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Legislación comercial . Competencia desleal


Enviado por   •  24 de Febrero de 2021  •  Trabajos  •  1.145 Palabras (5 Páginas)  •  87 Visitas

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Legislación comercial

Competencia desleal

Presentado por:

 Daniel Méndez Ñungo

Docente:

Willinton Ortiz

Corporación Unificada Nacional De Educación Superior – CUN

Noviembre de 2020

PROYECTO DE AULA TERCERA ENTREGA

¿Qué entiende por competencia desleal?

La competencia desleal es una serie de prácticas que usan los comerciantes o cualquier tipo de persona que ejerza el comercio, con el fin de generar ventajas sobre sus competidores de manera deshonesta y desleal irrespetando las sanas costumbres mercantiles.

 

  1. Actos de competencia desleal: Desviación de la clientela: Se prohíbe todo acto de mala fe para atraer la clientela de la competencia de manera desleal.
    Ej: Hablar mal de la competencia para que los clientes no compren más y compren en mi empresa.[pic 1]




2) Actos de competencia desleal: Desorganización: Se hace referencia a las prácticas o acciones para desorganizar la competencia. Una empresa ofrece empleo a funcionarios de confianza de la competencia, ofreciendo un mejor salario, esto para tener ventaja sobre la competencia.

Ej:

[pic 2]

  1. Actos de competencia desleal: Confusión: Se crea confusión al cliente cuando mi producto tiene las características similares, por eso se debe registrar su marca para que esto no se determine como acto de competencia desleal.
    Ej: 

[pic 3]

4) Actos de competencia desleal: Engaño: Es engaño cuando se ofrece un producto con ciertas características que en el momento de la compra, no lo tiene.
Ej: 

[pic 4]

  1. Actos de competencia desleal: Descrédito: Todo acto que se realice para dañar el buen nombre de la competencia.

    Ej: 

    6) Actos de competencia desleal: Comparación: No es ilegal si se realizan comparaciones de forma que no agreda el producto de la competencia, pero si se considera ilegal cuando la comparación agrede al producto.[pic 5]

[pic 6]


7) Actos de competencia desleal: Imitación: Se puede realizar la imitación siempre y cuando el cliente no tenga confusión sobre el producto que está comprando.
Ej:
     

[pic 7]

8) Actos de competencia desleal: Explotación de la reputación ajena: Acto muy similar al de la imitación donde se realizan fraudes y falsificaciones.
Ej: 

[pic 8]

9) Actos de competencia desleal: Violación de secretos: Se considera actos de competencia desleal cuando se revelan secretos y los difunde sin autorización del dueño.
Ej: 

[pic 9]


10) Actos de competencia desleal: Inducción a la ruptura contractual: Desplegar acciones encaminadas a que los clientes y proveedores rompan con su competencia es un acto de competencia desleal.
Ej: 

[pic 10]


11) Actos de competencia desleal: Violación de normas: Violar las normas para conseguir ventaja sobre la competencia se considera desleal.
Ej: 
[pic 11]

12) Actos de competencia desleal: Pactos desleales de exclusividad: Los pactos o acuerdo de exclusividad eventualmente pueden ser considerados como competencia desleal.
Ej: 

[pic 12]

  1. PROCESO DE LA SIC

Sentencia: No. 1228 de 2015
Demandante:
 Compagnie Gervais Danone Y Danone Alquería S.A

Demandado: Alpina Productos Alimenticios S.A

Hechos:

  • ALPINA desplegó una estrategia desleal consistente en imitar iniciativas de DANONE a fin de obstaculizar su ingreso al mercado colombiano.                  
  • La estrategia desplegada por ALPINA incluyó la solicitud de registros marcarios de signos distintivos usados previamente por DANONE en otros países del mundo, la imitación de unas piezas publicitarias y algunos conceptos para la identificación de productos.
  • Ese comportamiento reiterado de ALPINA que se presentó entre los años 2004 y 2007 se encontró apto para obstaculizar el ingreso al mercado de DANONE, por cuanto no podía hacer uso de sus propias iniciativas comerciales en el mercado colombiano. 

La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) mediante Sentencia No. 1228 de 2015, declaró que la sociedad ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A. incurrió en el acto desleal de imitación sistemática previsto en la parte final del artículo 14 de la Ley 256 de 1996. En consecuencia, en la sentencia judicial se le impartieron a ALPINA PRODUCTOS ALIMENTICIOS S.A. diferentes órdenes encaminadas a remover del mercado los efectos de su actuar desleal y a pagar los gastos judiciales a favor de COMPAGNIE GERVAIS DANONE y DANONE ALQUERÍA S.A. (en adelante DANONE)

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