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“Impacto de la nueva Reforma a la Ley orgánica municipal para designación de delegados municipales en el municipio del centro”


Enviado por   •  10 de Junio de 2022  •  Documentos de Investigación  •  5.976 Palabras (24 Páginas)  •  66 Visitas

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“Impacto de la nueva Reforma a la Ley orgánica municipal para designación de delegados municipales en el municipio del centro”

Materia: Metodología de Investigación II

Nombre del Docente: Jesús Cándido Domínguez Palma

Nombre del Alumno: Erick López Ramos

Matricula: LDA520032008

Carrera: Derecho Adversarial

Cuatrimestre: 6to

3 de junio de 2022

Universidad más educación y enseñanza

Av. Gregorio Méndez Magaña 1407 Nueva Villahermosa, 86070 Villahermosa, Tabasco

Dedicatoria

Este trabajo está dedicado para la población del Estado de Tabasco, ya que gracias a esta pequeña investigación podrán ver la opinión pública y el rais de Ley “Dedazo” la cual tuvo un impacto. Al igual este trabajo está dedicado al Maestro Jesús Cándido Domínguez Palma, gracias a él se dio a cabo esta investigación.

Agradecimientos

Agradezco al Maestro Jesús Cándido Domínguez Palma por haberme dado la enseñanza de para poder llevar a cabo esta investigación la cual se la dedico con mucha gratitud y armonía, ya que sin él esto no fuera posible.

 

Índice

          Portada        i

Dedicatoria        ii

Agradecimientos        iii

Índice        iv

Introducción        1

Objetivo General:        4

Hipótesis:        6

Justificación:        7

Marco teórico        9

Marco Histórico        13

Marco Conceptual.        16

Marco legal        18

Metodología        23

Diagrama de Gantt        26

Bibliografía        28

Introducción

En esta investigación se llevó a cabo la recopilación de información respecto de la reforma a Ley Orgánica Municipal del Estado de Tabasco, la cual fue aprobada el 16 de junio del año 2021, en ella el Congreso local avaló la iniciativa del Ejecutivo estatal para que los delegados, subdelegados, jefes de sector y jefes de sección, sean designados por el Cabildo de los Ayuntamientos y no mediante elecciones abiertas. Ante ello a finales de abril del 2022 comenzaron una serie de conflictos tanto de índole social como del orden jurídico, ya que ciertos sectores de la sociedad tabasqueña no están de acuerdo en lo que han denominado la "Ley dedazo", al no poder elegir de manera libre y democrática quienes serán sus representantes bajo las figuras de delegados, subdelegados, jefes de sector y jefes de sección, ya que estos están siendo designados por el Cabildo. Los sectores de la sociedad tabasqueña con mayor inconformidad son en los municipios con presencia de pueblos indígenas o pueblos originarios como los denomina nuestra Constitución Federal, mismos sectores que señalan se les está arrebatando y vulnerando lo consagrado en el artículo 2° Constitucional. Otra vertiente de incertidumbre e inconformidad ciudadana se ha presentado en el hecho de que algunos representantes de las comunidades que han sido designados por los Cabildos no son residentes de sus comunidades, por lo que la petición de las comunidades inconformes es la exigencia a los gobiernos municipales que se regrese a votaciones libres y directas, al señalar: que no pueden designarse por "dedazo" a personas que no conocen y menos que pongan a gente que ya estuvo y que no trabajo, e incluso algunos de los designados son personas que no tiene buenas relaciones con algunos residentes de las comunidades. En esta investigación se plasmarán opiniones de ciudadanos, actores sociales, dirigentes de partidos políticos, gobernantes y de cuerpos colegiados de abogados. En 1916 se dio la primera cita legal de la ley orgánica municipal del estado de Tabasco, en sus artículos 10, 11 y 57 señalaban esencialmente que en las poblaciones que no fueren cabeceras, el gobierno estará a cargo de un agente municipal que será designado por la elección popular directa, y que en su respectiva demarcación funcionará como delegado del ayuntamiento. Al igual el término de delegado municipal se dio en la ley orgánica municipal de 1976 y para el 2003 se publicaría la actual ley orgánica municipal del estado de Tabasco, donde se abusó del artículo 101 para permitir las delegaciones en cualquiera de las categorías políticas: Ciudad, Villas, Rancherías y Poblados; sin atender la diferencia poblacional de cada una, los usos y costumbres de zonas indígenas y particularmente. En esta investigación estaremos tomando en cuenta la opinión de los ciudadanos, ya que ellos son los afectados o más bien son los que por ley son los que deciden quien los gobierna, los ciudadanos están dispuestos a tomar las delegaciones para que sean escuchados, pero al igual hay ciudadanos que están de acuerdo a la reforma, ya que tienen el lema que en algunas comunidades ha trabajado por mucho tiempo la misma persona e incluso no cumplen todo lo que han prometido a las comunidades y rancherías, por lo tanto para muchos esto es la mejor opción para poder sacar a esas personas que han estado por mucho tiempo en el poder. Por último, los antiguos delegados han estado de acuerdo y algunos en contra, ya que los que están de acuerdo, ya que están dando oportunidad a personas nuevas para que demuestren que son mejores que los antiguos, y los que están en contra dicen que solo ponen a personas que les conviene al gobierno y que trabajo con el partido político que está a cargo del municipio del centro, ya que las personas puestas en las delegaciones no tienen experiencia. Actualmente en la fecha que se hace esta investigación ya están designados todos los delegados y los ciudadanos están inconformes e incluso tomaron delegaciones y advierten que cerraran carreteras para que el gobierno les haga caso de poner a sus delegados por votaciones, y por último estamos viviendo una situación donde el pueblo puedo llegar a una revelación contra el gobierno actual, ya que cuando paso esta reforma se debió consultar por las personas si estarían de acuerdo ya como dice nuestro el presidente el pueblo es el que manda y el pueblo pone y el pueblo quita.

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