Resumen final higiene II Provincia de Buenos Aires
EstebanPacApuntes30 de Noviembre de 2015
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Resumen final higiene II
Provincia de Buenos Aires
LEY N° 11.459 de Radicación Industrial
Artículo 1º - La presente ley será de aplicación a todas las industrias instaladas, que se instalen, amplíen o modifiquen sus establecimientos o explotaciones dentro de la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º - A los fines de la presente ley se entenderá por establecimiento industrial a todo aquel donde se desarrolla un proceso tendiente a la conservación, reparación o transformación en su forma, esencia, calidad o cantidad de una materia prima o material para la obtención de un producto final mediante la utilización de métodos industriales.
Artículo 3º - Todos los establecimientos industriales deberán contar con el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental como requisito obligatorio indispensable para que las autoridades municipales puedan conceder, en uso de sus atribuciones legales, las correspondientes habilitaciones industriales.
El Certificado de Aptitud Ambiental será otorgado por la Autoridad de Aplicación en los casos de establecimientos calificados de tercera categoría según el artículo 15º, mientras que para los que sean calificados de primera y segunda categoría será otorgado por el propio Municipio.
Artículo 4º - Los parques industriales y toda otra forma de agrupación industrial que se constituya en la Provincia además de las obligaciones que correspondan a cada establecimiento, deberán contar también con el Certificado de Aptitud Ambiental expedido en todos los casos por la Autoridad de Aplicación en forma previa a cualquier tipo de habilitación municipal o provincial. Esa Certificación acreditará la aptitud de la zona elegida y la adecuación del tipo de industrias que podrán instalarse en el parque o agrupamiento, según lo establezca la reglamentación; y el peticionante deberá presentar una Evaluación Ambiental en los términos que también se fijarán por vía reglamentaria. La misma obligación rige para la modificación o ampliación de los parques o agrupamientos existentes.
Radicación industrial: ley nro. 11459/93
Reemplaza a la ley nro. 7229. El alcance de la misma es la provincia de buenos aires, y es para obtener el certificado de radicación industrial la cual tienen una validez de 2 años.
Para poder obtener el certificado se debe cumplir con los requisitos impuestos por el municipio y la OPDS.
Esta ley divide a las industrias en 3 categorías según su peligrosidad:
1 ra categoría: establecimientos que se consideren inocuos porque su funcionamiento no constituye riesgo o molestia a la seguridad, salubridad o higiene de la población, ni ocasiona daños a sus bienes materiales ni al medio ambiente. Es otorgado por el municipio.
2 da categoría: incluirá aquellos establecimientos que se consideran incómodos porque su funcionamiento constituye una molestia para la salubridad e higiene de la población u ocasiona daños a los bienes materiales y al medio ambiente. Lo certifica la OPDS o el municipio, siempre y cuando tenga un convenio con la OPDS.
3 er categoría: incluirá aquellos establecimientos que se consideran peligrosos porque su funcionamiento constituye un riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población u ocasiona daños graves a los bienes y al medio ambiente. Lo certifica únicamente la OPDS.
Las categorías se van a calcular según lo establecido en el decreto 1741/96,
El Nivel de Complejidad Ambiental (N.C.A.) de un proyecto o establecimiento industrial queda definido por:
- La clasificación de la actividad por rubro (Ru), que incluye la índole de las materias primas, de los materiales que manipulen, elaboren o almacenen, y el proceso que desarrollen.
- La calidad de los efluentes y residuos que genere (ER).
- Los riesgos potenciales de la actividad, a saber: incendio, explosión, químico, acústico y por aparatos a presión que puedan afectar a la población o al medio ambiente circundante (Ri).
- La dimensión del emprendimiento, considerando la dotación de personal, la potencia instalada y la superficie (Di).
- La localización de la empresa, teniendo en cuenta la zonificación municipal y la infraestructura de servicios que posee (Lo).
El Nivel de Complejidad Ambiental se expresa por medio de una ecuación poli nómica de cinco términos:
N.C.A. = Ru + ER + Ri + Di + Lo
De acuerdo a los valores del N.C.A. las industrias se clasificarán en:
PRIMERA CATEGORÍA: hasta 11
SEGUNDA CATEGORÍA: más de 11 y hasta 25 (debe contar con evaluación de impacto ambiental)
TERCERA CATEGORÍA: mayor de 25 (debe contar con evaluación de impacto ambiental)
Evaluación de impacto ambiental (EIA): es la identificación y cuantificación de impactos positivos, negativos, directos e indirectos, reversibles e irreversibles.
Evaluación de impacto ambiental
PARA 2* CATEGORIA:
Evaluación ambiental:
Medio ambiente físico (caract. climática, geología, recursos hídricos)
Atmósfera (variables atmosféricas, relación con el proyecto)
Medio ambiente socioeconómico e infraestructura (densidad poblacional, uso y ocupación del suelo, infraestructura de servicios)
Descripción del proyecto:
Actividad a desarrollar y uso de tecnología.
Transporte y uso de materia prima.
Sistema de almacenamiento.
Tratamientos de residuos sólidos y de efluentes líquidos.
Sistema de tratamientos de emisiones gaseosas.
Riesgos específicos de la actividad.
Evaluación de impacto ambiental:
identificación y cuantificación de impacto (positivos o negativos, directos o indirectos, reversibles o irreversibles)
Planes de emergencia interna:
Planos y protocolos de análisis.
Para 3* categoría:
Evaluación ambiental:
Medio ambiente físico (características climáticas, geologías, recursos hídricos)
Medio biológico (Atmósfera (variables atmosféricas, estudio local de calidad de aire)
Medio ambiente socioeconómico e infraestructura (caracterización poblacional, densidad poblacional, usos y ocupación del suelo, infraestructura de servicios)
Descripción del proyecto:
Actividad a desarrollar.
transporte y uso de materia prima.
Línea de producción y/o tratamiento.
Sistema de almacenamiento de residuos sólidos y de efluentes líquidos.
Condiciones y medio ambiente de trabajo.
Evaluación de impacto ambiental:
Identificación y cuantificación de impactos (positivos o negativos, directos o indirectos. Reversibles o irreversibles, cronología de los impactos)
Programa de monitoreo ambiental:
Parámetro a monitoreo.
Frecuencia de mediciones.
Requisitos para la obtención de un CCA:
- Nota de solicitud del certificado de aptitud ambiental.
- Formulario base para la categorización.
- factibilidad de provisión e informe sobre los consumos máximos estimados.
- Constancia de inicio de trámites.
- Memoria descriptiva de los procesos productivos.
- Croquis con identificación de los equipos e instalaciones productoras de efluentes.
- Descripción de los elementos e instalaciones para la seguridad.
Clasificación de zonas
Tipos: residenciales, mixtas, industriales, parques industriales y zonas rurales (en esta última no se permite la instalación de ninguna industria a menos que sea agropecuaria)
Método de muestreo isocinético:
Este método consiste en tomar una muestra de la emisión que permita determinar la concentración del contaminante y el flujo del gas portador, con el fin de calcular el flujo másico del contaminante.
La toma de la muestra debe realizarse a la misma velocidad en que son transmitidos los contaminantes en el ducto de muestreo; al cumplimiento de este requisito se le denomina muestreo isocinético.
Para realizar el muestreo isocinético el propietario de la instalación debe brindar un acceso rápido y seguro, que cuente con escalera, baranda y plataforma. El lugar de toma de muestra debe estar ubicado de arriba hacia abajo 2 diámetros y 8 de abajo hacia arriba. Las chimeneas deben tener 2 puntos de toma de muestra enfrentadas a 90 grados. La toma se realiza con un tubo pitot, el aire ingresa por la parte inferior y empuja un manómetro de rama inclinada que funciona por medio de la presión dinámica y estática.
Contaminante atmosférico: Son generados en procesos industriales y son emitidos a la atmosfera tal cual se generaron.
Un contaminante primario es un contaminante emitido directamente de una fuente al aire.
Un contaminante secundario no es emitido directamente como tal, sino que se forma cuando otros contaminantes (contaminantes primarios) reaccionan en la atmósfera.
Ejemplos de contaminantes secundarios son el ozono, que se forma cuando los hidrocarburos (HC) y los óxidos de nitrógeno (NOx) se combinan en presencia de luz solar; el NO2, que se forma cuando se combina NO con oxígeno en el aire; y la lluvia ácida, que se forma cuando el dióxido de azufre o los óxidos de nitrógeno reaccionan con el agua.
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