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RESPUESTA A LA AMENAZA TERRORISTA EN EUROPA


Enviado por   •  4 de Febrero de 2019  •  Documentos de Investigación  •  8.861 Palabras (36 Páginas)  •  129 Visitas

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UE. ESTRATEGIA Y COMISIÓN CONTRA EL TERRORISMO DEL P.E.

Pere Joan Quiles LLedó[pic 2]

Carlos Corraliza Vicedo

Rubén Salazar Pérez

Raül Sellens Serrano

Mario Martínez Moreno

Carlos Guillén Galán

Vladimir Micó Soler

Alex Piles Tormo

Carlos Sala Ivars

ÍNDICE

1. Respuesta a la amenaza terrorista en Europa……………………

2. Organización para la Seguridad y la Cooperación en

    Europa (OSCE)……………………………………………………….

3. Coordinador para la lucha contra el terrorismo……………………

4. Estrategia de la UE de lucha contra el terrorismo………………..

5. Lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación…………

6. Combatir el terrorismo desde internet……………………………...

7. Atentados ocurridos y su trascendencia…………………………...

8. Medidas preventivas contra el terrorismo………………………….

9. Ámbito nacional……………………………………………………….

10. Bibliografía…………………………………………………………...


RESPUESTA A LA AMENAZA TERRORISTA EN EUROPA

Frente a la radicalización de muchos europeos, la Unión Europea ha adoptado un planteamiento global a nivel intracomunitario para solucionar tanto al problema del terrorismo exterior como del terrorismo interno al territorio europeo. Para ello será necesario, como hemos dicho, un enfoque internacional y un compromiso a largo plazo.

Es responsabilidad directa de los estados miembros la lucha contra el terrorismo. Sin embargo, la UE debe coger un papel  garante de seguridad y hegemonizador intercomunitario ante la naturaleza internacional de la amenaza.

En cuanto a los encargos del consejo, los problemas de la radicalización de jóvenes europeos y de los combatientes terroristas extranjeros solían ser tema de debate en el Consejo Europeo y del Consejo de la Unión Europea. Por ello ambas instituciones elaboraron una respuesta global que comprende funciones de actuación internas y externas.

Tras los atentados terroristas en enero de 2015 en París, la Unión Europea decidió reforzar su respuesta y acelerar la aplicación de las medidas acordadas. Tras estos sucesos, se mantuvo un tenso debate sobre las pautas que debían seguir para acabar con estos acontecimientos. En su declaración en febrero de 2015 reclamaban medidas en los siguientes ámbitos de actuación:

  • Seguridad ciudadana.
  • Cooperación internacional.
  • Prevención de la radicalización y defensa de nuestros valores.

Con tal de mejorar la seguridad de la Unión Europea, el plan estratégico de la UE contra el terrorismo se apoya en los siguientes pilares que ahora desarrollaremos: Una mejora de los controles de armas de fuego, la tipificación penal de los delitos del terrorismo, un refuerzo de controles de las fronteras exteriores, la mejora del intercambio de información entre países y la creación del Centro Europeo de Lucha Contra el Terrorismo.

Mejora de los controles de las armas de fuego

«La nueva Directiva (modificación 91/447/CEE) sobre armas de fuego establece controles más estrictos de la adquisición y tenencia de armas de fuego, de modo que grupos criminales o terroristas no se aprovechen indebidamente de los cauces legítimos y del marco regulador para la adquisición y tenencia de armas de fuego. La Directiva constituye, por lo tanto, un avance importante, concretamente porque equilibra las consideraciones de seguridad con la necesidad de preservar las actividades legítimas.

Sin embargo, para la UE y sus Estados miembros es fundamental proseguir la labor de cerrar los canales ilegales para la adquisición de armas de fuego por parte de grupos delictivos y terroristas». Carmelo Abela, ministro del Interior y de Seguridad Nacional de Malta

Las modificaciones consisten en:

  • Mejora de la trazabilidad de las armas de fuego. Es decir, tener un mayor control y seguimiento de estas armas. Crear una legislación que marque las armas y también sus componentes, además de un reconocimiento mutuo de los marcados entre estados miembros con tal de seguir actividades delictivas.
  • Medidas relativas a la inutilización y a la reactivación o transformación de las armas de fuego. Hasta ahora, las armas de fuego inutilizadas no estaban sujetas a los requisitos establecidos por la Directiva. Además de la revisión de armas de salvas o acústicas, ya que desreguladas hasta la fecha se podían adquirir libremente y convertirse en armas de fogueo.
  • Mejorar el intercambio de información pertinente entre los Estados miembros. Es decir, en los casos en que se haya autorizado la transferencia de un arma de fuego a otro Estado miembro, así como a aquellos en que se haya denegado la adquisición y tenencia de un arma de fuego.
  • Normas más estrictas para la adquisición y tenencia de las armas de fuego más peligrosas. Las armas de fuego más peligrosas solo se pueden adquirir y poseer obteniendo una exención del Estado miembro pertinente. Las normas para la concesión de estas exenciones se han reforzado notablemente, solo podrán concederse exenciones cuando no entrañen riesgos para la seguridad o el orden público.
  • Prohibición del uso civil de las armas de fuego semiautomáticas más peligrosas. Algunas armas de fuego semiautomáticas peligrosas se han incluido en la categoría A y, por lo tanto, quedan prohibidas para uso civil. También quedan ahora prohibidas las armas de fuego que puedan ocultarse fácilmente.

Tipificación penal de los delitos de terrorismo

«Con este acuerdo, la UE está ahora mejor equipada para hacer frente a la amenaza terrorista en constante evolución. El terrorismo no entiende de fronteras, pero el mensaje ahora es claro: cortaremos el paso a los combatientes extranjeros, tanto si viajan hacia o desde la UE, como dentro de la UE. Pero garantizar la seguridad sin respetar los derechos fundamentales es inaceptable. Por ello, las nuevas normas refuerzan los derechos de las víctimas e incluyen claras salvaguardas de las libertades individuales.» Owen Bonnici, ministro de Justicia, Cultura y Administración Local de Malta, país que ostenta la Presidencia del Consejo de la UE

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