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Ley Del Femicidio

fggarcia14 de Agosto de 2014

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ESTUDIO JURÍDICO SOBRE EL DELITO DE FEMICIDIO Y OTROS TIPOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

INDICE

Introducción………………………………………………………………...i

Antecedente Femicidio……………………………………………………..1

Antecedente Femicidio……………………………………………………..2

Antecedente Femicidio……………………………………………………..3

Conceptualización………………………………………………………….4

Legislación Vigente en Guatemala…………………………………………5

Legislación Vigente en Guatemala…………………………………………6

Legislación Vigente en Guatemala…………………………………………7

Legislación Vigente en Guatemala…………………………………………8

Legislación Vigente en Guatemala…………………………………………9

Legislación Vigente en Guatemala………………………………………..10

Estadísticas hechas por Cidej sobre mujeres violentadas del año 2009 al

2013……………………………………………………………………….11

Conclusiones………………………………….………………………......12

Bibliografía………………………………………………………………..13

INTRODUCCIÓN

El presente documento o investigación, se eligió en virtud que la mujer ha sido vulnerada en sus principios morales, derechos y garantías constitucionales, y en el momento actual el Estado de Guatemala ha incumplido en cierta forma con los convenios ratificados, en el que se establece a Guatemala con la obligación de crear normas jurídicas en beneficio de las mujeres como lo es el caso de la Ley Contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer Decreto 22-2008 del Congreso de la República de Guatemala, esperando aportar alguna solución viable a dicha problemática, y que sean efectivas en su aplicación.

Dentro de los objetivos de la investigación, están el determinar si el Estado de Guatemala asume la responsabilidad de tanta violencia en contra de las mujeres, y establecer si el Estado de Guatemala a través de sus organismos y entidades implementa políticas de prevención para erradicar la violencia contra las mujeres, confirmando la hipótesis planteada, de que los homicidios en contra de las mujeres se debe a la subcultura de violencia generada por la desatención del Estado de Guatemala y las instituciones encargadas de velar por la justicia en Guatemala.

Espero que el presente trabajo contribuya en parte para todas aquellas personas que de una u otra forma, se interesa por profundizar y contribuir para prevenir el delito de femicidio en Guatemala.

ANTECEDENTE FEMICIDIO

En algunos países es llamado femicidio y en otros feminicidio, al asesinato de mujeres por razón de su sexo. Actualmente en Guatemala, se ha incrementado lamentablemente cada año por lo que este trabajo pretende crear conciencia entre todos los grupos de justicia que tienen que ver con la prevención y el castigo de tan aberrante práctica, a fin de reducir el crimen de mujeres en Guatemala.

La palabra femicidio proviene del idioma inglés femicide, concebido por feministas estadounidenses para referirse a los asesinatos de mujeres que forman parte del amplio esquema de la violencia de género.

Feminicidio se le cita de la siguiente manera: (neologismo formado con el adjetivo antiguo feminino, origen genético de las palabras feminidad y feminismo, cuyo origen latino común es fémina mujer: persona del sexo femenino y el sufijo cidio acción de matar, n.f. asesinato de una mujer; alterna con la forma sincopada por haplología .

Se prefiere feminicidio a femicidio, un término que hace referencia a todos los homicidios que tienen como víctima a una mujer, sin implicar una causa de género.

Las autoras de Femicidio en Costa Rica 1990-1999, Ana Carcedo y Montserrat Sagot, manifiestan de este crimen en su país y señalan: “La muerte de mujeres a manos de sus esposos, amantes, padres, novios, pretendientes, conocidos o desconocidos no es el producto de casos inexplicables o de conducta desviada o patológica. Por el contrario, es el producto de un sistema estructural de opresión. Estas muertes son femicidios, la forma más extrema de terrorismo sexista, motivado, mayoritariamente, por un sentido de posesión y control sobre las mujeres”.

Y el término femicidio remueve el velo obscurecedor con el que cubren términos neutrales como homicidio o asesinato. Más aún, se argumenta que el femicidio ha sido definido como una forma de pena capital, en contra de las mujeres.

Una expresión directa de una política sexual, que pretende obligar a las mujeres a aceptar las reglas masculinas y, por lo tanto, preservar el statu genérico. Tañe como genocidio, genocidio de mujeres.

En Guatemala se encuentra regulado en el Artículo 6 de la Ley Contra el Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer Decreto 22-2008, del Congreso de la República, el cual indica: Comete el delito de femicidio quien, en el marco de la relaciones desiguales de poder entre hombre y mujeres, dieran muerte a una mujer, por su condición de mujer, valiéndose de cualquiera de la siguientes circunstancias:

a) Haber pretendido infructuosamente establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la victima

b) Mantener en la época en que se perpetre el hecho, o haber mantenido con la víctima relaciones familiares, conyugales, de convivencia, de Intimidad o noviazgo, amistad, compañerismo o relación laboral.

c) Como resultado de la reiterada manifestación de violencia en contra de la víctima.

d) Como resultado de ritos grupales usando o no armas de cualquier tipo.

e) En menosprecio del cuerpo de la víctima para satisfacción de instintos sexuales, o cometiendo actos de mutilación genital o cualquier otro tipo de mutilación.

f) Por misoginia.

g) Cuando el hecho se cometa en presencia de las hijas o hijos de la víctima.

h) Concurriendo cualquiera de las circunstancias de calificación contempladas en el Artículo 132 del Código Penal.

La persona responsable de este delito será sancionada con pena de prisión de veinticinco a cincuenta años, y no podrá concedérsele la reducción de la pena por ningún motivo. Las personas procesadas por la comisión de este delito no podrán gozar de ninguna medida sustitutiva.

Las autoras Diana Russell y Jill Radford en su obra Femicide. The politics of woman killing.

Los femicidios se presentan tanto como la culminación de episodios de violencia sostenidos por años al interior de una relación de pareja, como producto de un solo episodio de violencia donde el hombre asesina a la mujer.

Las autoras Radford y Russell, han desarrollado definiciones más específicas: En cuanto al termino femicidio intimo: “Son los asesinatos cometidos por hombres con quien la victima tenia o tuvo una relación íntima, familiar, de convivencia, o afines a estas. Y en cuanto al Femicidio no intimo: “son los asesinatos cometidos por hombres con quienes la víctima no tenía relaciones íntimas, familiares, de convivencia, o afines a estas.”

Una de las primeras mujeres que hablo sobre el tema del femicidio fue Carol Orlock, era la primera persona en usar el término, no sabía cómo lo había definido ni tampoco dónde hallarla, su libro, titulado Femicidio, nunca fue publicado. Es por eso que al definir femicidio como un término que politiza las acciones misóginas de asesinato de mujeres así como el término genocidio politiza actos de asesinato cuya intención es erradicar a un pueblo. En 1976 se utilizó la palabra, por primera vez en público, cuando declaro acerca de este delito ante una audiencia de casi dos mil mujeres que participaban en el primer Tribunal Internacional de Crímenes contra las Mujeres, efectuado en Bruselas, Bélgica. Debemos entender que muchos homicidios son, en efecto, femicidios. También se debe reconocer la política sexual del asesinato. Desde la quema de brujas en el pasado, pasando por la más reciente y generalizada costumbre de infanticidio del sexo femenino en muchas sociedades, hasta las matanzas por honor, se percata que el femicidio, ha ocurrido durante mucho tiempo. Sin embargo, debido a que involucra a mujeres, no preexistía una palabra que lo describiera hasta que se inventó el término femicidio, al conocer el origen del término.

CONCEPTUALIZACION

Podemos concluir que el femicidio: Es el conjunto de hechos de lesa humanidad que conforman los crímenes contra las mujeres, no importando, su edad, estatus económico o condición social.

Podría verse como el corolario de la cadena de violencia que tienen que enfrentar diariamente las mujeres y constituye la manifestación más cruel de una sociedad machista que acepta y normaliza este tipo de actos. Existe un vacío legal ya que el concepto feminicidio no ha sido incluido en ningún país latinoamericano; se usa en ámbitos políticos y académicos feministas, así como estudios sobre el tema, de donde empieza a trascender en los medios de comunicación.

Se trata de un término político que no solo incluye a los agresores individuales

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