RESPUESTA A LA AMENAZA TERRORISTA EN EUROPA
salazario88Documentos de Investigación4 de Febrero de 2019
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UE. ESTRATEGIA Y COMISIÓN CONTRA EL TERRORISMO DEL P.E.
Pere Joan Quiles LLedó[pic 2]
Carlos Corraliza Vicedo
Rubén Salazar Pérez
Raül Sellens Serrano
Mario Martínez Moreno
Carlos Guillén Galán
Vladimir Micó Soler
Alex Piles Tormo
Carlos Sala Ivars
ÍNDICE
1. Respuesta a la amenaza terrorista en Europa……………………
2. Organización para la Seguridad y la Cooperación en
Europa (OSCE)……………………………………………………….
3. Coordinador para la lucha contra el terrorismo……………………
4. Estrategia de la UE de lucha contra el terrorismo………………..
5. Lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación…………
6. Combatir el terrorismo desde internet……………………………...
7. Atentados ocurridos y su trascendencia…………………………...
8. Medidas preventivas contra el terrorismo………………………….
9. Ámbito nacional……………………………………………………….
10. Bibliografía…………………………………………………………...
RESPUESTA A LA AMENAZA TERRORISTA EN EUROPA
Frente a la radicalización de muchos europeos, la Unión Europea ha adoptado un planteamiento global a nivel intracomunitario para solucionar tanto al problema del terrorismo exterior como del terrorismo interno al territorio europeo. Para ello será necesario, como hemos dicho, un enfoque internacional y un compromiso a largo plazo.
Es responsabilidad directa de los estados miembros la lucha contra el terrorismo. Sin embargo, la UE debe coger un papel garante de seguridad y hegemonizador intercomunitario ante la naturaleza internacional de la amenaza.
En cuanto a los encargos del consejo, los problemas de la radicalización de jóvenes europeos y de los combatientes terroristas extranjeros solían ser tema de debate en el Consejo Europeo y del Consejo de la Unión Europea. Por ello ambas instituciones elaboraron una respuesta global que comprende funciones de actuación internas y externas.
Tras los atentados terroristas en enero de 2015 en París, la Unión Europea decidió reforzar su respuesta y acelerar la aplicación de las medidas acordadas. Tras estos sucesos, se mantuvo un tenso debate sobre las pautas que debían seguir para acabar con estos acontecimientos. En su declaración en febrero de 2015 reclamaban medidas en los siguientes ámbitos de actuación:
- Seguridad ciudadana.
- Cooperación internacional.
- Prevención de la radicalización y defensa de nuestros valores.
Con tal de mejorar la seguridad de la Unión Europea, el plan estratégico de la UE contra el terrorismo se apoya en los siguientes pilares que ahora desarrollaremos: Una mejora de los controles de armas de fuego, la tipificación penal de los delitos del terrorismo, un refuerzo de controles de las fronteras exteriores, la mejora del intercambio de información entre países y la creación del Centro Europeo de Lucha Contra el Terrorismo.
Mejora de los controles de las armas de fuego
«La nueva Directiva (modificación 91/447/CEE) sobre armas de fuego establece controles más estrictos de la adquisición y tenencia de armas de fuego, de modo que grupos criminales o terroristas no se aprovechen indebidamente de los cauces legítimos y del marco regulador para la adquisición y tenencia de armas de fuego. La Directiva constituye, por lo tanto, un avance importante, concretamente porque equilibra las consideraciones de seguridad con la necesidad de preservar las actividades legítimas.
Sin embargo, para la UE y sus Estados miembros es fundamental proseguir la labor de cerrar los canales ilegales para la adquisición de armas de fuego por parte de grupos delictivos y terroristas». Carmelo Abela, ministro del Interior y de Seguridad Nacional de Malta
Las modificaciones consisten en:
- Mejora de la trazabilidad de las armas de fuego. Es decir, tener un mayor control y seguimiento de estas armas. Crear una legislación que marque las armas y también sus componentes, además de un reconocimiento mutuo de los marcados entre estados miembros con tal de seguir actividades delictivas.
- Medidas relativas a la inutilización y a la reactivación o transformación de las armas de fuego. Hasta ahora, las armas de fuego inutilizadas no estaban sujetas a los requisitos establecidos por la Directiva. Además de la revisión de armas de salvas o acústicas, ya que desreguladas hasta la fecha se podían adquirir libremente y convertirse en armas de fogueo.
- Mejorar el intercambio de información pertinente entre los Estados miembros. Es decir, en los casos en que se haya autorizado la transferencia de un arma de fuego a otro Estado miembro, así como a aquellos en que se haya denegado la adquisición y tenencia de un arma de fuego.
- Normas más estrictas para la adquisición y tenencia de las armas de fuego más peligrosas. Las armas de fuego más peligrosas solo se pueden adquirir y poseer obteniendo una exención del Estado miembro pertinente. Las normas para la concesión de estas exenciones se han reforzado notablemente, solo podrán concederse exenciones cuando no entrañen riesgos para la seguridad o el orden público.
- Prohibición del uso civil de las armas de fuego semiautomáticas más peligrosas. Algunas armas de fuego semiautomáticas peligrosas se han incluido en la categoría A y, por lo tanto, quedan prohibidas para uso civil. También quedan ahora prohibidas las armas de fuego que puedan ocultarse fácilmente.
Tipificación penal de los delitos de terrorismo
«Con este acuerdo, la UE está ahora mejor equipada para hacer frente a la amenaza terrorista en constante evolución. El terrorismo no entiende de fronteras, pero el mensaje ahora es claro: cortaremos el paso a los combatientes extranjeros, tanto si viajan hacia o desde la UE, como dentro de la UE. Pero garantizar la seguridad sin respetar los derechos fundamentales es inaceptable. Por ello, las nuevas normas refuerzan los derechos de las víctimas e incluyen claras salvaguardas de las libertades individuales.» Owen Bonnici, ministro de Justicia, Cultura y Administración Local de Malta, país que ostenta la Presidencia del Consejo de la UE
Las nuevas normas, en forma de Directiva, refuerzan y amplían el ámbito de aplicación de la legislación vigente (en particular de la Decisión marco 2002/475/JAI). La Directiva tipifica como delito:
- Viajar fuera de la UE, a la UE, o dentro de la UE con fines terroristas. Por ejemplo para sumarse a las actividades de un grupo terrorista o con el fin de cometer un atentado terrorista.
- Organizar y facilitar estos viajes, incluyendo el apoyo logístico y material, comprando billetes o la planificando itinerarios.
- Impartir o recibir adiestramiento con fines terroristas. Como por ejemplo sobre fabricación o uso de explosivos, armas de fuego o sustancias nocivas o peligrosas.
- Aportar o recabar fondos con la intención de utilizarlos para cometer delitos terroristas o delitos relacionados con grupos o actividades terroristas.
Además de esto, la Directiva también complementará la legislación vigente sobre los derechos de las víctimas del terrorismo. Para ello incluye un catálogo de servicios para las necesidades específicas de las víctimas del terrorismo. Además, se reforzarán los mecanismos de respuesta de emergencia inmediatamente después de un atentado.
Refuerzo de los controles en las fronteras exteriores
«El refuerzo de los controles en nuestras fronteras exteriores es una herramienta importante para luchar contra la amenaza terrorista en Europa y mejorar la seguridad de nuestros ciudadanos. Los controles sistemáticos en las fronteras exteriores nos servirán para hacer frente a posibles riesgos para la seguridad interna, en particular los que plantean los combatientes terroristas extranjeros retornados». Carmelo Abela, ministro del Interior y de Seguridad Nacional de Malta.
El 7 de marzo de 2017, el Consejo aprobó un Reglamento por el que se modificó el Código de fronteras Schengen para aumentar la seguridad en los controles mediante la consulta de las bases de datos (Sistema de Información Schengen y de la Interpol) en las fronteras exteriores. Obligando a los Estados miembros a comprobar todas las personas que crucen las fronteras exteriores. Además, los controles permitirán a los verificar que los viajeros no son una amenaza para el orden público, la seguridad interior o la salud pública.
Mejora del intercambio de información
Con carácter de urgencia, se buscaba una mejora de la interoperabilidad de los sistemas de información y también la mejora de las bases de datos existentes con el objetivo de mejorar la seguridad dentro de la Unión Europea.
«Para que el intercambio de información funcione a pleno rendimiento, no solo es importante disponer de la información correcta, sino también poder establecer los vínculos correctos. Al garantizar la interoperabilidad de los sistemas de información actuales de la UE, podremos atar cabos más fácilmente, lo que implica mejorar la protección y la seguridad de todos». Valentin Radev, ministro del Interior de Bulgaria
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