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Ley Organica Del Poder Publico Municipal


Enviado por   •  8 de Abril de 2014  •  1.400 Palabras (6 Páginas)  •  393 Visitas

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Ensayo de Ley Orgánica del Poder Publico Municipal

Para comenzar con el conocimiento de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal se tiene que saber cuáles son las bases para lo cual encontramos en el Titulo I las disposiciones generales donde está la finalidad que es organización y funcionamiento, gobierno, administración y control, para la participación protagónica del pueblo conforme a los valores de la democracia participativa, la corresponsabilidad social, la planificación, la descentralización y la transferencia a las comunidades y grupos vecinales organizados. Para así definir el municipio como la unidad política primaria de la organización nacional de la República, que representa la autonomía en cuanto la organización para impulsar el desarrollo social con el ejercicio de elegir sus autoridades, crear parroquias y otras entidades locales, crear instancias, mecanismos y sujetos de descentralización, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

Por otra parte las ordenanzas municipales determinarán el régimen organizativo y funcional de los poderes municipales según la distribución de competencias establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en esta Ley y en las leyes estadales. A los procesos de formación de las leyes estadales relativos al régimen y la organización de los municipios, y demás entidades locales, atenderán a las condiciones peculiares de población. El Consejo Legislativo, o sus comisiones, oirán la opinión de los alcaldes y alcaldesas, de los concejos municipales, de las juntas parroquiales y de los ciudadanos y ciudadanas, y de sus organizaciones, en la correspondiente jurisdicción.

En el Titulo II está la creación, fusión y segregación de municipios para lo cual necesitan ciertos parámetros en la potestad de los estados al organizar sus municipios, por ello el Consejo Legislativo al crear un Municipio deben concurrir las siguientes condiciones como una población asentada establemente en un territorio determinado, con vínculos de vecindad permanente, una determinada población certificado por el Servicio Nacional de Estadística, la capacidad para generar recursos propios suficientes para atender los gastos de gobierno y administración general, y proveer la prestación de los servicios mínimos obligatorios. En caso a los municipios indígenas serán creados con la solicitud de los pueblos atendiendo a las condiciones las condiciones geográficas, poblacionales, elementos históricos y socioculturales de estos pueblos y comunidades. Para el desarrollo fronterizo se podrán crear municipios de régimen especial, atendiendo a iniciativa reservada al Ejecutivo Nacional por órgano del Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros. Antes la creación del municipio deberá publicarse en la Gaceta Oficial del estado, con al menos seis meses de anticipación a la fecha de las elecciones para un nuevo período municipal La ley de creación del nuevo Municipio. Mientras se elabora el ordenamiento jurídico propio en el nuevo

Municipio, estará vigente el ordenamiento jurídico del Municipio del otro municipio a que pertenecía o el ordenamiento jurídico a regir durante la transición será determinado por decisión del Consejo Legislativo. Cuando dos o más municipios tengan entre sí relaciones económicas, sociales y físicas que den al conjunto urbano las características de un Área Metropolitana se pueden organizarse en Distrito Metropolitano así el gobierno y la administración del Distrito Metropolitano corresponden a la autoridad ejecutiva metropolitana, que funcionará bajo la denominación que establezca la correspondiente ley de creación del Distrito Metropolitano. Para las parroquias y otras entidades locales son creadas para desconcentrar la gestión municipal y promover la participación ciudadana; por otra parte la mancomunidad es una figura asociativa constituida en forma voluntaria por dos o más municipios para la gestión de materias específicas de su y competencia. Esta figura está contemplada en el Plan de Desarrollo de los municipios comprometidos.

En el Titulo III están las competencias que tienen los municipios para organizar el funcionamiento de sus órganos regular las atribuciones de las distintas entidades municipales. Entre los instrumentos para ejercer estas competencias están las ordenanzas, los acuerdos, reglamentos, decretos, resoluciones y otros instrumentos jurídicos. Entre las competencias tenemos: el gobierno y administración de los intereses propios de la vida local; la gestión de las materias que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes nacionales, la ordenación territorial y urbanística; el servicio de catastro;

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