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Iter Criminis


Enviado por   •  3 de Octubre de 2023  •  Prácticas o problemas  •  3.996 Palabras (16 Páginas)  •  34 Visitas

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Índice

Introducción.................................................................................................... 3

Iter Criminis......................................................................................................4

Fases.....................................................................................................4, 5, 6,7

Tentativa………………………………………………………………………8, 9,10

Frustración del delito y elementos del delito frustrado...................................10

Elementos del delito frustrado………………………………….………………..10

Actos de comienzo de ejecución………………………………………...10,11,12

Casos prácticos de tentativa y de frustración.................................................12

Aplicación de las pena....................................................................................13

Cómputos de la pena................................................................................14,15

Conversión y Conmutación de la pena...........................................................16

Casos prácticos de conversión y conmutación de pena………………….17, 18

Conclusión......................................................................................................20

Referencias....................................................................................................21

Introducción

Cuando se habla de derecho penal aparece un concepto conocido como Iter criminis. Este vocablo, que proveniente del latín, cuenta con una gran importancia y se traduce como camino del delito. Entender qué es y saber las diferentes fases con las que cuenta es fundamental para conocer un delito penal. Por lo tanto, el Iter criminis es un desarrollo dogmático, creado por la doctrina jurídica, con idea de diferenciar cada fase del proceso, asignando a cada fase un grado de consumación que permita luego aplicar las diferentes penas.

Es importante destacar que el Iter Criminis no se aplica a todos los delitos, ya que algunos delitos pueden ser cometidos de manera impulsiva o sin una etapa previa de planificación. Además, el Iter Criminis puede variar en tiempo y forma dependiendo del delito y del individuo que lo cometer.

Por otro lado, la aplicación de penas se refiere a la implementación de sanciones impuestas por una autoridad judicial a una persona que ha sido considerada culpable de haber cometido un delito o crimen. Estas sanciones pueden variar en gravedad y en su naturaleza, desde multas económicas y trabajos comunitarios hasta sentencias de prisión y penas de muerte.

El objetivo principal de la aplicación de penas es mantener el orden y la seguridad en una sociedad, y prevenir la comisión de futuros delitos. Además, también se busca que la persona que ha sido sancionada por un delito o crimen pueda comprender la seriedad de su acción y tome responsabilidad por sus acciones.

Iter Criminis

Según, Pavón Vasconcelos , el Iter criminis, no es otra cosa que las fases a través de las que se desarrolla el fenómeno jurídico al que llámanos delito, éste como producto del hombre tiene un proceso que transita por etapas a las que en conjunto llámanos el Iter criminis, que va desde la ideación hasta el agotamiento . Mientras que, para Carlos Parma, el Iter criminis es el derrotero que recoge el delito desde la idea del autor, hasta que culmine plenamente objetivado en el mundo exterior.

En tal sentido , Iter criminis también conocido como grados de desarrollo del delito , es un término incluido en el derecho penal y que hace referencia al camino que un sujeto activo, es decir, un delincuente, sigue desde el instante en que la idea delictiva surge en su mente hasta la consumación de la misma. Así bien, en este proceso se incluyen las diferentes etapas de preparación, planificación y otros pasos intermedios.

Fases:

El Iter Criminis, está compuesto por dos fases principales: a) la fase interna (ideación – deliberación – resolución o decisión) y b) la fase externa (actos preparatorios – actos de ejecución (tentativa) – consumación – agotamiento).

1. Fase interna:

Corresponden a la fase interna todos los estados por los que pasa el delincuente antes de cometer efectivamente el delito. Son estados que se producen en su mente y no son punibles, ya que además de que aún no se ha producido ninguna lesión sobre el bien jurídico protegido, no pueden probarse. Así bien, aunque pueda probarse que una persona haya pensado cometer un delito, el mero pensamiento no se puede penar. Los estados que se observan en la fase interna del Iter criminis son:

A) Ideación. Consiste en la imaginación, pensamiento o idea del delito, es decir, es la génesis de la idea delictiva que realizara el agente o sujeto activo; por ejemplo: “A” quiere robar a “B”.

B) Deliberación .Consiste en la elaboración y desarrollo del plan delictivo, es decir, es el planeamiento del delito a cometer, la forma o circunstancia a darse; por ejemplo: “A” quiere robar a “B”, para ello, se vale del uso de un arma de fuego, la misma que lo realizara durante la noche y en lugar poco transitado por personas.

C) Resolución o decisión .Consiste poner en práctica o exteriorizar el plan delictivo; por ejemplo: “A” decide robar a “B” mediante una pistola y durante la noche.

Entonces, en los tres momentos de la fase interna del delito son irrelevantes para el Derecho penal, no son punibles; es decir, el pensamiento no delinque, la misma que se traduce en el aforismo “cogitaciones poenam nemo patitur”.

2. Fase externa:

En esta fase, se empieza

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