Contratos Civiles
vtorrnegra24 de Noviembre de 2013
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1. CONTRATO DE CESION DE USO
CONCEPTO:
Es un contrato privado donde se cede el uso del inmueble al usuario por un tiempo indefinido. El usuario a cambio se compromete a pagar un precio cierto y determinado. La cesión de uso se ha utilizado en el mundo rural y también en la ciudad para ceder el uso de equipamientos y locales, etc... Hace ya muchos años y en muchos países que se utiliza para el acceso a la vivienda en cooperativas de cesión de uso.
CARACTERISTICAS:
- Permite un uso indefinido en el tiempo.
- Permite hipotecar el bien para facilitar la adquisición de otros bienes.
- consensual: se perfecciona por el simple acuerdo de voluntades.
- Formal: ya que requiere la forma “escrita” bajo pena de nulidad, incluso a veces es necesario la escritura pública, la excepción está dada en la “cesión de títulos al portador”, donde la forma escrita se sustituye “por la entrega del título”.
CLASIFICACION:
- Oneroso (cesión venta o permuta) o Gratuito (cesión donación): En el primer caso será bilateral y conmutativo porque las prestaciones son recíprocas y se presumen equivalentes (cesión venta o permuta), y en el segundo caso, es unilateralmente atribuido (cesión donación).
- Si el derecho de crédito fuese cedido por un precio en dinero, o rematado, o dado en pago, o adjudicado en virtud de ejecución de una sentencia, la cesión será juzgada por las disposiciones sobre el contrato de compra y venta. Por el contrario, si el crédito fuese cedido por otra cosa con valor en sí, o por otro derecho de crédito, la cesión será juzgada por las disposiciones sobre el contrato de permutación. Por último, si el crédito fuese cedido gratuitamente, la cesión será juzgada por las disposiciones del contrato de donación.
EFECTOS:
Para que la cesión quede concluida correctamente y, de acuerdo a la legislación que entiende el tema, es necesario la previa notificación o aceptación del deudor cedido para que dicha cesión comience a tener efectos y sea oponible a terceros, ya sea el deudor cedido, otros cesionarios, acreedores del cedente, etc.
La notificación se puede hacer en cualquier forma (instrumento público, privado, y aun verbalmente) ya que la ley nada dice al respecto, aunque para su oposición frente a terceros es necesaria que se haga por instrumento público. Cualquiera de las partes puede hacer la notificación si bien lo frecuente es que la haga un escribano; pero inclusive estaría facultado para hacerla el acreedor del cesionario en ejercicio de la acción subrogatoria. Dicha notificación debe ser dirigida al deudor (o al representante legal si el deudor fuera incapaz), y si son varios los deudores cedidos, a todos ellos, inclusive si existiera solidaridad entre los mismos.
EJEMPLO:
MODELO DE CONTRATO DE CESION DEL DERECHO
DE USO DE PROGRAMA INFORMATICO
En .............., a ....... de ....
REUNIDOS
DE UNA PARTE: D. ................................................, mayor de edad, con D.N.I. ............................., y con N.R.P. ...................................................., Profesor de. ............................................................, perteneciente al Departamento de ................................ de la Universidad de Córdoba, actuando en representación de ésta en virtud de la autorización concedida para firmar este contrato con fecha ............... conforme a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en los artículos 142 a 144 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba
Y DE OTRA PARTE: La Empresa .....................................
.........................., con C.I.F. ........................., calle ......................., núm. ...., inscrita en el Registro Mercantil de ...................................., y en su nombre y representación D. ............................................, mayor de edad, con D.N.I. ....................................... actuando en calidad de ..........................................
Se reconocen ambas partes con capacidad legal suficiente y poder bastante para este acto y
EXPONEN
1.- Que la UNIVERSIDAD DE CORDOBA es propietaria del programa informático................................................... utilizable para ................................................. desarrollado por el profesor D. ................................. del Departamento ................................................
2.- Que la UNIVERSIDAD DE CORDOBA ha convenido con la EMPRESA ................................................... la Cesión del Derecho de uso, para la utilización de la versión ejecutable del programa.
Por lo que ambas partes, de mutuo acuerdo, formalizan el presente contrato con arreglo a las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
La UNIVERSIDAD DE CORDOBA cede a la EMPRESA ..................... ...................................................... el derecho de uso del programa descrito en el ANEXO que acompaña este contrato, dicha cesión se entiende en el sentido del art. 99 de la Ley de Propiedad Intelectual.
La EMPRESA ...................................................... reconoce y acepta que el programa se suministra tal y como se describe en el ANEXO, y que el presente contrato no le concede ningún derecho sobre otras versiones de ......................... ni sobre mejoras o modificaciones del mismo.
SEGUNDA.- CONOCIMIENTOS ADICIONALES Y ASISTENCIA TECNICA.
No se incluyen en el presente contrato los conocimientos adicionales al contenido del programa. De estar la EMPRESA .................................................. interesada en ellos, serán objeto de un contrato de asesoría en el que se regularán dichas condiciones.
TERCERA.- IMPORTE, CONDICIONES Y FORMA DE PAGO.
La EMPRESA ...................................................... abonará a la UNIVERSIDAD DE CORDOBA, la cantidad de: ........................................................ Euros, por la compra del programa ......................................
Esta cantidad deberá incrementarse con el correspondiente I.V.A.
La cantidad anteriormente expresada, se hará efectiva en la cuenta corriente número 2100 7435 84 2200032797 “Contratos y convenios OTRI”, de LA CAIXA.
CUARTA.- DURACION DEL CONTRATO.
Este contrato entrará en vigor el día de su firma y expirará al mismo tiempo que los derechos de la UNIVERSIDAD DE CORDOBA sobre el programa.
QUINTA.- SOPORTE FISICO Y SISTEMA OPERATIVO.
Al tiempo de firmar el contrato y contra el pago de la cantidad estipulada, el usuario recibe una copia en soporte magnético de los ficheros del programa ....................................... (disquetes de ................................), ejecutables bajo el sistema operativo ............................................
SEXTA.- CONDICIONES DE UTILIZACION.
La condiciones de utilización del programa por parte de la EMPRESA ............................................... serán las
siguientes:
1.- El usuario puede utilizar el programa en una sola máquina, y puede copiarlo en un dispositivo susceptible de ser leído por una máquina, solamente con el objeto de utilizarlo como copia de reserva o seguridad.
2.- El usuario no puede transferir el programa y su licencia a ningún otro individuo o entidad, sin consentimiento previo, y por escrito, de los autores.
SEPTIMA.- RESCISION DEL CONTRATO.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente contrato, por una de las partes, facultará a la otra para rescindir el mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos correspondientes sobre el objeto de la investigación.
OCTAVA.- GARANTIA.
Los autores garantizan el buen estado de los soportes magnéticos, así como la correcta grabación del contenido, por un plazo de sesenta días. Si apreciase cualquier defecto, dentro de dicho plazo, los autores se comprometen a sustituir los disquetes defectuosos por otros en perfecto estado. En los casos de manifiesto mal trato, o uso inadecuado de los disquetes, esta garantía queda sin defecto.
NOVENA.- RESPONSABILIDAD DE LA SELECCION POR PARTE DEL USUARIO.
El usuario es el responsable de la selección del programa que le permita obtener los resultados deseados, así como de su instalación, utilización y eficacia. En este sentido:
1.- La UNIVERSIDAD DE CORDOBA no garantiza que el programa satisfaga las necesidades del usuario.
2.- La UNIVERSIDAD DE CORDOBA no ofrece ninguna garantía, ni acepta ninguna responsabilidad sobre la calidad y rendimiento del programa.
3.- La UNIVERSIDAD DE CORDOBA no garantiza que la operación del programa vaya a ser ininterrumpida o libre de errores.
DECIMA.- RESPONSABILIDAD.
En ningún caso serán los autores del programa responsables, ante el usuario, por cualquier daño, incluida cualquier perdida de beneficios, perdida de ahorro o cualquier tipo de perjuicio surgido como consecuencia de la utilización, o de la imposibilidad de utilizar, el programa, siendo el uso del programa a riesgo y ventura del usuario.
UNDECIMA.- JURISDICCION.
El presente contrato tiene naturaleza privada. En caso de litigio sobre su interpretación y aplicación, los tribunales de Córdoba serán los únicos competentes, renunciando ambas partes a cualquiera otros fueros que pudieran corresponderle.
Habiendo leído el presente por si mismos y hallándose conformes, lo firman por triplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba citados.
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