Pensamiento Juridico
RMCV30091 de Abril de 2013
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PENSAMIENTO JURIDO.
EL DERECHO EN LA ANTIGUEDAD
En las sociedades primitivas, por mas rudimentarias que sean, hay conductas permitidas y conductas prohibidas.
Las reglas de conducta se aprenden por el habito (realizado un acto hay la tendencia a repetirlo) y la imitación (lo que uno hace es reproducirlo por otros).
El derecho es la costumbre primitiva de carácter religioso o mítico e indiferenciada, por cuanto es a un mismo tiempo norma jurídica, religiosa y moral.
En Grecia, la justicia es considerada como una virtud moral o política. El Derecho se convierte en objeto de reflexión con los pensadores griegos.
En Roma, el Derecho fue una norma de vida y un instrumento de organización socia
La jurisprudencia (ciencia del Derecho) romana llego a su madurez en el ultimo siglo de la Republica. Cannata distingue los siguientes periodos:
* La jurisprudencia arcaica, que se desarrolla entre el S VIII y el final del S III a.C.
* La jurisprudencia preclásica, que antecede a la época del Imperio.
* La jurisprudencia clásica, que va desde el S I hasta mediados del S III d.C.
* La jurisprudencia posclásica, que se centra en la época de Justiniano.
Hasta el final del S IV a.C., la jurisprudencia romana fue pontifical, cultivada por sacerdotes y conectada con cuestiones religiosas. Desde esta fecha aparecen los juristas laicos.
La jurisprudencia clásica, considerada como la edad de oro, comprende desde el advenimiento de Augusto hasta la muerte de Alejandro Severo (235 d.C.). Se caracteriza por el análisis casuístico llevado a cabo por los juristas.
El Derecho fue un modo de realizar la misión de la cristianidad Occidental y del reino de Dios en la tierra. Desde finales del S. XI hasta el XIII se desarrollo en Babilonia la escuela de los glosadores, llamados así por el método de la glosa..
Revela los rasgos de la ciencia de aquella apoca: El escolasticismo. Los glosadores hicieron sutiles análisis y amplias clasificaciones que dieron lugar al surgimiento de obras en que se coleccionaban: distinciones, disputas, cuestiones jurídicas no destinadas a la enseñanza, hechos legales, principios jurídicos, contradicciones, además de glosas y comentarios en torno a las secciones de los libros jurídicos.
ESCUELA DE LOS POSGLOSADORES
A comienzos del S. XIV, surge en Italia la escuela de los posglosadores, llamada también escuela de los prácticos, comentadores o consultores. El fundador de la escuela fue Bartolo De Sassoferrato.
Apartándose de la glosa literal a los textos romanos, trataron de llegar, mediante sus comentarios, a formular principios jurídicos y a elaborar construcciones que superan al Derecho antiguo.
Hicieron el Derecho romano un nuevo Derecho aplicable a la realidad. No se limitaron a transformar las normas del Derecho romano bajo la inspiración del pensamiento jurídico germánico, canónico y neolatino.
La influencia del movimiento naturista que desde el S XIII se extiende por todos los pueblos y todos los campos de la cultura, atenuó en los posglosadores el método escolástico.
ESCUELA DEL DERECHO NATURAL
Frente al problema de la justificación del Derecho el espirituha adoptado tres aptitudes teóricas:
La primera aptitud corresponde al iusnaturalismo; la segunda al positivismo y al historicismo, y la tercera al formalismo.
Para el iusnaturalismo panteísta (grecolatino), la ley natural es la ley eterna, anterior a cualquier ley humana, que rige el cosmos, la polis (o estado) u el hombre. La violación de la ley natural produce desarmonia en el orden cósmico, en la polis o en el hombre, por lo cual requiere de una compensación.
El iusnaturalismo cristiano. Para el cristianismo el universo es creado por un Dios unico y trascendente al Universo. Todo ser que no dependa de Dios es causado por El; nada hay que no dependa de Dios, y por lo mismo, Dios no halla nada fuera de si y, por ende, saca de la nada todo lo que produce; o sea, es Creador.
En contraposición al Derecho natural escolástico que considera que el Derecho tiene su origen en la voluntad de Dios, el iusnaturalismo racional considera que el Derecho tiene por fuente a la naturaleza humana (ser de naturaleza social) de la cual se deducen unos derechos o cualidades de carácter innato, inmutable, universal e inalienable, descubiertos por la fuerza de la razón.
Para el positivismo (Derecho puesto por el hombre), el Derecho es el conjunto de normas desprovistas de toda consideración sociológica, política, religiosa o ética, cada una de las cuales tiene su fundamento de validez en otra norma superior, y esta, a su vez, en otra mas superior y así sucesivamente hasta que en ultimo termino todas se fundan en una "norma fundamental": la constitución.
EL IUSNATURALISMO GRECO-ROMANO
La comunidad homérica (S.VIII a.C.) fue agrícola y tribal. El rey de la tribu es juez de las disputas y jefe en la guerra. La vida se regula por la tradición y las costumbres encarnadas en tabúes.
La violencia reina entre los animales, porque la ley que les dio Zeus es: "Devoraos los unos a los otros", mientras que la ley de los hombres es la justicia.
El devenir de la naturaleza esta regido por una razón universal a la cual el hombre debe sumisión en su actuar individual y social.
Pitágoras ve la justicia es una relación aritmética.
Los sofistas (procedentes de regiones periféricas del mundo helénico) intentaron destruir todo el sistema de valores sobre el que se asentaba la vida griega. Sobre la base de que "el hombre es la medida de todo".
La doctrina de Sócrates conduce a la libertad e igualdad política, y la de Platón a la sujeción del individuo al gobierno de los mejores. La virtud fundamental del estado es la justicia, que al mantener a cada uno en su puesto, conserva el orden y la unidad del Estado.
El gobernante debe buscar y contemplar la justicia ideal; por ello, los reyes deben ser filósofos, a fin de que en el mismo sujeto coincidan la sabiduría y el poder político, único modo de poner término a los males que afligen a los Estados, y por extensión. La justicia es pauta axiológica para el Derecho positivo y es el principio sobre el cual esta fundado el Estado. La justicia es el deber universal según el estado es el ser perfecto que se basta a si mismo y todo lo domina. El bien es la plena realización de la esencia de un ser. El estado es una orgánica perfecta, que por fin la virtud y la felicidad universal.
EL IUSNATURALISMO PANTEISTA
La escuela estoica fue fundada por Zenon de Cito. Para los estoicos la filosofía se divide en tres partes: física, lógica y moral.
La multiplicidad de nombres que tiene Dios expresa los varios aspectos de su potencia. El sumo bien consiste en vivir conforme a la naturaleza. La virtud es la razón perfecta.
La recta razón es la ley natural que rige el cosmos, que lo anima, estructura y desarrolla. Equiparan el universo a una gran ciudad reconocen la existencia de un alma del mundo que contiene las razones seminales que informan la realidad de la que participan todos los hombres, por lo cual estos son iguales. El primer deber de todo hombre es seguir a la naturaleza, por que esto equivale a vivir según razón y contribuyen a mantener la armonía del universo
EL IUSNATURALISMO
La filosofía cristiana se inspiren la filosofía griega y en la jurisprudencia romana para crear un sistema de Derecho natural teológico.
La ley natural es un sector de la ley eterna y se manifiesta en la conciencia de los hombres, permitiéndoles distinguir entre el bien y el mal. La ley humana o positiva tiene por misión hacer volver a los hombres que se habían apartado de las prescripciones de la ley natural
Los principios éticos son absolutos y universales, pero sus conclusiones pueden perder universalidad por la mutabilidad y variedad de las circunstancias que regulan.
El contenido de la ley natural puede resumirse en un solo precepto: "Hay que hacer el bien y no hacer mal". Esta regla obliga al hombre a realizar su naturaleza racional; orienta las acciones humanas por el camino de todas las virtudes.
La ley divina es revelada por Dios por medio de las Sagradas Escrituras, y tiene por objeto complementar la ley natural.
La ley humana o positiva se fundamenta en la ley natural. Es una ordenación de la razón para el bien común.
El único medio para asegurar y fomentar el bien común es la ley que puede ser elaborada por toda la comunidad o por la persona que en forma oficial ha sido delegada por esta. La tiranía es un gran crimen mucho mayor que el de los ladrones
LA ESCUELA CLASICA DEL DERECHO NATURAL
La escuela clásica del Derecho natural constituye la representación del pensamiento jurídico del Iluminismo o Ilustración.
La reforma nació por causas religiosas, pero las razones políticas y económicas no estuvieron ausentes en su propagación. Entre las circunstancias favorables a la Reforma figuran el Renacimiento, la invención de la imprenta, la abundancia de bienes del clero y las deficiencias religiosas o morales de algunos de sus elementos.
En una primera etapa correspondiente al mercantilismo en lo económico.
En una segunda etapa es la apoca del, liberalismo político y filosófico y del capitalismo; la protección del Derecho natural.
En su tercera etapa, la protección del Derecho natural corresponde
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