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Derecho Ambiental


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2013  •  1.218 Palabras (5 Páginas)  •  305 Visitas

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LEGISLACIÓN AMBIENTAL VENEZOLANAS

LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL O DERECHO AMBIENTAL ES UN COMPLEJO CONJUNTO DE TRATADOS, CONVENIOS, ESTATUTOS, REGLAMENTOS, Y EL DERECHO COMÚN QUE, DE MANERA MUY AMPLIA, FUNCIONAN PARA REGULAR LA INTERACCIÓN DE LA HUMANIDAD Y EL RESTO DE LOS COMPONENTES BIOFÍSICOS O EL MEDIO AMBIENTE NATURAL, HACIA EL FIN DE REDUCIR LOS IMPACTOS DE LA ACTIVIDAD HUMANA, TANTO EN EL MEDIO NATURAL Y EN LA HUMANIDAD MISMA.

¿QUÉ ES UNA NORMA AMBIENTAL?

La norma es el modo como se concibe y expresa el derecho ambiental, es decir; se refiere a una regla de conducta “obligatoria” o no, que se proporciona para un uso racional y sustentable de los recursos naturales y el medio ambiente.

¿CÓMO SURGE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL?

La legislación ambiental surge de la necesidad de responder ante la sociedad a los problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido dominar la naturaleza. El instruir e inducir al ser humano para que modere su comportamiento con el fin de proteger la vida, es tarea de la educación, pero exigir ese comportamiento a través de la norma y la coacción son propios del derecho.

¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL Y SUS FINALIDADES?

El objeto del derecho ambiental está destinado a gobernar, ordenar, regular, dirigir la vida humana y sus actos en relaciones con el ambiente

LAS FINALIDADES DEL DERECHO AMBIENTAL SON:

Definir los principios mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política ambiental, así como los instrumentos y procedimientos para su aplicación.

Regular el ejercicio de las facultades de las autoridades de la Administración Pública, en materia de conservación del medio ambiente, protección ecológica y restauración del equilibrio ecológico.

Conservar y restaurar el equilibrio ecológico, así como prevenir los daños al ambiente, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la conservación de los ecosistemas.

Establecer las medidas de control, de seguridad y las sanciones administrativas que correspondan, para garantizar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y de las disposiciones que de ella se deriven.

Regular la responsabilidad por daños al ambiente y establecer los mecanismos adecuados para garantizar la incorporación de los costos ambientales en los procesos productivos; y establecer el ámbito de participación de la sociedad en el desarrollo y la gestión Ambiental.

¿CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL?

INTRADISCIPLINARIO: Su autonomía no excluye de ningún modo su relación con las otras ramas del derecho, pues existe entre ella y las demás una interrelación, primaria y dinámica.

TRANSDICIPLINARIO: En el Derecho Ambiental no es suficiente tomar en cuenta fuentes de orden social o económico en un período o momento indicado, puesto que esta disciplina jurídica exige el aporte o la interacción de otras materias científicas que sean capaces de orientarle e ilustrarle en el proceso de comprensión del fenómeno ambiental, con el objeto de contar con los elementos verídicos que habrán de servirle de fundamento para la creación o reforma de nuevas normas o reglamentaciones de carácter ambiental.

DINAMICO: La constante evolución de las ciencias y tecnologías y su puesta en práctica, en ocasiones tienden a desembocar en una acción y efectos contaminantes o de deterioro del medio ambiente, situaciones éstas que obligan a realizar una mayor y actualizada labor legislativa o reglamentaria ambiental, con el fin de contrarrestar o prevenir sus efectos negativos.

INNOVADOR Y SOLIDARIO: Se distingue de otras disciplinas jurídicas por la existencia de una serie de elementos que le son propios, específicos y distintos de aquellos que caracterizan el desarrollo de otras materias normativas y doctrinales.

DISPERSIÓN NORMATIVA: Existencia de profusa cantidad de instrumentos jurídicos que tienen por objeto crear la sensación de gran protección, seguridad y actividad jurídica ambiental, cuando la realidad demuestra que persiste una gran desorientación en cuanto a la efectiva aplicación se trata.

ACTIVIDAD JURISDICCIONAL INTERNACIONAL IRRELAVANTE: Se ve privado de acceso a la jurisdicción como consecuencia de la dispersión normativa. Se utiliza para dirimir las controversias el Arbitraje.

AUSENCIA

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