Seguridad social. Epoca precolombina y colonial
Patty AllvarezzApuntes8 de Abril de 2016
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TRABAJO DE 2 PARCIAL PARCIAL
LIC .JORGE LUIS BLANC NOYOLA NOMBREC : ANA PATRICIA ÁLVAREZ CARRANZA
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INTRODUCCIÓN
Por una parte, en México hoy en día ser policía no es un “proyecto de vida”. Las reformas legales orientadas a profesionalizar los cuerpos policiales parecen ignorar la precariedad de las condiciones laborales. Como bien lo señala elofrecer un proyecto de vida atractivo a las y los elementos de las corporaciones policiales es indispensable para elevar la calidad, la eficiencia y la eficacia en el combate a la inseguridad. De esta suerte, es preciso que todas las personas que laboran en las policías tengan las condiciones de trabajo mínimas: estabilidad, salarios dignos, prestaciones que les permitan acceder a un patrimonio, seguridad social. Además, es necesario que se reconozca el peligro al que están sometidos y sometidas, y que se valore su desempeño tanto como se valora la seguridad pública en sentido genérico. Lo anterior debe materializarse en condiciones laborales tales como seguro de gastos médicos mayores, seguro de vida complementaria, vacaciones terapéuticas, centros de recuperación física, servicios de atención psicológica, entre otros. No sobra señalar que la inestabilidad y los bajos salarios colocan a las y los policías en la tentación de unirse al crimen organizado y estimulan la corrupción como mecanismo alternativo para incrementar los ingresos, facilitar la permanencia e, incluso, ascender. Por otra parte, la mala calidad y escasez del equipo, adicionado a la poca profesionalización y el regular estado de salud de las y los policías, debilitan notablemente la eficacia y eficiencia para combatir la inseguridad. A este respecto, es indispensable que todos los cuerpos policiales del país cuenten con los recursos materiales y tecnológicos que les permitan desarrollar sus labores eficientemente y con el menor riesgo posible para su integridad física. En el mismo tenor, debe aplicarse la carrera policial, brindando opciones reales de profesionalización a las y los integrantes de las instituciones policiales, así como estímulos vinculados con su rendimiento, permanencia y eficacia.
DESARROLLO
Al iniciar a leer el libro Según Barrios de Angelis el objeto de la gestión del ombudsman puede apreciarse, como el objeto del proceso jurisdiccional en sus diversos aspectos: existencial, esencial, gnoseológico y económico.
El objeto existencial. Es la realidad que, en su caso, el ombudsman procesa, somete a su actividad transformadora. El concepto de irregularidades jurídica se denomina, nulidad, infracción, contradicción errónea, etc.
El objeto económico, no es otra cosa que un aspecto del objeto esencial; es precisamente dicho objeto en cuanto se compone de bienes que por pertenecer se hallan en una situación especial.
El perjuicio es definido generalmente desde el punto de vista estático como una disminución o perdido de bienes, aunque tal noción cubre la mayor parte de las situaciones en que debe emplearse.
Los bienes suelen conceptuarse como entes que tienen medida de valor. Aunque la medida es suficiente, cabe desarrollarla señalando que, en el orden jurídico, se pueden distinguir tres niveles de distinta condición ontológica:
Cosas
Situaciones jurídicas activas con el goce o disfrute de los anteriores (bienes incorporales)
Valores (bienes incorporales)
El objeto gnoseológico. Es la consideración del objeto existencial como problema. El objeto existencial no puede ser más que de una sola manera: los seres, los hechos y normas existen o no existen, tienen determinados caracteres o no los tienen.
PECULIARIDADES:
ESBOZO HISTORICO
Epoca precolombina y colonial
Los cronistas ignoran cuando se inicio la labor policiaca. Se sabe que en la prehistoria el hombre “sabia algp de los deberes policiacos”, algunos hombres realizaban esta funcion, aun sin designarseles asi.
Riva palacio, señala que habia autoridades de las cuales ejercian funciones de policia en el Mexico precolombino. Los centectlapix, por ejemplo, eran elegidos por los vecinos del calpulli y tenian a su cargo vigilar cierto numero de familias e informar de sus acciones a los jueces. Entre los mayas hacian justicia los batabs u otros delegados especiales del ahau que imponian penas muy severas.
Durante la epoca colonial latinoamerica asumio en sus instituciones normas españolas que estaban adaptadas a las costumbtrs propias del lugar. Que las funciones esenciales de estos organismos consistieron en proteger la persona y la propiedad de los españoles.
“El servicio de vigilancia estaba perfectamente controlado por el gobierno. El mismo Cortes se admiro del gran orden y concierto que en la ciudad habia, mantenido por alguaciles muy sevreros en los embarcaderos (calmilolcatl), en los mercados y en los mismos capulli....
Sam Lopez afirma que durante la epoca colonial existieron dos tipos de policia: los simples vigilantes nocturnos o serenos y los alguaciles. Los primeros cuidaban el orden se la ciudad y los bienes de los ciudadanos. Los segundos dependian de los jueces y se encargaban de la practica de diligencias, de hacer comparecer a testigos y realizar aprehensiones. En 1525 se designa por vez primera un cuerpo de alguaciles como policia complementaria de los alcaldes mayores.
No obstante esta organizacion, en la persecucion del delito imperaba una absoluta anarquia; autoridades civiles, militares y religiosas invadian jurisdicciones, en las leyes de indias y otros ordenamientos se establecia el respeto a la policia de los indios y ciando no contraviniera el orden hispano.
En 1529 se expide el primer reglamento de policia; en 1530, se reglamenta el derecho a portar espada. En el mismo año se crean los titulos de alguaciles de indios y alguaciles de doctrinas. En 1531, en el bosque de Chapultepec, la policia curnta con facultades legal para aprehender infractores, por cedula real del 30 de marzo.El 7 de mayo de 1635 se anuncio por bando el nuevo reglamento de justicia.
En 1546 se ordena a la policia perseguir a los delincuentes de la fe. En 1713 el duque de Linares dividio la capital en 9 cuarteles. En 1720 la sala del crimen propuso que fueran solamente 6 y en 1744, una Real Cedula ordeno fueran 7, eligiendose comisarios y cuadrilleros ademas de alcaldes provinciales y jueves de La Acordada.
Ya para 1782 la ciudad de mexico se dividio en 8 cuarteles mayores y 32 menores; los alcaldes del cuartel o barrio tenian amplias facultades en materia policial; en 1738 se ezpide un reglamentobque le da caracter de honorario a esos cargos y los hace irrenunciables se les dotaba de uniforme, insognia (baston) y goce de fuero.
En 1786 surge la policia privada. Los contrataban los señorrs acaudalados quienes querian estar protegidos y escoltados en las calles o lugares publicos.
El periodo entre 1789 y 1794 es la epoca mas importanre en el desarollo de la institucion policiaca colonial. Asimismo Revilagigedo establecio cuerpos de guardia llamados vivaques para auxiliar a los serenos; patrullas de infanterua y dragones.
ETAPA INDEPENDIENTE
Con la constitucion de Cadiz surgen los jefes politicos que, como autoridad superior dentro de cada provincia, cuidaban de la tranquilidad publica, del orden, de la seguridad de las personas y de sus bienes.
En materia de policia, en 1822 se expidio el Reglamento de Jieces Auxiliares. Era de caracter vecinal. A quienes cumplian con eficiencia el cargo se les conferia la distincion de ser condenados “benemeritos del pueblo”. En ese año existia un clima de inseguridad e inestabilidad con Iturbide; por tal motico el 24 de diciembre se acordo que la regencia dispusiera para que las autoridades civiles y militares de la capital y del resto del impertio se dedicaran restablecer, conforme a los reglamentos existentes, “la buena y exacta policia y con mayor razon la seguridad publica.”
En 1824 se creo en la ciudad de Mexico un cuerpo de policia denomidado celadores publicos; un año despues se expidio uno de los bandos de policia mas completos. En 1834 se expiden las obligaciones de los vigilantes y sobrevivientes de seguridad publica con el fin de afianzar la seguridad de los habitantes.Para 1836 ya es posible encontrar una alusion expresa a nivel constitucional de la actividad policial.
Con base en este ordenamiento constitucional, se expide el Reglamento provisional para el gobierno interior de los departamentos, de 1837. Una de las disposiciones mas formales de esos años fue el Reglamento del cuerpi de Policia Municipal de vigilantes nocturnos, expedido el 7 de abril de 1838.
En la misma fecha se publico el Reglamento del Cuerpo de Policia Municipal de Vigilantes Diurnos, que se integro con 50 elementos y fue denominado como un cuerpo de rondines diurnos. Vicente Romero, señalo que unos de los principales objetos de la policia era prevenir los delitos antes de que llegasen a consumarse, prestando seguridad a todos los ciudadanos.
Se expide el Bando de policia preventiva y seguridad del Distrito Federal en 1847
En el gobierno de Jose joaquin Herrera (1848) se establecio un cuerpo considerable de policia, que acomodado al servicio que han exigido las circunstancias, guardo el ordeb y disminuyo en altro grado a los delincuentes. Nuevamente en 1855 se reestructura al ayuntamiento y queda al frente un presidente municipal, un superintendente de policia y un regidor por cada uno de los ocho cuarteles en que se dividia la ciudad.
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