ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Ley De La Carrera Pnp

politoperu20 de Julio de 2014

9.912 Palabras (40 Páginas)591 Visitas

Página 1 de 40

Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú

DECRETO LEGISLATIVO Nº 1149

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República, mediante Ley 29915,

ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar

en materia de fortalecimiento institucional de la Policía

Nacional del Perú y de la carrera policial, entre otras

conforme a lo señalado en el numeral 1 del artículo 2 de

la citada norma;

La Policía Nacional del Perú requiere de un sistema

normativo que asegure el proyecto de vida profesional de

sus integrantes;

Es necesario establecer en un único marco normativo

la carrera y la situación del personal de la Policía Nacional

Perú, para garantizar su ingreso, permanencia, progresión

y término, con sistemas de evaluación imparcial,

transparente, objetivo y capacitación continua, así como,

regular su situación policial en función a su clasifi cación,

categoría, jerarquía, grado empleo y cargo; con el fi n de

revalorar la función policial para la prestación de servicios

policiales de calidad;

De conformidad con lo establecido en el artículo 104º

de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la

República;

Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

LEY DE LA CARRERA

Y SITUACIÓN DEL PERSONAL

DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ

TÍTULO PRELIMINAR

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- Objeto

El presente Decreto Legislativo norma la carrera y

situación del personal de la Policía Nacional del Perú,

con el propósito de garantizar el desarrollo personal,

profesional y técnico de sus integrantes, para el

cumplimiento de los objetivos institucionales al servicio

de la sociedad.

Artículo 2º.- Ámbito de aplicación

Las disposiciones del presente Decreto Legislativo

alcanzan a todos los Ofi ciales y Subofi ciales de Armas y

de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación

de actividad, disponibilidad y retiro.

Los cadetes y alumnos de las escuelas de

formación, se rigen por la Ley del Régimen Educativo

de la Policía Nacional del Perú y las demás que le

sean aplicables.

Artículo 3º.- Defi niciones

Para efectos de la presente norma, se establecen las

siguientes defi niciones:

1) Antigüedad: Prelación existente entre el personal,

en atención a su categoría, jerarquía, grado y

tiempo de servicios.

2) Ascenso: Promoción del personal en situación

de actividad, al grado inmediato superior, que

tiene por fi nalidad garantizar la línea de carrera

policial, como resultado objetivo del proceso de

evaluación de los méritos y deméritos registrados

durante la carrera.

3) Asignación: Ubicación del personal en situación

de actividad en un cargo específi co, acorde a

las especialidades funcionales, al Cuadro de

Organización y al Cuadro de Personal y que se

ejecuta anualmente conforme a los cambios

generales de colocación.

NORMAS LEGALES El Peruano

480538 Lima, martes 11 de diciembre de 2012

4) Categoría: Nivel que corresponde al personal,

teniendo en cuenta su formación y procedencia.

5) Cese temporal del empleo: Condición derivada

de medida preventiva prevista en la Ley del

Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del

Perú.

6) Cuadro de méritos de ascensos: Documento

en el cual se inscribe a los candidatos en orden

decreciente en función al puntaje alcanzado en su

respectivo grado, siempre que hayan aprobado

los exámenes y no hayan sido excluidos por

razones disciplinarias.

7) Cuadro de Organización: Documento que

contiene el listado de los cargos que existen en la

Policía Nacional del Perú.

8) Despacho: Documento que acredita el grado del

personal.

9) Destaque: Asignación a un cargo con carácter

temporal por necesidad del servicio o a solicitud

del interesado, por un período no mayor a noventa

(90) días calendarios.

10) Especialidad funcional: Función policial

que comprende un conjunto de actividades

interrelacionadas para el cumplimiento de su

fi nalidad fundamental.

11) Evaluación del desempeño: Proceso de

evaluación anual de los factores personal,

rendimiento profesional o técnico; así como de los

estudios a tiempo completo del personal, cuando

corresponda.

12) Grado: Nivel jerárquico que se concede al

personal de acuerdo a la presente norma.

13) Hoja Anual de Rendimiento Profesional o

Técnico: Documento de califi cación individual del

personal, que detalla su nota anual de rendimiento

profesional o técnico.

14) Insufi ciencia disciplinaria: Falta de capacidad

del personal para adecuarse a los niveles mínimos

de disciplina y responsabilidad que se requieren

para ejercer la función policial.

15) Insufi ciencia Profesional: Falta de capacidad

profesional o técnica del personal para ejercer la

función policial.

16) Jerarquías: Son los niveles alcanzados por el

personal en su respectiva categoría, abarca uno

(1) o más grados.

17) Lista Anual de Rendimiento Profesional o

Técnico: Relación del personal clasifi cado según

la nota de rendimiento profesional o técnico.

18) Medida preventiva: Disposición administrativa de

carácter transitorio, que se impone por la presunta

comisión de infracciones muy graves en los casos

previstos en la Ley de Régimen Disciplinario de

la Policía Nacional del Perú, a efectos de evitar

que se siga cometiendo infracciones similares

o se afecte al procedimiento administrativo

disciplinario. No constituye sanción.

19) Misión de Estudios: Condición del personal

policial, autorizado por el Director General de la

Policía Nacional del Perú, que participa en un

evento académico fuera de la institución en el

país o el extranjero.

20) Nota Anual de Rendimiento Profesional o

Técnico: Puntaje de la evaluación del desempeño

profesional o técnico.

21) Ofi cial de Armas: Profesional egresado de la

Escuela de Ofi ciales de la Policía Nacional del

Perú.

22) Ofi cial de Servicios: Profesional egresado de una

Universidad, con título registrado en la Asamblea

Nacional de Rectores e inscrito en el Colegio

Profesional respectivo, cuando corresponda,

que se incorpora a la Policía Nacional del Perú

mediante concurso público, de acuerdo a las

necesidades institucionales.

23) Personal: Para efectos de la presente norma,

la palabra personal se refi ere a Ofi ciales y

Subofi ciales de Armas y Servicios de la Policía

Nacional del Perú.

24) Precedencia: Constituye la preeminencia entre

el personal para el cumplimiento de actividades

de mando, empleo, ceremonial y protocolo, en

consideración a la categoría, jerarquía, grado y

antigüedad.

25) Reasignación: Ubicación del personal en

situación de actividad, en un cargo específi co,

acorde a las especialidades funcionales, al

Cuadro de Organización y al Cuadro de Personal.

Se ejecuta en cualquier momento, de acuerdo a

las necesidades del servicio.

26) Renovación de cuadros: Causal de pase

a la situación de retiro. Tiene la fi nalidad de

mantener los cuadros de personal en función a

las necesidades institucionales.

27) Separación temporal del cargo: Medida

preventiva establecida en la Ley del Régimen

Disciplinario de la Policía Nacional del Perú.

28) Servicio policial: Conjunto de actividades que

ejecuta el personal en situación de actividad,

para el cumplimiento de su fi nalidad y misión

institucional.

29) Subofi cial de Armas: Personal egresado de las

Escuelas Técnico Superiores de Subofi ciales de

la Policía Nacional del Perú.

30) Subofi cial de Servicios: Personal acreditado

como Técnico, egresado de los institutos

superiores o centros académicos con valor

ofi cial, debidamente registrado ante la entidad

correspondiente, que se incorpora a la Policía

Nacional del Perú mediante concurso público, de

acuerdo a las necesidades institucionales.

31) Tiempo de servicios reales y efectivos: Período

de tiempo en que el personal presta servicios

reales y efectivos desde el egreso de la escuela

de formación en su respectiva categoría o desde

la fecha de incorporación al servicio policial para

el personal de servicios.

Artículo 4º.- De los principios rectores

Son principios de la carrera y situación del personal de

la Policía Nacional del Perú los siguientes:

1) Principio de igualdad.- Ninguna disposición

del presente Decreto Legislativo

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (75 Kb)
Leer 39 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com