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ANALISIS DEL LIBRO DE LOS DELITOS Y LAS PENAS DE CESAR BECCARIA.


Enviado por   •  20 de Agosto de 2016  •  Ensayos  •  2.979 Palabras (12 Páginas)  •  2.103 Visitas

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REPÚBLICA BOLI VARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUANÚCLEO SAN CRISTÓBAL ESTADO. TÁCHIRA

CÁTEDRA: DERECHO PENAL CONTEMPORANEO

ANALISIS DEL LIBRO DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS DE CESAR BECCARIA

Autor:

Abg. LUIS A ERAZO CAMILO CI N° V- 21.377.291

Asesor:

Dr. ALEXSANDRO PIAZZA

Este tratado del filósofo y jurista milanés Cesare Beccaria fue escrito entre marzo de 1763 y enero de 1764 y se imprimió en Liorna en el verano de 1764. Beccaria se propuso en esta obra revelar las carencias de la legislación judicial de su tiempo, exponiendo sus puntos de vista al respecto y arguyendo en pro de la corrección de los defectos. Es una obra que produjo efectos en los estados europeos debido a su abolición del tormento. Becaria es un bienhechor de la humanidad, por lo tanto es un libro humano y con un sentimiento de justicia y no como manual para la legislación. Es una obra que tiene ya varias traducciones y al parecer no pierde su sentido en cuanto al pensar de Beccaria. Y en esta no se ataca ninguna forma de legislar ni mucho menos se pide un cambio inmediato a la misma, pero si retoma la injusticia que vive el pueblo debido a los actos de su soberano.

Cesare Beccaria (Milán, 15 de marzo de 1738 - 28 de noviembre de 1794), también conocido como Cesare Bonesana Marchese di Becaría, fue un literato, filósofo, jurista y economista italiano. Uno de los más importantes difusores de la obra de Beccaria fue Voltaire.

Origen de las penas, afirma que los hombres, cansados de vivir en un continuo estado de guerra, crearon las leyes, buscando mejorar la convivencia, sacrificando por eso una parte de ella para gozar la restante en segura tranquilidad. Pero para que la convivencia mejorara era necesario que todos cumplieran las leyes establecidas y bastaba formar un estado soberano en su administración y legitimo depósito, por ese motivo se establecieron penas contra los infractores de las leyes, para evitar usurpaciones de los bienes. Tomando los motivos sensibles, los cuales se basan en teorías de que inmediatamente hieran en los sentidos.

Derecho de castigar, explica que la pena sólo debe existir si se deriva de la absoluta necesidad. Mientras sea más sagrada e inviolable la seguridad, y mayor la libertad, asimismo si el soberano conserva a sus súbditos, más justas serán las penas. La pena es el derecho a castigar al que no cumpliere con las leyes, de la misma manera la multiplicación del género humano reunió a los primeros salvajes, estas uniones produjeron la formación de otras para resistirlas, creando guerras. La necesidad obligó a los hombres a ceder parte de su libertad propia; y cada uno trata que esa parte sea lo más pequeña posible, pero la suma de esas pequeñas partes de libertad forman el Derecho de castigar, sin embargo el agregado de todas estas pequeñas porciones de libertad posibles forma el contrato social. Todo lo demás es abuso, y no justicia. Es claro que la palabra Derecho no es contradictoria de la palabra fuerza. La primera consecuencia es, que las penas de los delitos sólo pueden ser decretadas por las leyes; y esta autoridad debe residir únicamente en el legislador. Ningún magistrado puede decretar a su voluntad penas contra otro habitante de la Nación; como tampoco puede modificarla si la considera injusta o extenderla mas allá del límite pactado, ni castigar por bien público y celo También de aumentar la pena establecida.

La segunda consecuencia establece que el soberano puede formar leyes generales que sean obligatorias para todos los habitantes; pero cuando alguna persona no cumpla con alguna de esas leyes, el soberano no puede juzgarlo, le correspondería ese deber a un magistrado cuyas sentencias sean inapelables. Todo magistrado debe manejar el sentido a la justicia y no tomando en cuanto si es el del trono o el de la casa más humilde. Ante la ley no debe de existir diferencia alguna debido a que esta pactado un contrato social entre humanos.

La tercera consecuencia es que si se probase la atrocidad de las penas, sería contraria a la justicia. Por qué el estado prefiere tener un hombre feliz, que tener esclavos salvajes con los cuales ya no se logra un bien en la sociedad rompiendo una cláusula del contrato que sería una igualdad en la vida. Siendo que se quiere dejar la guerra para una mejor vida. Beccaria es uno de los representantes de la Ilustración, se considera un precursor de los utilitaristas, concilia el humanismo y utilitarismo imponiendo principios sistemáticos de filosofía penal. Es utilitarista porque dice que la pena debe servir a la readaptación del delincuente.

Para la época las penas se caracterizaban por su enorme crueldad, torturas, mutilaciones y pena de muerte, agravada por graves suplicios crueles, la prueba más utilizada era la confesión, la cual generalmente se obtenía mediante la tortura; Existía gran incongruencia entre el delito y la pena que le correspondía, se permitía la aplicación analógica de la ley penal, el procesado carecía de una debida defensa en juicio, las cárceles carecían de higiene.

La obra de Cesar Beccaria, de los delitos y de las Penas que fue prohibida por la Inquisición tuvo que circular clandestinamente por varios años antes de su publicación. Yo considero que el autor aboga para que el Derecho Penal tenga como fundamento una justicia humanamente defensiva del hombre con miras a una rehabilitación del individuo que cometió un hecho punible.

Asimismo la obra va en contra de la crueldad del derecho penal, La tortura, la arbitrariedad judicial, la desigualdad de las personas ante la ley penal y la pena de muerte. El jus puniendi se origina en la cesión de una parte de la libertad del individuo para gozar del

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