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Trabajo De Amparo

silyamor3 de Julio de 2014

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CONCLUSIÓN…………………………………………………………….……………..….27BIBLIOGRAFÍA………………….……………………………….………………………... 28

AUTOEVALUACIONES……………………………………………….…………..……....29

INTRODUCCIÓN

Desde los orígenes de la historia, la familia ha sido la base de la organización social porque, siendo el resultado de la perpetuación de la especie es natural de los sentimientos afectivos de quienes descienden de progenitores comunes los mantengan unidos en todos los órdenes de la vida. El egoísmo del hombre no se detiene en su persona sino abraza a sus seres queridos. Ya que de tal modo funciona este fenómeno que llega a producir efectos en el campo de lo moral, de la realidad y del derecho. Y un anhelo común del género humano es encontrar el sentido de la propia existencia, pues a medida de que el hombre toma conciencia de sus criterios, reglas, derechos y obligaciones, así como de su condición social y dimensión transcendente, comprende que su vida no se reduce a la ejecución de los actos cotidianos, si no que a través de ellos va constituyéndose como ser humano. Como estudiante de la carrera de Derecho, es importante hacer un análisis de comparación sobre lo que refiere al tema de Amparo, tanto sus características principales como generales, de donde proviene la Familia, es decir, desde sus orígenes quien o quienes intervienen dentro de este, cuales son los procedimientos o pasos que se deben de llevar a cabo dentro de una sociedad, etc.

Es de suma importancia estudiar y conocer el derecho en general, en este caso se analizará temas relacionados con la materia de amparo y se menciona que:

El derecho de amparo es muy complejo que en la actualidad se debe a la acumulación de varias instituciones procesales que no estaban previstas cuando fue creado. Esta institución sirve para impugnar todos los actos, resoluciones y preceptos de nuestro ordenamiento jurídico.

Debemos también tomar en consideración que existen dos versiones del juicio de amparo.

La primera es de carácter histórico, la institución en su concepción original de instrumento para la tutela de los derechos fundamentales, así como la solución de otros conflictos de carácter constitucional, cuando se afectan también los derechos humanos de los gobernados. Un sector de la doctrina conserva todavía este enfoque de carácter histórico; también en la terminología de la legislación de amparo y de la jurisprudencia se mantiene la fricción de que el juicio de amparo mexicano está orientado sólo como un proceso de carácter constitucional.

La regulación contemporánea del derecho de amparo, como una institución compleja, bajo la misma denominación abarca diversos instrumentos procesales, cada uno de ellos con características propias, el recurso de casación; la impugnación de las leyes inconstitucionales; el contencioso administrativo y el proceso social agrario, sectores que deben examinarse de acuerdo con los lineamientos de teoría general del proceso o del derecho de procesal. Es la noción histórica, original, del derecho de amparo mexicano, como instrumento procesal especifico para la protección de los derechos constitucionales de la persona humana, primeramente los de carácter individual y, con posterioridad, también los de dimensión social, la que ha tenido una amplia difusión internacional, tanto en los ordenamientos internos de varios países latinoamericanos, como en medios internacionales sobre derechos humanos.

“El debido procedimiento comprende, entre otros aspectos, el de impugnar las decisiones de la administración, bien mediante los mecanismos que provee el propio procedimiento administrativo o, llegado el caso a través de la vía judicial, bien mediante el contencioso-administrativo o el propio proceso de amparo”.

PROLOGO

El presente trabajo es un esfuerzo para explicar algunos subtemas que interviene en la materia de Amparo en función de un lenguaje intangible al alumno de Universidad. A pesar de que los conceptos de esta materia son usuales, merecen una afinación y una explicación detallada: sobre todo, si se tiene en cuenta que se trata de una exposición dirigida expresamente al que apenas se inicia en el Derecho.

Considero una gran responsabilidad, para mí como alumna intentar el trabajo de esta materia en forma tal, ya que yo pueda captar y asimilar el valor de los procedimientos y las teorías de esta materia, tan abstractas y tan interesantes.

No hay por qué confundir lo obscuro con lo profundo, ni lo claro con lo superficial. Cualquier investigación puede volverse obscura cuando se profiere con excesiva densidad y con lenguaje esotérico. Y también es cierto que cualquier investigación puede volverse clara si se analiza y desarrolla el denso contenido que suele guardar en su expresión tradicional, tan concisa y bien labrada.

El texto presente sigue las líneas del programa de la materia Amparo para el tercer semestre de Universidad del Instituto Universitario Latinoamericano (IULA), pero además trata varios temas que ahí quizá son de mucha más importancia y que, a mi parecer, constituyen un complemento útil en el bagaje de conocimiento para los alumnos (as).

Algunas modalidades propias del presente trabajo son las siguientes:

 Expresamente he querido añadir en letra menor ciertas explicaciones más densas y difíciles, que podrían servir como trabajo de estudio.

 Cada tema y subtema tiene su explicación o desarrollo, dependiendo de lo que este diga.

 Al final del trabajo añadí una bibliografía que nos puede ayudar para consultas.

OBJETIVOS

GENERAL:

 Realizar un adecuado trabajo sobre la materia de Amparo.

ESPECÍFICOS:

 Desarrollar una adecuada información sobre el Tema y Subtemas que se presentan.

 Elaborar un entendible trabajo.

 Aplicar el conocimiento, obtenido en la parte teórica, a un caso en concreto y en específico.

1.- PRINCIPIOS DEL JUICIO DE AMPARO

Para entender los principios constitucionales del juicio de amparo, es necesario mencionar que nuestra Carta Magna, está sustentada por el principio de supremacía constitucional que se define como “el carácter o atributo de la Constitución de servir.

De ahí, que las bases esenciales que regulan la estructura y sustanciación del amparo se encuentren fundamentadas en el artículo 107 Constitucional y en su Ley Reglamentaria, de donde derivan los principios constitucionales o fundamentales del juicio de amparo. La mayoría de los autores coinciden en que los más importantes son:

 Principio de instancia de parte;

 Principio de prosecución judicial;

 Principio de agravio personal o directo;

 Principio de definitividad;

 Principio de estricto derecho; y

 Principio de relatividad.

Estos principios o postulados básicos del juicio o acción de amparo se encuentran contenidos en el artículo 107 de la Constitución vigente, que propiamente es el precepto constitucional reglamentario del artículo 103, que consigna los casos generales de procedencia.

La consagración de los principios generales y fundamentales del juicio de amparo en las disposiciones constitucionales involucradas en el artículo 107 es una novedad introducida en nuestro régimen jurídico por la Constitución de 17, lo cual implica una enorme ventaja y una gran conveniencia, toda vez que quedan por ese hecho fuera de la actividad legislativa del poder ordinario respectivo, para mayor seguridad de nuestra institución controladora.

PRINCIPIO DE LA INICIATIVA O INSTANCIA DE PARTE.

En la fracción I del artículo 107 constitucional, en relación con el artículo 4° de la Ley de Amparo, descubrimos un principio básico de nuestro juicio de garantías que es él de la iniciativa o instancia de la parte afectada.

“El juicio de amparo… I. Se seguirá a instancia agraviada”

Este principio fundamental es no sólo una de las piedras angulares sobre las que descansa nuestra institución de control, sino una de las ventajas y conveniencias del sistema. En efecto, al tratar delimitar la diferencia específica del juicio de amparo, expusimos que una de las peculiaridades del régimen de control por órgano jurisdiccional consistía precisamente en la circunstancia de que éste nunca procede oficiosamente, es decir, sin que haya un interesado legítimo en provocar su actividad tuteladora, sino que siempre se requería la instancia de parte.

Jurisprudencia de la Suprema Corte… “El juicio de amparo, se iniciara para siempre a petición de la parte agraviada, y no puede reconocerse tal carácter a aquel a quien en nada perjudique el acto que se reclama.”

El juicio no se tramitará de oficio por ninguna autoridad judicial, sólo por petición del propio afectado, su apoderado o representante legal (o por cualquier otra persona pero sólo en los casos en que el afectado esté privado de su libertad personal).

PRINCIPIO DE LA EXISTENCIA DEL AGRAVIO PERSONAL Y DIRECTO.

Implicación de “agravio”.

El juicio de amparo, de acuerdo con el principio anterior, se promueve a instancia de la parte agraviada. Evidentemente éste implica la causación de un daño es decir, menoscabo patrimonial o no patrimonial o de un perjuicio , considerado como la privación

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