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Reforma De Transparencia


Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  1.432 Palabras (6 Páginas)  •  196 Visitas

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REFORMA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

Una democracia de resultados exige niveles de transparencia y rendición de cuentas a los ciudadanos por parte de todo servidor público. Con información y cuentas claras, la ciudadanía podrá evaluar de mejor forma a sus gobernantes y representantes; además,una sociedad bien informada será siempre más participativa y estará en mejores condiciones para contribuir a la toma de decisiones de los asuntos públicos.

La Reforma en materia de Transparencia renueva y fortalece los mecanismos de acceso a la información pública y la protección de datos personales que existen en nuestro país.

Esta Reforma, publicada el 7 de febrero de 2014, contiene tres ejes principales:

I. El fortalecimiento del derecho de acceso a la información pública.

a. La Reforma amplía el catálogo de sujetos obligados a transparentar su información.

b. Ahora, los ciudadanos podrán conocer la información que poseen los partidos políticos y sindicatos, así como los órganos autónomos órganos, fideicomisos, además de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres órdenes de gobierno.

II. La consolidación de un sistema nacional de transparencia.

a. La reforma fortalece al Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), organismo garante de la transparencia, al otorgarle autonomía constitucional y al darle a sus determinaciones el carácter de definitivas e inatacables.

b. De igual manera, la reforma sienta las bases para la creación de organismos locales autónomos en los 31 Estados de la República y el Distrito Federal.

III. El establecimiento de nuevas facultades para el IFAI.

Como organismo garante del derecho a la transparencia y el acceso a la información pública, ahora el IFAI podrá interponer acciones de inconstitucionalidad contra leyes que vulneren estos derechos. Asimismo, podrá revisar las determinaciones que realicen los organismos locales y atraer los recursos de revisión en el ámbito local que así lo ameriten.

Esta reforma reconoce la importancia del acceso a la información como un derecho fundamental para el ejercicio pleno de la ciudadanía democrática. Con ella, la transparencia acompañará y reforzará la transformación hacia un nuevo México más democrático.

FUENTE: http://reformas.gob.mx/reforma-en-materia-de-transparencia/que-es

7 CLAVES PARA ENTENDER LA REFORMA EN TRANSPARENCIA

CIUDAD DE MÉXICO (CNNMéxico) — A 14 meses de comenzar su discusión, la reforma en materia de transparencia fue aprobada por ambas cámaras del Congreso mexicano; ahora debe ser ratificada por los congresos de los estados para que el presidente la promulgue y entre en vigor. Aquí te explicamos qué implicaciones tendrá.

1. Un IFAI autónomo

La reforma establece que el máximo órgano de transparencia en México, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), tendrá autonomía constitucional, con lo que contará con mayor libertad de actuación. Desde su creación a finales de 2002, el IFAI es una institución perteneciente al gobierno federal.

Al convertirse en órgano autónomo, el IFAI tendrá facultad para interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes de cualquier nivel o tratados internacionales suscritos por el país que, desde su punto de vista, "vulneren el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales". Las acciones de inconstitucionalidad son un recurso jurídico que debe ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

2. Más sujetos obligados

Uno de los principales puntos de la reforma consiste en ampliar la lista de sujetos directos obligados a las leyes de transparencia. El listado incluye actualmente a gobiernos, congresos, poderes judiciales y órganos autónomos, pero a partir de que la reforma entre en vigor también lo serán los partidos políticos, los sindicatos, fideicomisos y toda persona física o moral que reciba recursos públicos. Para que todos ellos acaten la ley, se estableció que el nuevo IFAI tendrá facultad para atraer y resolver cualquier solicitud de información.

3. Fallos y excepciones

La reforma señala que las resoluciones del IFAI serán definitivas e inatacables, salvo una excepción. Ese candado contempla que el consejero jurídico de la Presidencia de la República pueda impugnar un fallo del IFAI ante la SCJN —mediante recurso de revisión— cuando considere que divulgar cierta información podría afectar la seguridad nacional.

4. Otros órganos autónomos

Aunque el consejero jurídico de la Presidencia será el único con poder de interponer recursos de revisión, otros órganos autónomos podrán objetar la actuación del IFAI cuando consideren que interfiera con sus labores.

Esas instituciones —Banco de México (Banxico), Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Instituto

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