicia, está a manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo, y que la solución de los litigios tendrá características místicas o religiosas. Al evolucionar estas comunidades primitivas, toleran y regulan ciertas formas auto compositivas y es identificativo de muchas comunidades primitivas que, inclusive en delitos graves, como el homicidio, se contase con un amplio margen de negociación entre las partes afectadas.

En estas comunidades primitivas los procesos se caracterizaban por su formalismo y teatralidad. Es decir; estos rasgos podían consistir en gestos, actuaciones, determinadas palabras sacramentales, inclinaciones, etc., sin los cuales los actos procesales carecían de validez. Por lo que algunos de estos gestos y actitudes, son los antecedentes más remotos de las formas y de los formalismos procesales actuales. 3

1.2 ROMA

El pueblo Romano tuvo gran desarrollo en el derecho, desde el punto de vista técnico y sistemático por lo que regula el carácter militar y jurídico, destaca por ser un pueblo Jurista y Guerrero, lo cual determino a las instituciones romanas las cuales una vez perfeccionadas permitieron la existencia de un Imperio con larga duración en la historia de la humanidad.

La historia de Roma se divide en 3 etapas históricas que son: La Monarquía, La República y El Imperio.

Durante la Monarquía que es una etapa primitiva de desarrollo en todos los ámbitos culturales y sociales, tenemos la etapa llamada de las acciones de la Ley.

Durante la República se nos presenta la etapa denominada del proceso formulario y la del Imperio donde surge el llamado proceso extraordinario. Es decir, tenemos 3 etapas de desarrollo histórico del proceso jurisdiccional romano, las dos primeras pertenecientes a lo que se llamó orden judicial privado y la tercera se denominó orden judicial público.

Las Acciones de Ley.- Son procedimientos rigurosos enmarcados dentro de cierto ritualismo conectado con la religión. Existen acciones de ley de carácter declarativo que son:

• Legis actio sacramento.- El nombre de esta acción proviene de que las partes en el proceso se retan a una apuesta juramentada (sacramentum), según la cual prometen pagar al erario público una suma de dinero, en concepto de pena, si sucumbían en el litigio. El monto de lo perdido se destinaba a los gastos del culto.

• Legis actio per iudicis postulationem.- La acción de la Ley por petición de un juez o árbitro era menos compleja que la acción por apuesta, y en ella no se inflige pena alguna a la persona que pierde el proceso. Tenía como objeto fundamental que el pretor nombrara a un juez o árbitro para dirigir el litigio.

• Legis actio per conditionem.- La acción de la Ley por "requerimiento" o "emplazamiento" se denominaba así, porque en la antigua lengua latina elcondicere significaba "requerir" o "emplazar", que era precisamente el término empleado por el acreedor (demandante) para dirigirse a su deudor (demandado).

• Legi actio per manus iniectionem.- Fue la más antigua de las acciones de la Ley y constituyó el primer ejemplo de acción ejecutiva. Acción ejecutiva que se ejercitaba sobre las personas. Sobre el deudor que era llevado ante el magistrado, por el acreedor, inclusive por la fuerza si el deudor se resistía. A partir del pronunciamiento de la sentencia o, en su caso, de la confesión, el deudor tenía treinta días para pagar, transcurridos los cuales, el acreedor impagado, aprehendiendo corporalmente al deudor, lo conducía ante el tribunal del Pretor.

• Per pignoris capionem.- La acción de la Ley por "toma de prenda" era una forma de ejecución mediante la cual, el acreedor tomaba posesión de una cosa del deudor con el fin de coaccionarle el pago, y cuanto éste falte, satisfacerse. Era una garantía del propio crédito por el deudor, se retenía la cosa hasta que se hubiese realizado el pago para rescatar la cosa, se podía llegar hasta destruir el objeto por la falta de pago.

El Procedimiento Formulario.- Es el procedimiento de las acciones de la ley al cual solo tenían acceso los ciudadanos romanos patricios, por lo que este procedimiento permitía formas más ágiles y rápidas de solución a los conflictos sin que dentro de este procedimiento hubiese necesidad de sujetarse al marco de acciones de la Ley.

Proceso extraordinario.- manifestación del orden judicial público.

1.3 LOS GERMANICOS

Generalmente se señala como causas de la decadencia del imperio romano, entre otras, el surgimiento del cristianismo y las llamadas invasiones bárbaras o marcha de los pueblos germánicos hacia el sur. Estos pueblos germánicos se desplazaron desde el norte de Europa hacia Italia, Francia y España. Esto provoca el choque de las dos culturas romana y germánica y señala el inicio de la Edad Media. El proceso germánico, se caracteriza como publicista, frente a la tendencia predominantemente privatista del derecho romano. Es decir; mientras que en determinados enfoques del derecho civil romano, prevalece, o se protege con mayor rigor, el derecho del individuo frente a la colectividad, en el derecho germánico es al revés.

El proceso germánico era de carácter publicista porque en el derecho germánico la nota de acentuación era el predominio de los intereses de la colectividad sobre los del individuo.

Las características principales del proceso germánico eran:

a) Había una asamblea del pueblo llamada Ding.

b) El procedimiento era público y oral de rigor formalista.

c) Las pruebas no se dirigían al tribunal

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