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DERECHO LABORAL


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2014  •  735 Palabras (3 Páginas)  •  151 Visitas

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Definición Legal de Salario.

La remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador por la prestación de su servicio, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda.

Beneficios Sociales de Carácter No Remunerativo.

Se entienden como beneficios sociales de carácter no remunerativo:

1. Los servicios de los centros de educación inicial.

2. El cumplimiento del beneficio de alimentación para los trabajadores a través de servicios de comedores, cupones, dinero, tarjetas electrónicas de alimentación y demás modalidades previstas por la ley que regula la material.

3. Los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos.

4. Las provisiones de ropa de trabajo.

5. Las provisiones de útiles escolares y de juguetes.

6. El otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación, formación o de especialización.

7. El pago de gastos funerarios.

Los beneficios sociales no serán considerados como salario, salvo que en las convenciones colectivas o contratos individuales de trabajo, se hubiere estipulado lo contrario.

Recibo de Pago.

El patrono otorgará un recibo de pago a los trabajadores, cada vez que pague las remuneraciones y beneficios indicando el monto del salario.

Principio de Igual Salario a Igual Trabajo.

A trabajo igual, desempeñado en puesto de trabajo, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual.

Bono Nocturno.

La jornada nocturna será pagada con un treinta por ciento de recargo, sobre el salario convenido para la jornada diurna.

Horas Extras.

Las horas extraordinarias serán pagadas con un cincuenta por ciento de recargo, sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.

Jornada de Trabajo.

El tiempo durante el cual el trabajador está a disposición para cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo.

Límites de la Jornada de Trabajo.

La jornada de trabajo no excederá de cinco días a la semana y el trabajador tendrá derecho a dos días de descanso, continuos y remunerados durante cada semana de labor.

La jornada de trabajo se realizará dentro de los siguientes límites:

1. La

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