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Demanda Mercantil Ejecutiva


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2014  •  1.547 Palabras (7 Páginas)  •  358 Visitas

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C. JUEZ DE LO MERCANTIL EN TURNO.

PRESENTE.

GERARDO CHAVEZ LUPERCIO, OSCAR EDUARDO ANAYA AGUILAR, Mexicanos, mayores de edad, Abogados, con domicilio procesal en la finca marcada con el numero #219, de la calle Ribera del lago, en San Luis Soyatlan Tuxcueca Jalisco, para recibir todo tipo de notificaciones, ante usted con el debido respeto comparezco para

E X P O N E R:

Que en mi carácter de endosatario en procuración del C. FILOMENA SOLIS, y en la Vía Mercantil Ejecutiva, Ejercitando la Acción Cambiaria Directa, nos presentamos a DEMANDAR a la C. MARIA DE JESUS MEJIA HERNANDEZ, como deudora directa y ha ISMAEL ANSALDO TIZNADO como aval, por la cantidad de $4,200.00 (CUATRO MIL DOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), por concepto de suerte principal; Y a ISMAEL ANSALDO TIZNADO como deudor directo y ha MARIA DE JESUS MEJIA HERNANDEZ como aval, por la cantidad de $4,200.00 (CUATRO MIL DOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) que suman la cantidad $8,400 por concepto de surte principal, Por el pago de los intereses moratorios vencidos y por vencer hasta la fecha del pago total de las prestaciones reclamadas a razón del 10% ( Diez Por Ciento) mensual; Por el arraigo de las demandados a fin de que respondan al pago del juicio y no se ausente de su domicilio, Jurisdicción, sin dejar persona instruida y expensada en el cumplimiento de las resultas tanto provisionalmente como en definitiva del presente juicio; Por el pago de los gastos y costas que con motivo de la demanda se generen, para lo cual hacemos de su conocimiento la siguiente relación de

H E C H O S:

1.- En la población, de San Luis Soyatlan Tuxcueca, Jalisco., el día 1 (PRIMERO) de febrero del año 2011, los hoy demandados suscribieron dos pagares valiosos y se obligaron en los mismos cuyo documento fundatorios de la acción se anexan a este ocurso, por la cantidad de $4,200.00 (CUATRO MIL DOCIENTOS PESOS, 00/100 M.N.) cada uno de ellos, estableciendo Como fecha de vencimiento el día 10 (DIEZ) de Mayo del año 2011, y para el caso de incumplimiento se obligaron a pagar el interés moratorio a razón del 10% mensual.

2.- No obstante los múltiples cobros que en lo extrajudicial se realizaron, no ha sido posible obtener su importe, razón por la cual acudimos ante esta autoridad judicial para que mediante su jurisdicción el demandado sea requerido por el pago de los conceptos citados.

Al efecto ofrecemos en acatamiento por el artículo 1401 del Código de Comercio en Vigor, ofrecemos las siguientes

P R U E B A S:

1.-DOCUMENTAL PRIVADA: Consistente en los títulos fundatorios de la acción (pagares), prueba que se relaciona con los puntos de hechos y de derecho de la demanda, con la que se demuestra la existencia de una obligación mercantil a cargo del demandado.

2.- DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en todas las actuaciones que se desprendan de la presente litis.

3.-PRESUNCION: Legal y Humana, que obtenga el juzgador del resultado de las pruebas que se rindan y desahoguen legalmente en

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