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TRABAJO DE MENORES


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2014  •  3.727 Palabras (15 Páginas)  •  217 Visitas

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Trabajo de menores

Introducción

En la siguiente monografia trataremos la legislación que norma el trabajo para los menores de edad, haremos referencia a las leyes nacionales, convenios y normas internacionales, y organismos que estan encargados de la defensa del menor ante la explotacion laboral y otros abusos.

Y hablamos de explotación porque el menor esta en un plano inferior al del adulto, el cual lo obliga a realizar actividades no aptas para su edad y desarrollo (fisico, cognitivo, etc)

El trabajo de menores va en desmedro del desarrollo optimo del menor, ya que mayormente interferir en su educación, recreación y socialización.

El trabajo prematuro a la larga perjudica la economía individual, familiar y del conjunto (sociedad). Convirtiendose en un problema social, politico y economíco.

Es por ello que existe un conjunto de normas a nivel internacional y nacional, que son proteccionistas de los intereses y necesidades de los menores de edad.

Reseña historica

Desde las culturas mesopotámicas y el Antiguo Egipto, pasando por la gran industrialización europea del siglo XIX, a existido una imperante necesidad de trabajadores. Para satisfacer esta necesidad, las industrias empezaron a emplear niños. Desgraciadamente, la explotación de estos jóvenes trabajadores continuó durante años, y en la actualidad se sigue luchando contra este problema y todas sus consecuencias.

Debido a que la revolución industrial surgió en Inglaterra, y con ella el desarrollo del sistema fabril y la explotación de los niños, conviene remitirse al siglo XVIII en Inglaterra, cuando los propietarios de las fábricas de algodón recogían niños de los orfanatos o los compraban a gente pobre, haciéndoles trabajar después a cambio, tan sólo, de su mantenimiento. En algunos casos niños de cinco y seis años llegaban a trabajar entre trece y dieciseis horas al día.

Algunos reformistas, ya desde 1802 intentaron establecer restricciones legales para paliar este tipo de abusos pero sus logros fueron escasos, ya que no consiguieron siquiera reforzar las leyes existentes que limitaban el número de horas de la jornada laboral o la edad mínima para poder trabajar. Hasta que en 1878 se dictó la primer ley inglesa sobre trabajos infantiles, ella se establecía la edad mínima para trabajar a los diez años obligando a los patrones de las empresas a que los niños con edades comprendidas entre los 10 y 14 años no trabajaran más de media jornada o días alternos. Además, el sábado sólo se trabajaría media jornada. Esta ley también limitaba a 12 las horas que podían trabajar los adolescentes con edades comprendidas entre 14 y 18 años, permitiéndoles un descanso de al menos dos horas para comer.

Con la ampliación de la revolución industrial al resto de Europa y a Estados Unidos se generalizaron los abusos y la explotación de niños durante todo el siglo XIX y principios del siglo XX. Al igual que en el caso inglés, los abusos fueron provocando una mayor indignación social que se vio reflejada en la aparición de leyes que limitaban tanto la edad mínima para trabajar como el número de horas por jornada laboral.

A nivel internacional la protección al niño fue impulsada fuertemente por OIT desde su creación en 1919, y luego reforzada por otros organizamos internacionales que velan por la protección integral del niño y adolescente.

El 12 de Junio de cada año (desde el 2002) se conmemora el Dia Mundial Contra el Trabajo Infantil. Como una oportunidad para evidenciar la grave situación que viven millones de niños, niñas y adolescentes que se ven obligados a trabajar en circunstancias que afectan su salud, su desarrollo y, muchas veces, hasta su vida. Este día es una ocasión para que los gobiernos, las organizaciones de empleadores y de trabajadores, los representantes de la sociedad civil, la empresa privada y los medios de comunicación reafirmen su compromiso y tomen las medidas necesarias para su erradicación.

Se destaca el papel necesario e indispensable de la protección social, que permite el acceso a la educación, la salud y la nutrición, y desempeña un papel fundamental en la lucha contra el trabajo infantil.

En la Argentina de inicios del siglo XX,el trabajo infantil era un fenómeno habitual y hasta natural, especialmente entre los niños de los sectores trabajadores.

En el ámbito urbano, los primeros datos censales realizados en la ciudad de Buenos Aires en 1904 señalan la existencia de mano de obra infantil en todo el espectro del sector industrial y comercial. En las ciudades del interior del país, trabajaban mayoritariamente en los rubros de la construcción y de la alimentación. Asimismo, era común el trabajo de las niñas en el servicio doméstico y de los niños en la calle, como lustrabotas, vendedores ambulantes, etc.

En el medio rural, los niños solían trabajar en el sector azucarero, la explotación del tanino (sustancia que se encuentra en la corteza de los arboles y es utilizado en la medicina y para fabricar colorantes), la cosecha del tabaco, los yerbatales.

En 1907 se sanciona la Ley 5.291 sobre “Trabajo de mujeres y menores”,sobre la base del proyecto del diputado socialista Alfredo Palacios. Esta ley determinaba que los menores de 10 años no podían ser objeto de contrato, como así tampoco los mayores de esa edad que no hubieran completado su instrucción obligatoria, salvo autorización expresa del defensor de menores del distrito. Asimismo, establecía que los menores de 16 años no podrían ser ocupados en las industrias peligrosas o insalubres o en trabajos que pudiesen dañar su salud, instrucción o moralidad. En un principio, la legislación no contempló la regulación del trabajo en la vía pública, la propiedad rural y el domicilio propio o ajeno, modalidades que se incluyeron recién en 1924 con una nueva ley (Nº 11.317) que, fundamentalmente modificó la edad mínima de admisión a cualquier clase de trabajo por cuenta ajena en todo el país y prohibió la ocupación de niños menores de 12 años en el ámbito urbano y en el rural (aunque ex-ceptuó el realizado en explotaciones familiares). Además, subió a 18 años la edad de admisión al trabajo en industrias peligrosas o insalubres.

Desarrollo

Normativa en Argentina

El menor puede realizar ciertos “trabajos” o tareas apropiadas con su edad, habilidades y responsabilidades, pero es crucial definir qué es el trabajo infantil, y distinguir formas explotadoras de formas apropiadas.

En Argentina el Código Civil (Ley 17711) define a los menores

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