ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION TRIBUTARIA

Negrinho22 de Junio de 2014

3.928 Palabras (16 Páginas)879 Visitas

Página 1 de 16

PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION TRIBUTARIA

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN

II. DESARROLLO

1. DETERMINACIÓN TRIBUTARIA.

2. FORMAS DE DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

2.1. DETERMINACIÓN DE OFICIO (EX OFFICIO)

2.2. DETERMINACIÓN POR SUJETO PASIVO O AUTOLIQUIDACIÓN

3. SISTEMAS DE DETERMINACIÓN TRIBUTARIA

3.1. SOBRE BASE CIERTA

3.2. SOBRE BASE PRESUNTIVA

4. PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN TRIBUTARIA

4.1.- PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

4.2.- ACTA DE REQUERIMIENTO DE DOCUMENTO

4.3.- ACTA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTO

4.4.- ACTAS DE REQUERIMIENTO Y RECEPCIÓN ESPECÍFICAS

4.5.- ACTA DE CONFORMIDAD

4.6.- ACTA DE REPARO

4.6.1.- REQUISITOS

III. CONCLUSIÓN

IV. BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION

La obligación tributaria, en cuanto a su determinación, puede ser efectuada por el deudor tributario y/o por la Administración Tributaria. En este último caso, es posible que la misma efectúe la determinación de la obligación tributaria, en mérito a información real o sobre base presunta, siendo importante señalar los supuestos en los cuales la administración puede utilizar esta última forma de determinación.

En tal sentido, en el presente caso nos referimos a dichos supuestos y específicamente al supuesto que origina la determinación sobre base presunta, cuando se verifica que la declaración presentada o la documentación sustentatoria o complementaria ofreciera dudas respecto a su veracidad o exactitud, o no incluya los requisitos y datos exigidos; o cuando existiere dudas sobre la determinación o cumplimiento que haya efectuado el deudor tributario, no sin antes referirnos a la obligación tributaria en sí.

Se desprende entonces que mediante la determinación tributaria y el conocimiento de la base imponible se puede conocer cuánto es el monto a pagar de impuesto lo cual es fundamental para la recaudación de tributos.

DESARROLLO

1.- DETERMINACIÓN TRIBUTARIA

La Determinación Tributaria, puede ser entendida como aquel proceso de carácter especial regulado por los principios y normas de Derecho Tributario, mediante el cual se precisa la existencia de la obligación tributaria en el caso concreto, llevado a cabo por el órgano contralor para establecer quién es el obligado y el monto a pagar.

De esta forma, Hernández (2002), define la determinación de la obligación tributaria como un acto jurídico de la administración, en el cual está manifiesta su pretensión, contra determinadas personas en carácter de contribuyentes o responsables, de obtener el pago de la obligación tributaria sustantiva.

Así mismo, el objeto del mencionado procedimiento llevado a cabo por la Administración Tributaria, es poder cuantificar el tributo a ser pagado por el contribuyente, y que procede a corroborar la existencia y cuantía de una obligación tributaria, frente al sujeto pasivo de la misma.

Desde otra perspectiva, la Determinación Tributaria puede definirse como aquel acto o conjunto de actos emanados de la administración, de los particulares o de ambos coordinadamente, destinados a establecer en caso particular, la configuración del presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación, es decir la creación y exteriorización de cada caso particular de la situación objetiva contemplada en la ley.

En este sentido, la determinación tributaria puede entenderse como el procedimiento mediante el cual la Administración Tributaria envestida de las amplias facultades de fiscalización de las actividades de los administrados, establece la existencia de una deuda por parte del sujeto pasivo, o si la información suministrada por éste no tiene objeción alguna.

2.- FORMAS DE DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

La determinación de la obligación tributaria puede ser efectuada por el deudor tributario o por la Administración Tributaria. Así el deudor tributario verificará la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo.

Igualmente, la Administración Tributaria verificará la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo.

La determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a fiscalización o verificación por la Administración Tributaria, la misma que puede modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la información proporcionada, emitiendo la Resolución de Determinación, Orden de Pago o Resolución de Multa. Dicha verificación es efectuada por la administración al efectuar la fiscalización o verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, durante el proceso de fiscalización.

2.1.- DETERMINACIÓN DE OFICIO (EX OFFICIO)

En el caso de la Determinación Tributaria de oficio, la Autoridad Tributaria despliega una actividad orientada al conocimiento y cualificación del presupuesto, para concretar y hacer exigible la obligación ya nacida. Así mismo, la determinación por la Administración Tributaria (de oficio) puede entenderse como el acto que declara la existencia y cuantía de un crédito tributario o su inexistencia, noción tal que viene a reforzar el carácter declarativo de la determinación.

En el mismo orden de ideas, la determinación de oficio practicada por el fisco, ya sea por estar así ordenado en la ley o por otras circunstancias, se encuentra reflejado en el artículo 130 del Código Orgánico Tributario vigente, el cual señala los siguientes supuestos:

“No obstante, la Administración Tributaria podrá proceder a la determinación de oficio, sobre base cierta o sobre base presuntiva, así como solicitar las medidas cautelares conforme a las disposiciones de este código, en cualesquiera de las siguientes situaciones:

1. Cuando el contribuyente o responsable hubiere omitido presentar la declaración.

2. Cuando la ofreciera dudas relativas a su veracidad o exactitud.

3. Cuando el contribuyente, debidamente requerido conforme a la ley, no exhiba los libros y documentos pertinentes o no aporte elementos necesarios para efectuar la determinación.

4. Cuando la declaración no esté respaldada por los documentos, contabilidad u otros medios que permitan conocer los antecedentes, así como el monto de las operaciones que deban servir para el cálculo del tributo.

5. Cuando los libros, registros y demás documentos no reflejen el patrimonio real del contribuyente.

6. Cuando así lo establezcan este Código o las leyes tributarias, las cuales deberán señalar expresamente las condiciones y requisitos para que proceda.”

Se desprende de lo planteado, que la determinación de oficio es un procedimiento llevado a cabo por la Administración Tributaria a través de sus facultades de fiscalización, por medio de la cual no requiere la intervención del contribuyente, teniendo como finalidad esencial el pago del tributo por el sujeto pasivo, siempre y cuando se cumplan con todos los supuestos y requisitos de forma y fondo establecidos por la ley, es decir, procederá cuando existan dudas fundamentadas sobre la sinceridad y exactitud de la declaración o cuando el contribuyente no hubiere pagado el tributo.

2.2.- DETERMINACIÓN POR SUJETO PASIVO O AUTOLIQUIDACION

De La tendencia moderna del derecho tributario preconiza el cumplimiento espontáneo, por el sujeto pasivo, de las obligaciones y deberes que impone la norma tributaria, lo que no descarta una actividad aplicativa del Fisco para asegurar el cumplimiento real y efectivo de los deberes legales de aquél, o bien, para ajustarlos a una forma y tiempo de pago determinados.

En tal sentido Sainz señala: “... en todo caso, la actividad administrativa dirigida a la actuación, en concreto, de las normas legales tributarias ha de situarse, dentro de la ordenación jurídica del tributo, en un plano secundario o instrumental, en primer lugar porque dicha actividad puede ser innecesaria, y, en todo caso, ha de quedar reducida a aspectos accesorios y formales del cumplimiento de las obligaciones, y segundo, porque, a través de la misma, no puede modificarse el nacimiento, el contenido ni la extinción de las obligaciones tributarias, aspectos sustantivos que han de venir predeterminados por la ley, en aquellos ordenamientos positivos en que rija el principio constitucional de legalidad tributaria".

De esta forma, cuando el sujeto pasivo cumple espontáneamente hay voluntad de cumplir la obligación impuesta por la ley, en tanto la voluntad de la Administración Financiera busca reafirmar la voluntad de la ley frente a los administrados.

Según lo anteriormente planteado la determinación por el sujeto pasivo o también llamada autoliquidación, puede definirse como aquel deber formal del contribuyente o responsable, que se encuentra sujeta a la fiscalización o verificación de la Administración Tributaria, que podrá modificarla si constata omisiones o inexactitudes en la información proporcionada o en la ampliación de las normas tributarias, como consecuencia de lo cual se emitirá la resolución de determinación y la correspondiente resolución de multa, si esta fuera el caso.

3.- SISTEMAS DE DETERMINACION TRIBUTARIA

El Código orgánico Tributario Venezolano, específicamente en su artículo 131, hace referencia a que la Determinación Tributaria se realizará aplicando dos sistemas, sobre base cierta y sobre base presuntiva.

En el mismo orden

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (27 Kb)
Leer 15 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com