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Procerso De Reforma En Panama


Enviado por   •  31 de Marzo de 2013  •  3.981 Palabras (16 Páginas)  •  414 Visitas

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1- PROCESO DE REFORMA DE LA CONTRATACION PUBLICA EN PANAMA

La contratación pública es una de las actividades más importantes que realizan los gobiernos e

Igualmente uno de los sectores de interés para el tejido empresarial privado.

Este sector tiene mayor importancia en Panamá, donde desde hace varios años se persigue la

transparencia y modernización del sistema de contratación y compras públicas como mecanismo

de desarrol o y modernización del país. De igual forma, la publicidad de los distintos procesos de

compras públicas y la difusión de la gestión eficiente de las compras se han usado en algunos

casos como medios para mejorar o empeorar la imagen que el pueblo en general tiene del

gobierno panameño. Además de mejorar la imagen de gestión no corrupta en el mercado

internacional.

En este sentido, el sector de la contratación y licitaciones públicas en Panamá viene

experimentando desde hace años un profundo cambio en varios aspectos:

• Reforma y modernización del sistema nacional de contrataciones públicas a través de

aplicaciones tecnológicas.

• Reforma y cambios en la normativa y legislación.

1.1. REFORMA LEGAL Y MARCO LEGAL ACTUAL.

REFORMA LEGAL

La contratación pública en Panamá estaba regulada dentro del Código Fiscal hasta la aprobación

de la Ley No. 56 de 1995, primera ley sobre Contratación Pública en Panamá.

Con la Ley No. 56 se introdujo la descentralización del sistema de contratación pública,

permitiendo a las diferentes instituciones programar y realizar sus contrataciones con relativa

independencia, Sin embargo, esta descentralización del sistema no vino acompañada de una

debida coordinación entre el Ministerio de Economía y Finanzas y las diferentes instituciones lo

que generó, durante los diez años de aplicación de esta Ley, falta de uniformidad en diferentes

materias. La dispersión de disposiciones contenidas en diferentes instrumentos legales

dificultaba su apropiada aplicación y generaba incertidumbres, vacíos o superposiciones jurídicas

y comerciales en materia de contratación pública que daban pié a ineficiencias y a corrupción.

Eran necesarias tanto una agrupación sistemática y ordenada como la incorporación de

procedimientos rápidos, claros y eficaces, que mantuviesen un control riguroso sobre las

contrataciones e incentivaran la participación de las empresas en los proyectos públicos.

Tras la elección de Martín Torrijos como Presidente de la República de Panamá en mayo de

2004, el gobierno panameño comienza a trabajar en la reforma del sistema de contratación

pública. La Ley No. 56 de 1995 se había convertido en un instrumento normativo insuficiente. A este

aspecto se sumó la poca capacitación del personal de los departamentos de compras públicas

de las distintas entidades del Estado panameño, la inexistencia de planificación anual en los organismos, la falta de estándares de compra,…

También existía gran presión pública por reducir los riesgos de corrupción que permitía la Ley

No. 56, especialmente cuando se contrataba de forma directa. La existencia de procesos de

selección muy largos motivaba la utilización excesiva de la contratación directa por parte de las

instituciones contratantes, para rehuir los trámites extensos que suponían los procedimientos de

selección de contratista.

Todo lo anterior hizo que fuera una prioridad del gobierno la reforma legal de la normativa sobre

contrataciones públicas, adaptada a la reforma y modernización tecnológica que se estaba

l evando a cabo en el Gobierno.

La iniciativa se consolidó con la Nueva Ley de Contrataciones Públicas, Ley No. 22 de 27 de

junio de 2006, que entró en vigencia el 28 de diciembre del mismo año. La Ley 22 de 2006 no

representó una reforma integral del sistema sino una reforma parcial del sistema introducido por

la Ley 56 de 1995, dado que se mantiene la misma estructura y esquema con ajustes en unas

áreas e introducción de innovaciones en otras.

Las principales innovaciones y aportaciones de la Ley No. 22 sobre Contratación Pública fueron

las siguientes:

1- Nuevos procedimientos de selección de contratista: la subasta en reversa y los convenios marco.También introdujo cambios en la denominación de los procedimientos.

2- Fortalecimiento institucional.

• La creación de la Dirección General de Contrataciones Públicas como una entidad autónoma con la facultad de regular, interpretar, fiscalizar y asesorar la selección de contratistas.

• La creación del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas.

3- Incorporación y regulación del sistema electrónico de contrataciones públicas

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