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Estructura De La Norma Juridica Penal


Enviado por   •  1 de Mayo de 2013  •  1.269 Palabras (6 Páginas)  •  904 Visitas

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Estructura de Las Normas Jurídico Penales

NORMA PENAL.

En la presente ocasión pongo en consideración de la comunidad jurídica sipanense, el presente artículo que versa sobre el origen, importancia y trascendencia de la temática de la norma penal conforme lo paso a continuación a describir : La norma jurídica representa una determinada escala, una medida de la conducta debida o posible, garantizada por el poder estatal. Las normas jurídicas han surgido como consecuencia de la necesidad de regular las relaciones materiales existentes entre los hombres; consolidan reglas de conducta y vínculos recíprocos, exigidos por el sistema de relaciones sociales. En el conjunto global de normas que integran el sistema jurídico es posible hacer una distinción, según el tipo de relación social que regulan. Esa distinción determina la división del Derecho en ramas: una de éstas se halla compuesta por las denominadas “normas jurídico-penales”. Las normas jurídico penales resultan, por consiguiente, una categoría particular de las normas jurídicas, que caracteriza esa especificidad por su estructura y por su función.

ESTRUCTURA DE LA NORMA JURÍDICO-PENAL

El examen de toda norma penal pone de manifiesto en ella dos partes o momentos fundamentales que integran su estructura y que, en cierta medida, se derivan de la esencia que se le haya atribuido: la disposición (que es la parte de la norma jurídico-penal en la cual se describe el acto socialmente peligroso que resulta prohibido) y la sanción (que es la parte de la norma jurídico penal en la cual se señala la consecuencia que trae aparejada el incumplimiento de la prohibición). Sin embargo, no siempre la norma contiene ambas partes (la disposición y la sanción), sino que ella está llamada a desempeñar una función meramente complementadora de otra norma, porque en algunas ocasiones, para completar la disposición o la sanción, hay que acudir a otras normas penales o a una norma jurídica de carácter extrapenal. Se trata de normas penales incompletas.

La norma jurídico penal: Es el precepto legal contenido en un código penal o dentro de un código de procedimientos penales e incluso en leyes llamadas especiales todas ellas de materia penal.

LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS

En el seno de la sociedad civil, el Derecho es habitualmente aplicado y cumplido de forma espontánea. Por otro lado, existen numerosas profesiones jurídicas que aplican y facilitan la aplicación del Derecho. También es aplicado el Derecho por los órganos de la Administración, que actúan sometidos a él y que lo aplican a los ciudadanos. La aplicación paradigmática del Derecho es la efectuada por los órganos llamados específicamente a resolver los conflictos sociales mediante la aplicación de las normas jurídicas: los jueces y tribunales de justicia.

LA INTERPRETACIÓN DE LA NORMA JURÍDICA

2.1- Concepto

Siguiendo al profesor Díez-Picazo, la interpretación de la norma “es la actividad dirigida a la búsqueda del sentido o significado de la norma a través de los textos o signos de exteriorización”.

2.2- Fines de la interpretación

• Interpretación subjetiva: así se llama cuando la finalidad del interprete es buscar la voluntad del legislador

• Interpretación objetiva: es la que tiene como finalidad la búsqueda de la voluntad de la ley. Se parte de la premisa de que la ley, se separa de su autor alcanzando vida propia e independiente

2.3- Elementos del proceso interpretador

Según el Art.3.1 CC “ las normas se interpretaran según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.

Existen los siguientes elementos:

• Elemento gramatical: se utilizará el significado lateral de la ley por el sentido de las palabras, comprendiendo tanto el sentido corriente, como el técnico

• Elemento lógico: al interpretar la norma de atenderá a la finalidad que con la ley pretende el legislador, a la ratio legis. Supone también el empleo de la lógica normal o del sentido común para determinar el contenido de la ley

• Elemento

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