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DERECHO NOTARIAL COMO GARANTIA INSTITUCIONAL


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2014  •  2.619 Palabras (11 Páginas)  •  756 Visitas

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EL NOTARIADO DEL DISTRITO FEDERAL, GARANTÍA INSTITUCIONAL DE CERTEZA Y SEGURIDAD JURÍDICA EN LAS RELACIONES SOCIALES.

Hablando primeramente de una Institución como un procedimiento con una finalidad común que los individuos han aprendido y que repiten en el momento en que se encuentran ante situaciones similares, son complejos de interactividades.

La Institución jurídica se regula a través de la norma jurídica, y ésta permite ordenar y coordinar las funciones pon medio de preceptos accesible y entendibles para la población, ya que se encarga de organizar las relaciones sociales entre los individuos. Una Institución es una unidad elemental de la vida en común.

La doctrina mexicana no es tan abundante en lo relativo al fin institucional del notariado: la certeza en el Derecho y seguridad jurídica.

Si bien es cierto que para que una sociedad se rija en un Estado de Derecho, sus normas jurídicas deben reunir ciertas características que deriven de la certeza. La certeza corresponde al mundo individual, es una sensación de convicción d contar con la verdad de un conocimiento, brinda al individuo una herramienta para encaminar sus actos de conformidad con lo históricamente aceptado. Hay que precisar que la certeza del derecho es de naturaleza legal y no necesariamente absoluta.

Se puede definir a la certeza del derecho como un estado subjetivo del gobernado , que conoce bien sus posibilidades de actuar, sus limitaciones en la conducta y las consecuencias que el derecho establece , tanto en el caso de actuar dentro de ése ámbito, como el de traspasarlo. Consiste en la convicción subjetiva sobre la verdad de un conocimiento, se traduce como conocimiento de la norma jurídica cuyo contenido es eminentemente sociológico libre de toda valoración, posibilita las relaciones jurídicas en virtud de que facilita la previsibilidad de los acontecimientos.

La certeza en el Derecho posibilita y delimita la acción. El tipo de datos generales que la norma jurídica le proporciona al individuo pueden sacar conclusiones para saber en qué forma determina o influye en el comportamiento social y son la responsabilidad, imputabilidad, sanción, calificación, impacto social de la acción, respectivamente.

En la doctrina existe confusión al momento de diferenciar entre la certeza del Derecho y la seguridad jurídica. La certeza del Derecho consiste, en el estado subjetivo sustentado en el conocimiento que tiene el individuo de la norma jurídica, mientras que la seguridad en sentido más general es la garantía dada al individuo de que su persona, bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos, y si esto pasa, le serán asegurados por la sociedad, protección y reparación.

La seguridad jurídica es una noción de tipo circunstancial que no depende exclusivamente, de la norma de Derecho ni siquiera de su conocimiento, sino que de factores externos como los de naturaleza política y de tipo social en general, básicamente consiste en la correcta aplicación del Derecho por los Órganos del Estado, es un problema de hecho y no de derecho.

Se pueden enumerar las siguientes diferencias entre certeza del Derecho y la seguridad jurídica:

La certeza es posible desde que existe la norma, la seguridad jurídica se presenta al ser transgredido el precepto.

La certeza es para todos en virtud del principio de generalidad de la norma, la seguridad jurídica es contingente. La certeza es para todo el Universo Jurídico, independientemente de las normas, mientras que la seguridad jurídica es dudosa tanto en el Derecho Internacional como en el derecho Canónico.

El Notario coadyuva en la certeza del Derecho, puesto que es una instancia con que cuentan los particulares y el Estado, para conocer la norma jurídica mediante un criterio razonado, crítico y especializado.

El papel que juega el notario en la seguridad jurídica es de suma importancia gracias a su cualidad de fedatario público.

La fe pública es un instrumento de la certeza del Derecho y de la seguridad jurídica, en México, está fundamentada en el artículo 121 de la Carta Magna, nace de la necesidad de certidumbre que implica el universo de relaciones que se dan en la sociedad

Jurídicamente la fe pública supone la existencia de una verdad oficial. Es una creación de la técnica jurídica que coadyuva en la obtención de la certeza en el Derecho, toda vez que atribuye a determinados hechos o actos la calidad de verdaderos.

El Notario y su actividad son la diferencia específica que configuran la fe notarial y es definida como la garantía que da en Notario al Estado y al particular al determinar que ese acto se otorgó conforme a derecho y que lo relacionado en él es cierto , proporcionando así seguridad jurídica.

La fe pública notarial es imperativa, coercitiva no es unilateral

El Notario, quien es un profesional el Derecho e independientemente de la estructura estatal, proporciona a través de su actividad documentadora certeza en los hechos y relaciones sociales jurídicamente relevantes, en beneficio del individuo, la sociedad y el Estado .

Por todo lo anterior, se concluye que la Institución del notariado brinda certeza en el Derecho y seguridad jurídica en las relaciones sociales a través de la fe pública que le otorga el Estado, por lo que la población en nuestro país tiene derecho a un servicio público notarial por peritos en Derecho calificados, estableciendo sanciones para ellos, como lo establece la Ley del Notariado para el Distrito Federal en vigor.

EL NOTARIADO DEL DISTRITO FEDERAL, GARANTÍA INSTITUCIONAL DE CERTEZA Y SEGURIDAD JURÍDICA EN LAS RELACIONES SOCIALES.

Hablando primeramente de una Institución como un procedimiento con una finalidad común que los individuos han aprendido y que repiten en el momento en que se encuentran ante situaciones similares, son complejos de interactividades.

La Institución jurídica se regula a través de la norma jurídica, y ésta permite ordenar y coordinar las funciones pon medio de preceptos accesible y entendibles para la población, ya que se encarga de organizar las relaciones sociales entre los individuos. Una Institución es una unidad elemental de la vida en común.

La doctrina mexicana no es tan abundante en lo relativo al fin institucional del notariado: la certeza en el Derecho y seguridad jurídica.

Si bien es cierto que para que una sociedad se rija en un Estado de Derecho, sus normas jurídicas deben reunir ciertas características que deriven de la certeza.

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