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DERECHO AMBIENTAL - ECOTOPÍA


Enviado por   •  23 de Mayo de 2018  •  Ensayos  •  4.255 Palabras (18 Páginas)  •  96 Visitas

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ECOTOPÍA

Alumno: Josué Karim Morales de la Vega

Catedrático:  Isidro Vargas Prado

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL NORESTE

DERECHO AMBIENTAL

Piedras Negras, Coahuila a 15 de mayo de 2018


Contenido

INTRODUCCIÓN        3

ECOTOPÍA        4

C A S O S        7

CASO A        7

CASO B        9

CASO C        10

CASO D        11

CASO D        12

CASO B        13

CASO A        14

CASO C        16


INTRODUCCIÓN

Alguna vez nos hemos preguntado ¿Qué es la contaminación? O ¿Qué es un contaminante? Actualmente estos dos conceptos dominan la mayoría del mundo ya que son los elementos o el conjunto que hemos ido introduciendo al planeta Tierra por lo tanto hemos estado destruyéndolo en su mayoría sin darnos cuenta de todo el daño que le hemos estado provocando y a su vez a nosotros ya que pertenecemos en si al planeta Tierra.

A continuación, se mostraran algunas circunstancias en las cuales se deberá analiza, razonar y solucionar cada una de estas, en la vida cotidiana que llevamos no tomamos mucho en cuenta las acciones pequeñas pero al realizar estas multiplicadas por millones de personas que habitan tendrá un efecto gigantesco.

ECOTOPÍA

Usted se encuentra en el país de Ecotopía que tiene un territorio de un millón de kilómetros cuadrados (1’000,000 Km2) y una población de cincuenta millones de habitantes (50’000,000 hab.), es un país que se caracteriza por su creciente desarrollo económico.

Ecotopía contiene una gran variedad de bellezas naturales entre las que se incluyen bosques lluviosos, altas montañas, volcanes, lagos y hermosas playas en sus costas.

Por otra parte, este país se encuentra desde hace unos años en un período de bonanza económica, el aporte del Estado y de la empresa privada tanto nacional como extranjera es clave dentro del desarrollo económico que se está experimentando en Ecotopía; la industria turística, agroquímica y minera son las principales fuentes de ingresos de este país.

El aumento en el desarrollo económico ha permitido que los índices sociales también estén mejorando notablemente, es así que en este momento los programas educativos y de salud están siendo difundidos en casi todo el país.

Sin embargo, este desarrollo también ha estado deteriorando la calidad ambiental de Ecotopía; esto está sucediendo a un grado tal que el gobierno ha tomado ciertas medidas legales y administrativas tendientes a disminuir los altos índices de contaminación. La emisión de la Ley General de Aguas, publicada en el mes de Julio de 2008, es un claro ejemplo de lo anterior.

En la ley antes citada se creó dentro del Ministerio de Recursos Naturales, una Procuraduría General del Ambiente, la cual está encargada entre otras cosas de la vigilancia y aplicación del cumplimiento de las regulaciones contenidas en esa Ley General y en las sucesivas leyes ambientales que sean emitidas por el Congreso. Usted es actualmente el Director de esta Procuraduría, cuenta con recursos humanos y económicos muy limitados.

Con relación a su trabajo, la regulación más importante en la Ley General de Aguas es la contenida en el artículo 18, relativa a la contaminación de aguas, la cual dice:

“Se prohíbe arrojar aguas servidas, aguas negras, desechos o cualquier sustancia contaminante en manantiales, ríos, quebradas, arroyos permanentes o no permanentes, lagos, marismas y embalses naturales o artificiales, esteros, turberas, pantanos, aguas dulces, salobres o saladas.

Las instalaciones agroindustriales e industriales y las demás instalaciones, deberán estar provistas de sistemas de tratamiento para impedir que los desechos sólidos o aguas contaminadas de cualquier tipo destruyan la vida silvestre. La certificación de la calidad del agua será dada por el Ministerio de Recursos Naturales.

Las instalaciones que no cumplan con lo estipulado en este artículo serán clausuradas por el Ministerio de Recursos Naturales y los responsables serán multados con montos que irán de cincuenta mil ecos a doscientos mil ecos, o sancionados con pena de prisión de uno a dos años”.

En un artículo transitorio de la misma Ley General de Aguas, se da una excepción a la regulación antes citada por un plazo de 2 años, diciendo textualmente lo siguiente:

“La industria existente en el país, que arroje aguas servidas, aguas negras, desechos o cualquier substancia contaminante, en manantiales, ríos, quebradas, arroyos permanentes o no permanentes, lagos, pantanos, aguas dulces, salubres o saladas, contarán con un plazo de dos años después de la publicación de esta ley para instalar el respectivo sistema de tratamiento de aguas servidas, aguas negras, desechos o cualquier sustancia contaminante, durante este plazo no le será aplicable la sanción estipulada en el artículo 18.”

Nótese que el párrafo primero del artículo 18 contempla una prohibición absoluta de contaminar y que solamente es permitido hacerlo de acuerdo a los límites que el Ministerio de Recursos Naturales definirá para dar las certificaciones del agua de que trata el párrafo segundo. En  la ley se da la facultad al Ministerio de Recursos Naturales para definir estos límites de calidad del agua.

Asimismo, esta misma ley define a las aguas contaminadas como “aquéllas que no cumplen con los límites definidos en las certificaciones de calidad del agua que serán dadas por el Ministerio de Recursos Naturales.”

Una última previsión de esta ley, es aquélla que brinda el derecho a ejercer la acción pública, para hacer respetar las regulaciones contenidas en la misma ley. Por ello, tanto el público en general como organizaciones no-gubernamentales tienen ahora el derecho de acción legal.

En este momento (Julio del 2009), la situación en Ecotopía con relación a la citada ley es la siguiente:

  1. En el país existen aproximadamente 500 industrias y agroindustrias que ya instalaron o están en el proceso de instalar la respectiva planta de tratamiento, acorde con la ley y dentro del plazo establecido (antes de Julio del 2010). Estas son en su mayoría grandes o medianas industrias que cuentan con suficientes recursos económicos para asumir estas obligaciones.

  1. Además, existen en el país aproximadamente 350 instalaciones, incluyendo algunas agroindustrias e industrias (el número exacto es desconocido) que no han iniciado ninguna obra tendiente a cumplir la ley en el plazo establecido, con la instalación de plantas de tratamiento. Dentro de esta categoría se encuentran todo tipo de empresas: grandes, medianas, pequeñas, estatales y privadas.

Nótese que el artículo transitorio en la ley sólo exime de su cumplimiento por 2 años a las industrias y agroindustrias, pero no a las “demás instalaciones” a que hace referencia el artículo 18 de la ley. Por ello todas las “demás instalaciones” que no han instalado plantas de tratamiento, ya están incumpliendo la ley. El número de este tipo de instalaciones es indeterminado.

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