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Fuentes nacionales e internacionales del Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  17 de Marzo de 2023  •  Trabajos  •  1.119 Palabras (5 Páginas)  •  62 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El Derecho Internacional privado es una disciplina jurídica, de entendimiento indispensable en una sociedad globalizada, que se caracteriza por un elevado nivel de dificultad técnica. La presente obra está diseñada para facilitar el análisis y optimizar los resultados de aprendizaje de la asignatura "Derecho Internacional privado", tanto en el Nivel en Derecho como en el Nivel en Estudios mundiales, por lo cual constituye un material importante. Para lograr dichos fines, se da a conocer las fuentes nacionales e internacionales del derecho internacional privado y las escuelas estatutarias.

1. FUENTES NACIONALES E INTERNACIONALES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

1.1 LOS TRATADOS

La Convención de Viena de 1969 define un tratado como “un consenso mundial celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya sea en una herramienta exclusiva o en dos o más aparatos conexos y cualquier persona que sea su denominación”

Esto quiere decir que los tratados son un pacto escrito entre ciertos sujetos de Derecho universal y que está regido por éste, que puede constar de uno o diversos artefactos jurídicos conexos, y siendo indiferente su designación. Como consenso involucra continuamente que sean, al menos, dos personas jurídicas de todo el mundo quienes concluyan un tratado mundial. Entre los tipos pudimos encontrar según los sujetos que lo incorporan sea bilateral o multilateral; sobre la materia de la cual versa; de consenso con el contenido (negocio jurídico) tratados contrato, tratados ley o normativa (van dirigidos a miembros o pobladores de la sociedad internacional). El Tratado es un término genérico que encierra todas las herramientas vinculantes con arreglo al derecho internacional, cualquier persona que sea su denominación formal, concertados entre dos o más personas jurídicas internacionales.

1.2 LA COSTUMBRE

La costumbre fue la fuente del derecho internacional por excelencia, el desarrollo de este se debería en esencia a las reglas consuetudinarias al punto de que las reglas que se relacionan con los tratados celebrados entre los Estados eran costumbre universal hasta la ingreso en vigor de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 19691; es más, en la actualidad los Estados que no han ratificado esta Convención tienen que hacer uso de la costumbre en todo lo relativo al sistema legal aplicable a los tratados. Es innegable que actualmente los tratados se han vuelto la manera más común de generar nuevos derechos y obligaciones entre los Estados, por ello es interesante ver como ya en 1974 René-Jean Dupuy se preguntaba “¿cuál es el lugar, o el valor, de la costumbre en el derecho mundial actual?”

En la actualidad, la costumbre todavía es un asunto de gran actualidad en el análisis del derecho universal, esto se ve reflejado en las diversas elecciones de los tribunales de todo el mundo, así como en los múltiples textos que se publican sobre este asunto.

1.3 LA JURISPRUDENCIA.

Son las repetidas interpretaciones que de las reglas jurídicas realizan los tribunales de justicia en sus soluciones, y puede constituir una de las Fuentes del Derecho, de acuerdo con el territorio.

La indudable trascendencia y relevancia de la jurisprudencia fueron resaltadas por Rodríguez Carrión al manifestar que la misma “(...) da la probabilidad de colocar de manifiesto cuál es la práctica principalmente seguida por los Estados, como prueba de una regla establecida de Derecho Internacional.”

El socorrido artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia incluye la jurisprudencia como un medio auxiliar para la decisión de las normas de Derecho a ejercer en la

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