ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Espanol Y El Derecho

gabrielacristina16 de Noviembre de 2011

881 Palabras (4 Páginas)416 Visitas

Página 1 de 4

bla bla bla Indice: Encabezamiento

Estado libre asociado de puerto rico

tribunal de primera instancia

centro judicial de mayaguez

sala superior

epigrafe: numero civil- J-AC2009-1234

juanita empleada vd dept de eduacion

Indice de anejo

(table)

anejo Descripcion Pagina

aglunos pueden ser: nombramiento, escrito de apelacion al casp, carta de cesantia,

INTRODUCCION

Trasfondo procesal del caso.

Cuando se presenta la demanda.

La demanda en el caso de epigrafe se presento el 20 de octubre de 2009.

Ela contesta en enero 2010. Luego de presentarse la correspondiente alegacion es responsiva y haberse efectuada el descubrimiento de prueba. NO existiendo controversias de hechos materiales en el presente caso, entendemos que lo que resta es aplicar el hecho.

II. Hechos Incontrovertidos:

III Controversias Juridicas

es constiucional la seccion 4 de resoliciones conjunta bla bla

es nulo el nombramiento de juanita empleada (son contingentes)

tiene jurisdiccion el tribunal.

Derecho aplicable

No se agoto remedio administrativo(defensa del estado). Escrbir pq el tribunal tiene jurisdiccion. Pq la agencia CASP no esta facultada en ley para declarar inconsitucional una ley. COntroversia que estoy trayendo es estrictamente en derecho. Y el perito en derecho es el tribunal. Lo que hay q resolver es si es incostituciona la seccion 4 o no. Excepcion para q aplique la necesidad de que no hay q agotar remedios es que lo se esta plantiando es asunto de derecho. Exponen pq razon el tribunal tiene jurisdiccion para entender en el mismo. bajo las excepciones. asunto de derecho. que el casp no puede entender.

Dos conroversias: 1. si juanita puede ir al tribunal 2/ si la seccion 4 es inconsitcional o no.

Caso first federal v. Asociacion ver

Hablar sobre la jurisdiccion. Agotamiento .

Ley 184 establece en el art 13 creo que la comision casp tiene jurisdiccion exclusiva de cesanteo , bla ba, Usted tiene q ir a ese foro para atender eso. Eso es jurisdiccion priaria exlusiva la ley faculta en primera instancia al ente administarivo para entender estos casos. sobre la controversia. Jurisddcion exclusiva o estatutaria.

La primaria o concurrente se refiere cuando el tribual como la agencia tienen la facultad para entender la controversia.

radico en daco y cuando termina puede entablar en el tribunal bajo revision judicial.

es la por conveniencia.

Si vas primero a ltribunal, la otra gente puede reclamar que la agencia es quin tiene expertise. ese criterio a cual de los dos ir, va a depender de varios criterios entre ellos es el grado de expertise de la agencia. depende de la competencia. Tribunal va a decir resuelva usted primero y despues resuelvo yo. Jurisdccion del tribunal no se pierde so se le pospone para una etapa posterior. revision judicial no puede redimisirse, por la separacion de poderes pq el tribunal es el interprete de la ley, no se puede privar caso de marbury.

una vez eestoy en la agencia hay q agotar los remedios. seccion 4.3 dano iminente o recurso se torna futil por el tiempo q ha transcurrido , la dilacion de la agencia. y hay una disposicion en la PAo que todo caso administrativo se resuelva en 180 dias desde que se presenta la querella. Elias vs Junta- termino de 180 dias es directivo no mandatorio. es lo que deberia ser.

Una vez estoy en agencia voy a la doctrina de agotamiento una vz estoy en la agencia tengo q agotar los remedios a menos que tengo excecion

Aplicar todas las excepeciones que apliquen del 4.3.

Pueden citar Echevarria, demetrio fernandez quinones federal

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com