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Trabajo Amparo


Enviado por   •  7 de Enero de 2015  •  2.466 Palabras (10 Páginas)  •  240 Visitas

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CUESTIONARIO DE AMPARO

1.- ¿Definición de Quejoso, Tercero interesado, autoridad responsable?

• QUEJOSO –es la persona que demanda la protección de la Justicia Federal porque considera que un acto de la autoridad – federal o local – viola sus garantías individuales. El quejoso puede también interponer un amparo cuando se considera afectado en lo individual por la invasión de competencias, tanto en el supuesto de que la Federación invada las competencias de las entidades federativas, como en el caso de que éstas invadan la esfera federal.

Artículo 5 fracción I de la ley de Amparo: El quejoso, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que la norma, acto u omisión reclamados violan los derechos previstos en el artículo 1o de la presente Ley y con ello se produzca una afectación real y actual a su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico

EL TERCERO INTERESADO – es la persona que tiene interés en que el acto reclamado por el quejoso subsista; es decir, que no sea anulado en un juicio de amparo. Es quien, en términos generales, resulta beneficiado con el acto que el quejoso impugna en el juicio de amparo y tiene, por lo mismo, interés en que tal acto subsista y no sea destruido por la sentencia que en el juicio se pronuncie.

Artículo 5 fraccione III de la ley de Amparo: El tercero interesado, pudiendo tener tal carácter:

a) La persona que haya gestionado el acto reclamado o tenga interés jurídico en que subsista;

b) La contraparte del quejoso cuando el acto reclamado emane de un juicio o controversia del orden judicial, administrativo, agrario o del trabajo; o tratándose de persona extraña al procedimiento, la que tenga interés contrario al del quejoso;

c) La víctima del delito u ofendido, o quien tenga derecho a la reparación del daño o a reclamar la responsabilidad civil, cuando el acto reclamado emane de un juicio del orden penal y afecte de manera directa esa reparación o responsabilidad;

d) El indiciado o procesado cuando el acto reclamado sea el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público;

e) El Ministerio Público que haya intervenido en el procedimiento penal del cual derive el acto reclamado, siempre y cuando no tenga el carácter de autoridad responsable.

• LA AUTORIDAD RESPONSABLE – es todo órgano o funcionario al que la ley le otorga facultades de naturaleza pública, y que es señalado por el agraviado como el responsable de la afectación de sus garantías individuales.

La autoridad responsable que reciba la demanda expresará en el informe justificado si el promovente tiene el carácter con que se ostenta.

Artículo 11 ley de amparo: Cuando quien comparezca en el juicio de amparo indirecto en nombre del quejoso o del tercero interesado afirme tener reconocida su representación ante la autoridad responsable, le será admitida siempre que lo acredite con las constancias respectivas, salvo en materia penal en la que bastará la afirmación en ese sentido.

En el amparo directo podrá justificarse con la acreditación que tenga en el juicio del que emane la resolución reclamada.

Artículo 5 fracción III de la ley de Amparo: La autoridad responsable, teniendo tal carácter, con independencia de su naturaleza formal, la que dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas.

Para los efectos de esta Ley, los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos en los términos de esta fracción, y cuyas funciones estén determinadas por una norma general

2.- ¿Cuál es la función del Agente del Ministerio Público en el procedimiento de Amparo?

EL MINISTERIO PÚBLICO - representa en el juicio de amparo los intereses de la sociedad: vigila que el juicio se desarrolle correctamente y que durante el procedimiento no se afecte el interés público.

Artículo 5 de la ley de Amparo fracción IV: El Ministerio Público Federal en todos los juicios, donde podrá interponer los recursos que señala esta Ley, y los existentes en amparos penales cuando se reclamen resoluciones de tribunales locales, independientemente de las obligaciones que la misma ley le precisa para procurar la pronta y expedita administración de justicia

3.- ¿Mencione 10 ejemplos de Acto de Autoridad?

EL ACTO DE AUTORIDAD – es unilateral porque para su existencia y eficacia no requiere del concurso o colaboración del particular frene al cual se ejercita.

Se refiere a la conducta positiva que realiza una autoridad pública y que vulnere derechos humanos y/o garantías constitucionales

EJEMPLOS: Que hace la autoridad que viola tus bienes (ejecuta orden de aprensión) autoridad (priva de la libertad).

Multa, expropiación, revocación, despojo, recisión, sanción,

4.- ¿Mencione los tipos de Amparo que existen en México?

AMPARO DIRECTO: el juicio de amparo se promueve contra actos de autoridad que pongan fin a un juicio y sobre los cuales ya no exista recurso alguno por agotar. ANTE EL TRIBUNAL COLEGIADO de circuito.

Artículo 34 de la ley Amparo. Los tribunales colegiados de circuito son competentes para conocer del juicio de amparo directo.

La competencia de los tribunales se fija de acuerdo con la residencia de la autoridad que haya dictado el acto reclamado y, en su caso, atendiendo a la especialización por materia.

AMPARO INDIRECTO: El juicio de amparo que se promueve contra aquellos de autoridad que no pongan fin a un juicio, y son violaciones de garantías individuales. ANTE EL JUZGADO DE DISTRITO o ante el superior del tribunal que haya cometido la violación.

Artículo 35 de la ley de Amparo: Los juzgados de distrito y los tribunales unitarios de circuito son competentes para conocer del juicio de amparo indirecto.

También lo serán las autoridades del orden común cuando actúen en auxilio de los órganos

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