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DESPENALIZAR EL USO DE LA MARIHUANA


Enviado por   •  23 de Octubre de 2016  •  Prácticas o problemas  •  1.398 Palabras (6 Páginas)  •  179 Visitas

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DESPENALIZACION DE LA MARIHUANA

ENSAYO  CRIM 205

DESPENALIZAR EL USO DE LA MARIHUANA

    El pasado 16 de abril del 2013, durante 17ma asamblea legislativa ordinaria, en la primera sesión, fue presentado el Proyecto 517 por el Honorable Pereira Castillo. Este proyecto de Ley pretende enmendar el artículo 404 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico, conocida como la Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971.Este proyecto pretende despenalizar las disposiciones actualmente establecidas por ley de manera que la posición de la marihuana sea despenalizada bajo ciertas circunstancias las cuales discutiremos a continuación. En la exposición de motivos de la referida Ley, el artículo tipifica como delito el que una persona posea alguna sustancia controlada. Ésta posesión debe ser a sabiendas e  intencionalmente. Este acto será castigado con una penalidad de tres años, todo sujeto a la discreción del Tribunal. En adición podría ser impuesta una multa que no sobre pase los $5,000.

    El inciso (b) del Artículo 404 de la Ley de Sustancias  Controladas provee para darle una oportunidad de beneficiarse dela libertad a prueba bajo los requisitos y las condiciones que el Tribunal solicite. Entre las condiciones está el que no haya sido convicto anteriormente bajo ninguna disposición de La Ley de Sustancias Controladas ni bajo ninguna disposición Federal que tenga que ver con marihuana, drogas narcóticas, sustancias estimulantes o deprimentes. En el caso de que el imputado se encuentre culpable o haga alegación de culpabilidad, el Tribunal podrá interrumpir el trámite y poner al acusado  bajo las disposiciones de la libertad a prueba, sin emitir sentenciar.     Esta Ley tiene como objetivo combatir el uso y trasiego de sustancias controladas. Esto es una estrategia para combatir la criminalidad.

    El proyecto de Ley pretende enmendar ese artículo y despenalizar el uso de la marihuana. Esta sustancia controlada debe ser adquirida solamente con una receta o con una orden de un profesional  que esté debidamente autorizado por esa Ley. La propuesta para enmendar la ley sugiere además que la cantidad de marihuana este limitada a una onza y la persona  debe ser mayor de 21 años. Durante las ponencias en este proyecto acudieron entidades interesadas en el tema. Estas entidades expusieron sus puntos de vista y también dieron sugerencias.  El Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico fue representado  por su presidente el Dr. Eduardo Ibarra. Este manifestó que desde que preside esa institución siempre han  considerado a los adictos como personas enfermas a las cuales deben ser provistas de un tratamiento multidisciplinario. Consideran que no deben ser penalizados los usuarios debido a que su reclusión resulta perjudicial y el objetivo principal debe ser adiestrarlos a la sociedad. La junta de directores de su institución lo designo para crear una Comisión que estudiara todos los ángulos posibles solicitando así la colaboración de expertos en áreas tales como psiquiatría con especialidad en adicciones, en criminología, sociología, ley, jurisprudencia ,educación, farmacología y otras áreas de la medicina para que así  las enmiendas sean provechosas para nuestra sociedad. La Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU)   hizo hincapié sobre los estragos que ha ocasionado la Guerra Contra las  drogas, y que ha girado su propósito para convertirse en un estigma social para las minorías y ocasionar una persecución racial en muchos estados. Esta entidad recomendó legalizar la marihuana.

    El pasado 4 de septiembre del 2013 la segunda sesión de la 17ma asamblea de la Cámara Representantes se presentó el Proyecto de Ley 1362. Este fue presentado por los Representantes Báez Rivera y Vargas Ferrer. Este fue referido a las Comisiones de Salud; y de Seguridad Pública y Para el Desarrollo de Iniciativas Contra el Crimen y la Corrupción.  Este  propone dar una nueva clasificación a la marihuana y a sus derivados de Clasificación I a Clasificación II legalizando así la utilización terapéutica medicinal de la marihuana. También pretenden crear la Ley para el Uso Medicinal de esta. Esta ley tiene como finalidad el crear un sistema fiscalizador para producir legalmente su producción y su uso medicinal Facultaría al Departamento de Salud para que redacte un reglamento definiendo la cantidad de marihuana que podría razonablemente ser utilizada a pacientes debidamente cualificados. Delimitaría los parámetros operacionales a los Dispensarios, las cuotas de solicitud y el uso y cultivo de los pacientes cualificados. Autorizaría al Departamento de Salud para ir a revisar estos Dispensarios. Impondría impuestos para su consumo, cultivo y venta. Define y establece como debe ser un Acompañante Certificado. Condicionaría la aprobación y expedición de una tarjeta de identificación tanto para pacientes como para sus acompañantes. Se prohíbe que la marihuana sea utilizada en lugares públicos. Penaliza su utilización en frente de menores de 21 años. Dice quien tiene que registrarse y provee para la denegación, revocación o suspensión de registro. Entre los deponente se encontraba El Colegio de Médicos y Cirujanos y mantuvieron el mismo punto  y las mismas sugerencias durante la ponencia del, proyecto 517 y reitero sula propuesta de que se le concediera un tiempo para realizar estudios multidisciplinarios.

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