Medio Ambiente
abogadamolina3 de Abril de 2014
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INTRODUCCIÓN:
El ser humano, a medida que avanza está destruyendo las pocas y últimas áreas salvajes o naturales que quedan; está extinguiendo especies de plantas y animales; está perdiendo germoplasma valioso de especies y variedades domésticas de plantas y animales; está contaminando el mar, el aire, el suelo y las aguas, y el medio ambiente en general. De seguir este proceso, las generaciones futuras no podrán ver ya muchas cosas que hoy tenemos el placer de ver. Es más, el ser humano no sólo está empobreciendo su entorno y a sí mismo, sino que está comprometiendo su propia supervivencia como especie. La conservación de la naturaleza se da por razones económicas, científicas, culturales, éticas, sociales y legales.
Pero también es el uso racional y sostenible de los recursos naturales y el ambiente. Entre sus objetivos encontramos garantizar la persistencia de las especies y los ecosistemas y mejora de la calidad de vida de las poblaciones, para el beneficio de la presente y futuras generaciones. Pero sabemos que esto se ha visto privado principalmente por el consumo excesivo del ser humano, por la contaminación, por el descuido de nuestros ríos, especies y toda la naturaleza. Algunos problemas ambientales que podemos definir son, - Deforestación - Contaminación - La basura
PROTECCIÓN AMBIENTAL COMO UNA FUNCIÓN PÚBLICA
En cuanto a la protección ambiental nosotros como ciudadano tenemos que tener conciencia sobre el medio ambiente lo cual debemos protegerlo y mantenerlo ya que es un derecho humano el poder vivir y desarrollarse en un ambiente sano ecológico y equilibrado , por tanto también constituye un deber como ciudadano preservarlo y llevar a cabo las diferentes políticas pública, con el objeto de disminuir y contribuir a este grave fenómeno que es la contaminación y destrucción del medio ambiente, lo cual lo ha generado la misma actividad humana y que pone en riesgo a todos los seres vivos .
Partiendo de lo supuesto anteriores, resulta asimismo interesante que el estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas “En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico todo ello dando cumplimiento a lo establecido en nuestra máxima carta magna« Artículos 127, 128 y 129 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La protección ambiental, consiste en el conjunto de medidas que se toman a nivel público y privado para cuidar nuestro hábitat natural, preservándolo del deterioro y la contaminación. Impedir o limitar la tala de árboles, dar un mejor tratamiento a los residuos, prohibir la caza de animales en peligro de extinción, reducir el consumo de energía, de pesticidas, de combustibles y otros contaminantes, minimizar los ruidos, no arrojar basura, reciclarla, son algunas de esas medidas, que en la práctica y ante la falta de conciencia de la población, deben imponerse por vía legal con las consiguientes sanciones, para quienes violen las normas de protección.
La educación escolar para aprender a valorar el ambiente y conocer la forma de cuidarlo es muy importante para que desde pequeños se tome conciencia de la gravedad del problema, que ha generado entre otras consecuencias graves, el calentamiento global, la lluvia ácida, la pérdida de la biodiversidad, la contaminación hídrica, inundaciones, la desertificación, etcétera.
Cada persona o un grupo de ellas que destinan parte de su tiempo a prevenir o corregir los daños que adviertan en el planeta, estarán contribuyendo a la protección ambiental. El Estado a través de sus agentes está obligado a realizar las gestiones necesarias para la protección ambiental, pues es parte de su política, ya que entendida esta actividad como orientada hacia el bien general, éste no podrá obtenerse si el ambiente está enfermo.
Por consiguiente toda persona tiene el derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado “El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo las necesidades ecológicas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana “Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural.
Todo ello con el fin de establecer estas nuevas perspectivas lo cual dará al derecho ambiental un eminente carácter público al derivar la misma, de la percepción de que tal protección ambiental es una exigencia de la supervivencia humana, ya que los recursos naturales son escasos y por ello se refiere a un uso racional de los mismos, es más en una preservación del medio ambiente. Debe entenderse en cuanto no solo al presente sino a las generaciones futuras, con la finalidad de permitirles vivir en condiciones adecuadas de habitabilidad, es decir; tener en cuenta el concepto de desarrollo sostenible.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Para definir de forma correcta a la participación ciudadana, corresponde hacer referencia a la totalidad de las iniciativas cuya meta es la promoción tanto del desarrollo de la comunidad como de la democracia como estilo de vida, es por eso que tiene como finalidad buscar mecanismos que conduzcan a una mejor calidad de vida, por lo tanto es una responsabilidad el tomar iniciativas dirigidas a beneficiar a grupos de ciudadanos y ciudadanas tanto en los asuntos públicos como los privados plasmados en la actual carta magna.
Según el artículo 70 establece: que son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico, las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo.
De acuerdo con el artículo 6 de la constitución define nuestro gobierno como participativo además de otras característica establecido en el articulo 70 La participación es un concepto desarrollado en la constitución actual y tiene que ver con el deseo del poder constituyente de que la democracia se ejerza de una forma más directa y cotidiana que el simple sufragio o referendo mismo.
Por otra parte, cabe destacar que el dónde y cómo se participa, se van a relacionar en el marco de los acontecimientos políticos que suceden en Venezuela, debido a que en forma generalizada se participa en la escuela, en la comunidad y en muchos más ámbitos; pero acá lo que se quiere es ampliar la cobertura hacia los asuntos públicos relacionados con la vida nacional directa o indirectamente (Art. 62 C.R.B.V.) ; y para ello es necesario destacar la necesidad de conocer el nuevo texto constitucional para garantizar su aplicación, cumplimiento e implicaciones sociopolíticas.
La importancia de la participación de la ciudadanía: Es importante destacar que la participación ciudadana son las decisiones queda puesta de manifiesto en la posibilidad de lograr, en cierto modo, el acceso a las determinaciones del gobierno local sin integrar la estructura de partidos políticos o del escalafón administrativo.
Identifica 8 principios básicos en los cuales debe descansar la participación ciudadana en la gestión pública:
1.-Constitucionalización: Que implica el reconocimiento constitucional a la participación ciudadana.
2.-Igualdad: Garantizar la igualdad de condiciones para participar.
3.-Autonomía: La participación ciudadana en la gestión pública debe ejercerse con autonomía absoluta de los actores sociales.
4.-Gratuidad: Para ejercer efectivamente el derecho a la participación esta debe ser gratuita.
5.-Institucionalización: Corresponde a los poderes públicos promover la creación, mantenimiento y correcto funcionamiento de las instituciones y mecanismos que hagan posible el ejercicio del derecho de participación ciudadana en la gestión pública, respetando la existencia de espacios y mecanismos de participación informal y espontánea.
6.-Corresponsabilidad social: Los poderes públicos y los ciudadanos son los responsables.
7.-Respeto a la diversidad y no discriminación: Se debe respetar las particularidades, características y necesidades de los pueblos indígenas, afrodescendiente, así como cualquier otro grupo poblacional, social y culturalmente diverso.
8.-Adecuación
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