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Procedimiento Administrativo

mako13787 de Julio de 2014

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INDICE

UNIDAD TEMÁTICA I

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

Pag.

Formas de Solución de Conflictos 9

Definición de Teoría General del Proceso 10

Importancia del Derecho Procesal 10

Objeto de estudio de la Teoría del Proceso 10

Finalidad del Derecho Procesal 11

Unidad del Derecho Procesal 11

Naturaleza del Derecho Procesal 11

UNIDAD TEMÁTICA II

LOS SISTEMAS PROCESALES

El Sistema Privatistico o Dispositivo y el Derecho Procesal Dispositivo 12

Derecho Procesal Civil 12

El Sistema Publicístico y el Derecho Procesal Publicístico 13

Derecho Procesal Penal, Derecho Procesal Administrativo 16

Derecho Procesal Familiar, Derecho Procesal Constitucional 18

Derecho Procesal Laboral o del Trabajo 19

Derecho Procesal de la Seguridad Social 19

UNIDAD TEMÁTICA III

PRINCIPIOS GENERALES DEL PROCESO

Definición 23

Clases de Principios 23

Principios del Proceso 23

Principios de Procedimiento 24

Principios que Orientan el Sistema Privatistico 25

Principios que Orientan el Sistema Publicístico 25

Principios Fundamentales del Derecho Procesal Penal 26

UNIDAD TEMÁTICA IV

LA NORMA PROCESAL

Definición y Naturaleza de la Norma Procesal 29

Aplicación de la Norma Procesal en el Tiempo 30

Aplicación Inmediata, Ultraactiva, Retroactiva y Diferida de la Norma 30

Teoría de los Derechos Adquiridos 32

Teoría de los Hechos Cumplidos 32

La Norma Procesal en el Espacio 33

Interpretación e integración de la Norma Procesal 33

UNIDAD TEMÁTICA V

ACCIÓN, CONTRADICCIÓN Y PRETENSIÓN

Definición y Elementos de la acción 36

Principales Teorías Acerca de la Naturaleza de la Acción 37

Características de la Acción 37

El Conflicto 38

La Acción Penal 38

El Derecho de Contradicción 38

La Pretensión: Definición y Naturaleza Jurídica de la Pretensión 39

La Pretensión Material y la Pretensión Procesal 40

UNIDAD TEMÁTICA VI

LA JURISDICCIÓN

Definición y Naturaleza de la Jurisdicción 43

Garantía Subjetiva de la Jurisdicción 43

Poderes que Emanan de la Jurisdicción 44

Jurisdicción Voluntaria y Jurisdicción Contenciosa 45

Jurisdicción Ordinaria o Común 45

Adquisición, Pérdida y Suspensión de la Jurisdicción 45

Usurpación, Delegación y Derogación de la jurisdicción 46

UNIDAD TEMÁTICA VII

LA COMPETENCIA

Definición 48

Factores para la Determinación de la Competencia 48

Competencia Absoluta o Improrrogable y Competencia Relativa o Prorrogable 49

Competencia por Delegación 49

Pérdida y Suspensión de la Competencia 49

Conflictos de Competencia y Conflicto Negativo de Competencia 50

Prevención y Competencia 50

El Principio de Legalidad y la Competencia Civil 51

UNIDAD TEMÁTICA VIII

EL PROCESO JUDICIAL

Definición 53

Naturaleza Jurídica del Proceso Judicial 53

Diferencia entre Proceso y Procedimiento 54

Etapas Procesales Civiles y Penales 55

Clasificación de los Procesos 56

Unidad Temática I

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

FORMAS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

AUTOTUTELA O ACCIÓN DIRECTA.

La Autotutela se constituye en aquella forma por medio de la cual se obtiene una solución de carácter privada a los conflictos sociales que puedan existir entre los individuos. Se caracteriza esta forma de solución de conflictos, por la utilización de la fuerza por parte de los individuos que son parte del respectivo conflicto. Acá las personas lo que buscan es hacerse justicia por sí mismas sin recurrir a un tercero para que dirima el problema.

La llamada Autotutela, vale decir la reacción directa y personal de quien se hace justicia con manos propias, se halla normalmente prohibida por la ley, la que incluso ha llegado a ser tipificada como delito por las legislaciones del mundo; pero a su vez, es preciso señalar que ella no siempre es ilícita, sino que se encuentra permitida, como ocurre en el caso de la guerra o enfrentamientos bélicos, o en el caso de la legítima defensa.

LA AUTOCOMPOSICIÓN.

La Autocomposición se puede definir como aquella forma por medio de la cual se da solución a los conflictos que pueden generarse entre los individuos de una sociedad, y que consiste en un acuerdo que fijan las partes involucradas .

Esta manera de dar solución a los problemas entre personas se caracteriza por el hecho que en ella no existe una utilización de la fuerza como sí ocurre en el caso de la Autotutela. Acá en cambio, lo que se busca es llegar a un “acuerdo” entre las partes involucradas en el conflicto.

Ahora bien, es preciso mencionar que dentro de la denominada Autocomposición es posible encontrar diversos tipos de manifestación de la misma. Dentro de ella se encuentran: el Desistimiento, el Allanamiento, y la Transacción.

HETEROCOMPOSICIÓN O JURISDICCIÓN.

Como ya se ha dicho la autotutela está prohibida y la autocomposición requiere acuerdo de las partes en conflicto, pero existirán siempre situaciones en las cuales el acuerdo no es posible o bien existen intereses superiores que resguardar y en los cuales no se puede dejar a los particulares su decisión porque el Estado se ha reservado el derecho de resolver, a través del Proceso Judicial. Es el caso, de las normas de orden público que son aquellas que establecen derechos y obligaciones que no pueden ser modificados por los particulares. Asimismo dentro de la Heterocomposición están el Arbitraje y la Conciliación.

TEORÍA GENERAL DEL PROCESO

DEFINICIÓN

Estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del Estado en todos sus aspectos, fijando el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho vigente en los casos concretos, determinando las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla.

Entonces debemos entender que la Teoría General del Proceso o Derecho Procesal es la parte general de la ciencia del derecho procesal que trata sobre el estudio de los conceptos, definiciones, principios e instituciones que son comunes a las diversas disciplinas procesales especiales.

Así mismo debemos mencionar que existen instituciones que son comunes a todas las disciplinas procesales como la acción, jurisdicción, competencia y proceso.

IMPORTANCIA DEL DERECHO PROCESAL

Es importante porque regula el ejercicio de la soberanía del Estado aplicada a la función jurisdiccional, como es la de administrar justicia a los particulares, a las personas jurídicas de derecho privado y a las entidades publicas en sus relaciones con aquellas y entre ellas mismas.

A través del derecho procesal se elimina la acción directa para resolver los conflictos con lo que se garantiza la armonía y la paz social.

OBJETO DE ESTUDIO DE LA TEORIA DEL PROCESO

Su objeto de estudio son las instituciones que conforman el proceso judicial, es decir, es el estudio del proceso como abstracción. En consecuencia se estudia la organización de la función jurisdiccional y la competencia de los órganos jurisdiccionales, las actuaciones de los procesos judiciales, la teoría de la acción, la teoría de la jurisdicción, la teoría del proceso y los actos procesales; la teoría de la pretensión, etc.

De igual manera se debe precisar que también tiene otro objeto principal que es de regular la función jurisdiccional del Estado de la siguiente forma:

a) La solución de conflictos entre particulares y de estos con el Estado sus entidades y funcionarios.

b) En la declaración de certeza de ciertos derechos subjetivos o de situaciones jurídicas concretas cuando la ley lo exige como formalidad para su ejercicio o su reconocimiento

c) En la investigación y sanción de hechos ilícitos de naturaleza penal.

d) En la prevención de hechos ilícitos.

e) En la tutela del orden jurídico constitucional frente a las leyes comunes y del orden legal frente a los actos de la administración.

f) En la tutela de la libertad individual, de la dignidad de las personas y de sus derechos que la constitución les otorgan .

FINALIDAD DEL DERECHO PROCESAL

La finalidad del derecho procesal es garantizar la tutela del orden jurídico y por tanto la armonía y la paz social, mediante la realización pacifica imparcial y justa del derecho objetivo abstracto en los casos concretos, que es ejercido por la función jurisdiccional del Estado a través de funcionarios públicos especializados.

Por lo tanto, existen dos finalidades:

a) Finalidad Concreta, es la de resolver un conflicto de intereses intersubjetivos o de eliminar una incertidumbre jurídica.

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