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PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO QUE ORIENTAN A UN SISTEMA PUBLICISTA


Enviado por   •  30 de Junio de 2017  •  Trabajos  •  2.893 Palabras (12 Páginas)  •  238 Visitas

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PRINCIPIOS DEL PROCESO

Los principios procesales.- estos principios sirven para describir y sustentar la esencia del proceso y además poner de manifiesto el sistema procesal por el cual el legislador ha optado

 los principios procesales es también la razón por la que aparece en el frontis de un ordenamiento en su título preliminar.

los principios procesales acogidos en un código son expresiones de una determinada tendencia también debe advertirse que su aplicación exige una interpretación reflexiva que trascienda su sentido literal o histórico cada vez que sean utilizados privilegiado los valores vigentes de la sociedad al momento de su aplicación.

Un principio procesal acogido en un código será útil en tanto penetre en la escena misma de la vida del drama diario de la comunidad que aspira a ser mejor y en definitiva que permite al juez decidir justicia en un caso concreto.

1.- principio de exclusividad y obligatoriedad de la función jurisdiccional.

La actividad de justicia le corresponde exclusivamente al estado, la cual la ejerce por medio de sus órganos especializados. Este principio significa que si una persona es emplazada por un  órgano jurisdiccional debe someterse al proceso instaurado contra él, y cuando este proceso termine o concluya la persona debe de someterse a la decisión que se emita de dicho proceso. Ni su actividad ni su omisión podrán liberarla de la obligatoriedad de cumplir lo que decida.

2.- principio de independencia de los órganos jurisdiccionales

Significa que un órgano que cumple con su función jurisdiccional que es la de resolver conflictos de intereses, que su actividad no debe ser afectada por un elemento de poder externo o extrañoque cambie, vulnere o afecte su voluntad es decir que no cambie su decisión

DAVIS ECHANDIA:

Toda intervención que trate de desviar su criterio en cualquier sentido, peca contra él y hace desvirtuar la esencia misma de su cargo. Por eso nada más aprobioso que la existencia de los jueces políticos, de los funcionarios a servicios de los gobernantes o partidos políticos.

3.- PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES

La imparcialidad se debe considerar no solo como una cualidad que debe tener el órgano jurisdiccional sino también los participantes de la actividad judicial. Es posible que alguien intente violentar la imparcialidad de un órgano jurisdiccional.

Según el autor cuando este principio sea vulnerado cuando inicia el proceso, las partes y el órgano jurisdiccional pueden resolverlo pidiendo que el proceso pase a otro órgano jurisdiccional.

4.- PRINCIPIO DE CONTRADICCION O AUDIENCIA BILATERAL

Este principio se refiere a que todos los actos del proceso deber realizarse en conocimiento de las partes que integran dicho proceso, es decir deben ser informados previamente y oportunamente para la parte contraria.

5.- PRINCIPIO DE PUBLICIDAD

Considerando que la actividad procesal es una actividad pública, el servicio de justicia debe dar muestras permanentes a la comunidad porque esta actividad del proceso es transparente y claro y también da una garantía de eficacia de los actos que lo conforman.

Este principio de publicidad admite excepciones los que van a depender menos del proceso y más de la naturaleza que lleva la pretensión

Según MILLAR: indica la posición germánica encuentra 3 clases de publicidad:

  1. Una  publicidad general
  2. Una mediata
  3. Una inmediata

La base de fundamento del principio de publicidad es el servicio de justicia es un servicio social, y que lo que ocurre en los tribunales es de interés para la sociedad.

6.- PRINCIPIO DE COZA JUZGADA

Para la finalidad del proceso  sea concretada es necesario que la decisión final sea de exigencia inexorable. Debe ser indiscutible y de certeza en su contenido es una autoridad que acompaña a las resoluciones judiciales y que reciben el nombre de cosa juzgada.

Pero tenemos que considerar que no todas las resoluciones judiciales, solo se presentan en las resoluciones en las que se pronuncien sobre el fondo.

7- PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEY.

Entre las normas procesales son ejemplos típicos de aquellas de obligatorio cumplimiento, son imperativas las que proveen regulación del procedimiento que se debe de seguir para conseguir la solución judicial de conflicto. Es decir las partes no pueden convenir una tramitación o vía procesal distinta a la ley procesal salvo que expresamente y de manera excepcional la misma norma conceda vías alternativas.

8.- PRINCIPIO DE LA MOTIVACION DE RESOLUCIONES JUDICIALES

Como bien sabemos la función jurisdiccional es una actividad exclusiva del estado, las cuales recaen en sus órganos judiciales.

Antiguamente los jueces no estaban obligados a fundamentar sus decisiones, sino que ejercias su función y resolvían por intuición de lo justo. Actualmente existe la exigencia recaida en el juez en que debe de fundamentar todas las decisiones que tome.

DEVIS ECHENDIA:

De esta manera se evitan arbitrariedades y se permite que las partes usar adecuadamente el derecho de impugnación contra la sentencia para efectos de la segunda instancia, planteándose al superior las razones legales y jurídicas que desvirtúan de los errores que condujeron al juez de su decisión. Por que la resolución  de toda entencia es el resultado de las razones o motivaciones que en ellas se explica.

PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO

Estos principios sirven para describir la naturaleza y el contenido de los sistemas procesales civiles

PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO.

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA:

Refiriéndose a un aforismo: ne eat judex ultra petita partium siginfica que el juez no puede darle a una parte más de lo que esta pide.

Este aforismo es absoluta en el proceso civil.

Siendo el juez la persona encargada de declarar el derecho que corresponde al caso concreto y también las normas que regulan el trámite que lo conducen a producir dicha declaración son de naturaleza pública en derecho que declara nos referimos a su declaración es de naturaleza privada en consecuencia le pertenece a las partes por tal razón el juez no tiene ninguna facultad para efectuar la declaración de voluntad del demandante y concederle más que éste había pretendido en su demanda sin embargo  este impedimento no se presenta cuando el juez le otorga menos de lo demandado dado que tal declaración se habrá expedido cuando el juez estime que el demandante no probó todos los extremos de su pretensión

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