Orden Interno
luisacosta20 de Octubre de 2011
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Se busca lograr la interpretación del Orden Interno en el marco del Derecho Constitucional; efectuando además la de diversos conceptos y definiciones emitidos en el ámbito nacional e internacional que se refieren a ese término, con el propósito de desarrollar un constructo para determinar su alcance, para luego poder desglosarlo, comenzando desde las nuevas amenazas que atentan contra el mismo, hasta determinar su vinculación con los Objetivos e Intereses Nacionales.
El Orden Interno por su magnitud debe concebirse de una forma amplia y permanente, que integre los diferentes campos del poder (político, económico, social y militar) para que exista un equilibrio de paz y armonía. Una manera de percibirlo es a través de desórdenes públicos en grandes magnitudes, los órganos del poder público y el pueblo son los actores involucrados para atender los problemas de Orden Interno.
Con respecto al Orden Público, en Derecho está representado por la tranquilidad y paz social que proviene del respeto generalizado al ordenamiento jurídico. La manutención de este Orden Público habilita a la Administración, a través de la ley, para imponer órdenes, prohibiciones y sanciones.
ORDEN INTERNO
Partiendo del significado de cada una de las palabras se desglosa de la siguiente manera:
Orden: es la disposición o colocación armoniosa de los objetos.
Interno: significa entre, en medio de.
Por tal motivo uniendo estos dos términos: Disposición o colocación armónica de objetos o seres dentro de un lugar, dentro de una nación, conforme a leyes, reglas y métodos para alcanzar una finalidad
A continuación se van a presentar una variedad de conceptos de Orden Interno:
1. En el campo del Derecho Público y en particular a lo referido al Derecho Constitucional, Orden Interno se interpreta como una clara visión de necesidad, la conformación de un orden por parte del Estado materializándolos, por intermedio de los Poderes Públicos necesarios cuyo ejercicio y mantenimiento se realiza a través de las Instituciones, con las atribuciones constitucionales que le confieren la potestad del ejercicio en cada ámbito de competencia.
2. Es una situación de paz en el territorio nacional y de equilibrio en las estructuras socio-jurídico-político del Estado, regulado por el derecho público y poder político, orientado a mantener el Estado de Derecho con el fin de lograr el desarrollo nacional; es pues un concepto de naturaleza esencialmente política.
3. Es la situación de paz social en el territorio de un Estado, regulada por el derecho público y el poder político, resultante del equilibrio permanente de las relaciones entre los organismos del Estado y de éste con la colectividad, permitiendo el normal funcionamiento de la institucionalidad socio-jurídico-político, con la finalidad de promover el desarrollo nacional.
4. Betancourt (2000) menciona una definición de Montesano que lo expone, La situación de seguridad dentro del territorio del Estado - Nación, en las cuales las instituciones públicas y privadas cumplen a plenitud la misión para la cual fueron creadas, y los ciudadanos desarrollan sus relaciones económicas, políticas y sociales de acuerdo a los preceptos establecidos por la Constitución y las Leyes de la República.
5. Un estado o situación que se fundamenta en normas jurídicas, establece la idea rectora de convivencia social y tiene como finalidad el bien común, entendiéndose que la amplitud del término abarca los ámbitos político, económico, social y militar.
6. La situación en la cual están garantizadas, la estabilidad y normal funcionamiento de la institucionalidad político jurídica establecida en el estado. Su mantenimiento y control, demandan previsiones y acciones que el gobierno debe adoptar permanentemente, llevando implícita la posibilidad de declarar los regímenes de excepción que prevé la constitución política.
7. Exposición de Motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; El Orden Interno del País, considerado éste como el Estado en el cual se administra la justicia, se consolidan los valores de libertad, democracia, independencia, paz, solidaridad, bien común, integridad territorial, convivencia e imperio de la Constitución y la Ley. Todo ello armonizado en un escenario donde predomina y se practican los principios constitucionales y preceptos bolivarianos, en un clima de absoluta participación democrática.
8. Valmore (1988) lo expuso como: "La necesaria situación de tranquilidad, disciplina y subordinación en un Estado, dentro de la estructura antagónica de la sociedad que lo conforma, para alcanzar y/o mantener los objetivos nacionales y la capacidad del mismo, para dentro de la norma jurídica, restituir estos factores cuando se vean afectados por causas endógenas o exógenos a él”.
9. La Guardia Nacional, considerando la responsabilidad básica asignada en la Constitución de la República Bolivariana de 1999, emite el comunicado No. CG‑CO‑0844 de fecha 27/O3/2000, y lo describe como: “Situación de paz o tranquilidad dentro del territorio y demás espacios geográficos de la República, donde las autoridades competentes y las instituciones públicas y privadas cumplen, sin perturbaciones y a plenitud, con sus fines esenciales, y los ciudadanos interactúan armónicamente en el cumplimiento de los deberes, disfrute de las garantías y derechos constitucionales, consolidando los valores de libertad, independencia, solidaridad, bien común, integridad territorial, convivencia y recta aplicación de las leyes, en un clima de absoluta participación democrática“.
10. Cova (2000) “Un estado o situación que se fundamenta en normas jurídicas, establece la idea rectora de convivencia social y tiene como finalidad el bien común, entendiéndose que la amplitud del término abarca los ámbitos político, económico, social y militar”.
VISIÓN GENERAL DE ORDEN INTERNO
TÉRMINOS SIMILARES CON EL ORDEN INTERNO
El orden interno viene acompañado de una variedad de elementos que permiten el equilibrio de un País, por eso a continuación se definen los siguientes términos:
MANTENIMIENTO DEL ORDEN INTERNO
Es la organización institucional que se logra sobre la base de la Constitución y de más leyes de la República, que le permite al Estado – Nación la consecución de sus fines. El mantener en este caso significa cumplir con la Constitución, debido que en ella se establecen todas las consideraciones de funcionamiento de un sistema que ha sido concebido para que funcione.
En relación al mantenimiento del orden interno cabe destacar que la Guardia Nacional interviene en tres elementos fundamentales en la noción de orden público:
La Tranquilidad: es la ausencia de desórdenes y perturbaciones, que se verifica a través de las Unidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, y participación conjunta con los cuerpos policiales uniformados en los operativos especiales.
La Seguridad: ausencia de accidentes humanos y naturales, tareas que ha desarrollado a través de los planes especiales de prevención y vigilancia terrestre a nivel nacional.
La Salubridad: ausencia de enfermedades o riesgos de ellas, es la higiene y salud pública, lo cual comprende animales y plantas, función la cual ha sido desempeñada a través del control sanitario en las aduanas y a través de las funciones de Guardería Ambiental.
El mantenimiento del orden interno debe interpretarse desde una concepción totalmente sistémica, en la que todos los elementos y órganos que forman parte de la Nación de un Estado, cumplen con sus obligaciones y deberes a través de un derecho, el cual está consagrado sobre la base de la Constitución, la cual recoge todas sus características y las enmarca para la consecución de uno o varios objetivos, en torno a ello la conceptualización del término mantenimiento del orden interno se establece como: “el cumplimiento de la Constitución y de más leyes de la República por parte de todos los elementos que conforman un estado – nación, que le permita la consecución de sus fines”.
ESTADO
El estado comprende al ente político constituido en un territorio definido, a través del proceso histórico de un pueblo que crea nexos económicos, lingüísticos y culturales uniformes, bajo un ordenamiento jurídico soberano, de lo anterior, deducimos que el estado es la agrupación política por excelencia, la mayor obra cultural del ser humano que le permite vivir en sociedad.
El estado consiste en una forma especial de organización emanada del poder político, cualidad identificada por Max Weber, quien señalo que “el estado, al igual que toda entidad política, es un enlace de dominio de individuos sobre individuos, sostenido mediante la legítima violencia”, situación que nos permite afirmar, que el estado es una perfección alcanzada por el hombre para organizarse en una asociación necesaria que brinde, ante todo, seguridad y bienestar, por lo que no se puede vivir fuera de él, mientras que si es posible abstenerse de otras asociaciones.
El estado es en esencia una realidad política, es decir, un hecho social de naturaleza política, el cual se integra con una sociedad humana, establecida en el territorio que les pertenece, además de estar regida y estructurada por un orden jurídico creado, aplicado y sancionado por un poder soberano, con objeto de obtener el bien público de toda la comunidad.
Esta definición nos
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