ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Constitucional


Enviado por   •  6 de Diciembre de 2013  •  1.310 Palabras (6 Páginas)  •  248 Visitas

Página 1 de 6

Derecho Constitucional

El derecho constitucional tiene que ver con la estructura del gobierno.

El poder soberano consta de: 50% el Ejecutivo, 25% el Legislativo y 25 % el Judicial.

Nuestra constitución es la primera que reconoce la corriente organicista, modelo tomado de Francia. En Guatemala estamos en un sistema presidencialista que otorga al Ejecutivo un 50% del Poder Soberano según la doctrina.

REPUBLICANO: Dividido en departamentos con 1 sede de la república.

REPRESENTATIVO: Cada órgano existente está representado por su presidente o representante legal.

LA CONSTITUCIÓN: Es aprobada por una asamblea Nac. Constituyente y sólo ella puede reformarla. Fue aprobada por 80 diputados representando a todos los sectores de la sociedad. Fue conformada el 31 de mayo de 1985 y entró en vigencia el 14 de junio de 1986.

LEYES ORDINARIAS: Se dividen en sustantivas y procesales. Las ordinarias son las que aprueba el congreso.

LEYES PROCESALES: Son las que describen las instituciones, los delitos y las faltas.

Indican el trámite de los procesos; como se tramitan los juicios. Ejemplo: el código procesal penal y el código procesal civil y mercantil.

REGLAMENTOS: Son aprobados por el órgano de dirección de cada institución. Es para interpretar y aplicar mejor la ley ordinaria.

ORGANO UNIPERSONAL: 1 ministro de estado.

ORGANOS COLEGIADOS: Cuando la autoridad la ejerce más de una persona. La muni, con 19 concejales y síndicos; los reglamentos los autoriza el concejo municipal.

DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL: Son aprobados por el órgano de dirección de cada institución. Sirven para la aplicación de los reglamentos.

CLASES SESIONES DEL CONGRESO: Ordinarias y extraordinarias.

JUNTA DIRECTIVA DEL CONGRESO: 9 personas (Pres., 1º , 2º y 3er vicepresidentes y 5 secretarios.

PERÍODOS DE SESIONES:

• 1er período del 14 de enero al 15 de mayo

• 2do período del 1 de ago al 30 de nov

Las sesiones extraordinarias son en el período de vacaciones.

COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO Art 22 Const.

Es la única que puede convocar a sesiones extraordinarias o en su caso el ejecutivo.

Se puede realizar a solicitud de 40 diputados, no menos.

• Presidente

• 3 secretarios

• 3 vocales

SESION EXTRAORDINARIA INMEDIATA: Se realiza sólo con 80 diputados, la mitad más 1 (80+1).

EXCUSA: Razón o causa para eximirse de una carga o cargos públicos.

APROVACIÓN DE UNA LEY (Art. 174 Const.).

Aprobación, Reforma y Derogación.

INICIATIVA DE LEY: Facultad o derecho que tienen las instituciones del Art. 174 de la Const para formular leyes, según su naturaleza institucional.

Los diputados, el presidente del Ejecutivo, el presidente CSJ (los 13 magistrados), la USAC y el TSE.

JERARQUÍA CONSTITUCIONAL: Ninguna ley puede contrariar las disposiciones de la constitución. Las leyes que violen o tergiversen los mandatos constitucionales son nulas ipso jure (de pleno derecho), Art. 175 Const.

1. Iniciativa de Ley

2. Comisión

3. Dictamen (favorable o no favorable) = Proyecto de Ley

4. Conocimiento

5. Aprobación en tres sesiones distintas

1era sesión = (Art 176) lectura de proyecto

2da sesión = Discusión artículo por artículo

3era sesión = Aprobación final de la ley

6.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.9 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com