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Juicios Civiles Del Mundo

oscargym25 de Febrero de 2015

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CONTINENTE ASIATICO

1.- PROCESO DE JUICIO CIVIL EN CHINA.-

PROCEDIMIENTOS PREVIOS AL JUICIO.-

Antes del comienzo de un proceso civil, esto es, antes de que se presente una demanda en el tribunal, no ha lugar para que se apliquen las normas procesales civiles: hasta hace unos años esta afirmación hubiese sido cierta más allá de toda duda. Con todo, uno de los avances más interesantes y a la vez sorpresivos de los últimos años ha sido ampliar la cobertura de las normas procesales a una fase previa al inicio mismo del proceso, esto es, a la fase en la que se sospesa un juicio futuro y cómo prepararlo. El mejor ejemplo de este desarrollo son los protocolos previos al juicio de las normas procesales modernas del Derecho inglés. 1. Los protocolos previos al juicio en el Derecho inglés El primer objetivo de estas instrucciones prácticas es mejorar la comunicación entre los litigantes. Las normas relevantes pretenden ofrecer a tiempo información completa sobre los hechos y circunstancias pertinentes para un posible juicio. De este modo, se supone que las partes podrán evitar el litigio al llegar a algún acuerdo antes del comienzo del proceso. También los litigantes deberían considerar si pudiera convenirles más alguna solución extrajudicial de ∗ Traducido del inglés al español por Esther Monzó (Universitat Jaume I, España). conflictos (como pudiera ser la intervención de un tercero independiente o de un árbitro). La idea es que el litigio se convierta en el último recurso. Y cuando no pueda evitarse, el objetivo de los protocolos previos al juicio sería fomentar una gestión eficiente del proceso. Si el intercambio de información previo al juicio funciona, los litigantes podrán presentar el material completo al inicio del pleito. El tribunal no se implica en el proceso preparatorio. Con todo, si se llega a juicio, éste deberá comprobar que las partes han cumplido sustancialmente con los pactos del protocolo. Las normas de procedimiento civil permiten que el tribunal tenga en cuenta el cumplimiento o no del protocolo correspondiente al dar instrucciones para el seguimiento del proceso y al resolver sobre las costas. Por supuesto, estas disposiciones no mejoran el acceso a la justicia: su propósito es, como se ha comentado, evitar los litigios. En la mayoría de los casos, los litigantes necesitarán consejo profesional para cumplir con las obligaciones previas al juicio. En el protocolo para causas por descuido de la vivienda, puede leerse que los autores del protocolo intentaron redactarlo en un inglés sencillo y procuraron mantener la simplicidad también en los contenidos con el fin de que resultase un texto accesible y fácil de aplicar para toda persona, incluyendo a quienes se representasen a sí mismos. Sin embargo, si leemos los protocolos (también el referido a causas por descuido de viviendas), podríamos cuestionar que la decisión sea realista. La mayoría de los protocolos no se refieren a elementos orales en la fase previa al juicio. No obstante lo dicho, llama la atención que el protocolo para disputas sobre construcción e ingeniería prescribe (de un modo muy detallado) una reunión previa al juicio que deberá celebrarse en un plazo de 28 días después de que el demandante reciba la respuesta del demandado. Se pretende con ello sacar provecho de las ventajas de la discusión oral para identificar la raíz del desacuerdo en lo que se refiere a cada asunto, de modo que pueda considerarse si éstos pueden resolverse sin recurrir al tribunal; y, en caso de que pueda evitarse el juicio, llegar a un acuerdo sobre cómo tratar las pruebas periciales y sobre el alcance de la práctica de las pruebas documentales, e intentar planificar un proceso que minimice costes y retrasos. No sabría decir por qué el resto de protocolos no prescribe tal reunión, puesto que las ventajas de la discusión verbal podrían ser útiles también en otros casos. En resumen, los movimientos de la práctica inglesa en el sentido de indicar actuaciones previas al juicio anticipan las funciones principales del proceso judicial en su fase inicial, que consiste (como veremos más adelante), en el esclarecimiento y finalización de los alegatos, en un intento por contemplar todas las formas de acuerdo y, si eso no funciona, en la recopilación de pruebas para la vista principal. Si la forma inglesa funciona verdaderamente, podría ahorrar en el dinero público que se destina tribunales y litigios, aunque el incremento en los gastos en los que incurrían las partes y las restricciones en lo que se refiere a la tutela judicial podrían ser un alto precio a pagar. 2. Solicitud de parte para el inicio de investigaciones previas a la demanda en el Derecho japonés En 1996 el código procesal civil japonés introdujo un procedimiento para recopilar información y pruebas tras el inicio del proceso. Con todo, tal como explica Manabu Honma en su informe, se demostró que estas disposiciones no eran suficientes para reducir el tiempo medio de resolución de causas. En el año 2003, se añadió, mediante una modificación del código, una solicitud de parte para el inicio de investigaciones previas a la demanda (un proceso de recopilación de pruebas basado en una notificación previa a la demanda). El futuro demandante puede solicitar información al supuesto demandado. Para dar inicio a este procedimiento, el primero debe notificarlo por escrito al segundo. Después de eso, el demandado goza del mismo derecho para solicitar información de parte del demandante. Así pues, a instancia de uno de los litigantes, el tribunal puede resolver que se recopile información antes de la demanda. Esta diferencia con los protocolos previos al juicio del Derecho inglés, en los que no interviene el tribunal, resulta destacada. Las disposiciones respecto a la información previa al juicio y a la recopilación de pruebas no contienen sanciones específicas para su incumplimiento. Con todo, es probable que, cuando menos, el incumplimiento de una orden judicial tenga consecuencias negativas dentro del proceso, como puede ser la preclusión de propuesta de pruebas o la importancia relativa en la evaluación de las pruebas. Sería interesante saber cómo están funcionando en la práctica estas normas relativamente recientes. Aquí, el propósito de evitar el litigio no parece tan central como en el Derecho inglés, y también resulta menos evidente el peligro de deteriorar la tutela judicial. 3. Las diligencias preliminares en el Derecho español Las diligencias preliminares, esto es, las actuaciones y funciones preparatorias del Derecho procesal civil español, tienen como objetivo ayudar a la parte que pretende iniciar el proceso para obtener información sobre los hechos y medios de prueba relevantes. Resulta interesante que el Derecho español proporciona esta medida no de forma general sino sólo para algunas áreas específicas en las que el futuro demandante suele carecer de información. Estas áreas son la protección del interés colectivo de los consumidores y la protección de la propiedad intelectual. El tribunal puede emitir una orden para que se presente información o documentos, y estas órdenes sean ejecutables.

.DEMANDA.-

Demanda por escrito Por lo general, la demanda debe presentarse por escrito. El contenido obligatorio de este documento incluye un pedimento concreto y la base jurídica de la demanda. En el Derecho procesal estadounidense, resulta fundamental que el acceso a la justicia sea sencillo, por lo que las exigencias respecto a este escrito son bastante leves. En la demanda simplificada, uno de los tipos del Derecho estadounidense, al demandante le basta con presentar un escrito somero en el que describa el contenido y la base de la demanda, pero puede dejar los detalles para la fase siguiente de alegaciones y peticiones. En comparación con éste, los derechos, pongamos por caso, alemán, español (con requisitos distintos para la demanda ordinaria o la demanda sucinta), latinoamericano (el Código Modelo así como los códigos nacionales) y japonés son ejemplos de demandas no simplificadas que requieren del demandante una alegación detallada de hechos y la presentación de medios de prueba ya en este primer escrito. El Derecho griego también exige una relación clara de los hechos que motivan la acción. 2. Impresos de demanda En ocasiones, las normas procesales no sólo exigen una demanda por escrito sino que establecen la obligatoriedad de emplear determinados impresos. Un ejemplo de esta creación tan interesante es el Derecho inglés. El impreso de demanda prevenido evita que los litigantes olviden las partes necesarias del escrito. Se proporciona un espacio para la pormenorización de la demanda (en el formulario de demanda ordinaria) o para el motivo de la demanda (en el proceso simplificado). Este impreso puede ser útil especialmente para litigantes que carezcan de experiencia en los trámites y que no quieran contratar a un letrado para llevar el juicio. Con todo, y puesto que los impresos ingleses de demanda no solicitan detalles, la medida parece bastante limitada. Un ejemplo muy interesante del uso prescriptivo de impresos de demanda es el nuevo proceso europeo para demandas de escasa cuantía. Con el fin de facilitarle al demandante que dé principio al proceso, éste debe presentar el impreso normalizado que se incluye como anexo I de la normativa europea. El impreso de demanda estará disponible en todos los juzgados y tribunales en los que pueda principiarse este proceso. En el escrito se incluyen exposiciones detalladas que, entre otras cuestiones, se refieren a los motivos de la demanda y a las pruebas que el demandante pretende proponer como apoyo a su acción. Dado que este proceso europeo es en principio escrito, parece que el impreso tiene por objeto ayudar al demandante así

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