LA EDUCACIÓN INCLUSIVA EN EL CONTEXTO LATINOAMERICANO
leticia111213 de Marzo de 2014
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LA EDUCACIÓN INCLUSIVA EN EL CONTEXTO LATINOAMERICANO
Soy de la idea de que hay que llevar a cabo un proceso de cuestionamientos y reflexiones en torno a la adopción, que se ha hecho en nuestro país en los últimos años, de los proyectos de atención a la diversidad, partiendo del análisis de los términos involucrados como el de integración y el de inclusión ¿cómo se conciben?, ¿cómo llevan a que se asuma la diversidad?, ¿cómo se efectúan en la práctica educativa?, ¿a qué nos remite el pensar en la educación inclusiva como una continuidad de la integración educativa?, ¿a qué nos remonta el pensarla como un paradigma propio?, ¿por qué el intento conciliar (sincretizar) en México a los dos proyectos, en uno que sitúa a la integración como el momento de transición hacia la inclusión, algo muy parecido a un propuesta ecléctica de atención a la diversidad? y ¿Por qué si en sus inicios se planteó un manejo hispano del concepto de integración, el cual resultaba equiparable al de inclusión en su origen anglosajón en el último año, se da un viraje hacia la inclusión, con la adopción de elementos propios del paradigma de la educación inclusiva, pero sin dejar de lado la acotación sobre la población estudiantil a la que va dirigida, aquella con NEE?
Ante esta situación en los países latinoamericanos, entre ellos México, considero que es necesario hacer un alto y decir que la educación inclusiva (emergida desde la noción anglosajona del término), no corresponde a una propuesta correctiva de fallidas prácticas integradoras, sino que se plantea como una alternativa más amplia. Esto nos conduce al necesario análisis en torno al origen y manejo de los conceptos de integración e inclusión, los sustentos legales que les caracterizan y su impacto en el contexto educativo mexicano, por lo que en los siguientes apartados intentaré dar respuesta a estas interrogantes, que inevitablemente llevan a plantear más preguntas que asoman a nuevos campos de análisis y reflexión sobre lo que considero una tendencia ecléctica y sincrética que pretende poner sobre un mismo telón, dos propuestas que si bien tienen un fin ético y buscan una educación para todos y con todos, en el respeto y la equidad, hay momentos en los que se contraponen decisivamente.
1.2.1. Origen y manejo de los conceptos de integración e inclusión en México: su impacto en las propuestas de atención a la diversidad
Para comprender la evolución del modelo de la educación inclusiva en nuestro país es imprescindible remitirnos a los conceptos de “inclusión” e “integración”, partiendo del planteamiento de Rosa Blanco Guijarro (1999), quien manifiesta que el término de inclusión, se ha empezado a utilizar como sinónimo de integración, cuando se trata de dos conceptos y aproximaciones distintas, pues la integración:
Está referida al grupo específico de personas con discapacidad y es un movimiento que surge desde la educación especial e implica la transformación de ésta.
Obviamente, la integración también implica modificar las condiciones y funcionamiento de la escuela común, pero el énfasis ha estado más en lo primero que en lo segundo.
Con gran frecuencia la integración ha implicado trasladar el enfoque educativo individualizado y rehabilitador, propio de la educación especial, al contexto de la escuela regular, de tal forma que en muchos casos no se ha modificado la práctica educativa de las escuelas, y sólo se ha ajustado la enseñanza y prestado apoyo específico a los niños “etiquetados como de integración. (9)
La inclusión, como ella misma propone, se ha planteado como un concepto:
Más amplio que el de integración y parte de un supuesto distinto, porque está relacionada con la naturaleza misma de la educación general y de la escuela común. La inclusión implica que todos los niños de una determinada comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales. Se trata de lograr una escuela en la que no existan “requisitos de entrada” ni mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo; una escuela que modifique substancialmente su estructura, funcionamiento y propuesta pedagógica para dar respuesta a las necesidades educativas de todos y cada uno de los niños y niñas, incluidos aquellos que presentan una discapacidad. (9-10)
Por su parte, Pilar Arnaiz Sánchez argumenta: el concepto de inclusión, comienza a escucharse en el contexto anglosajón, especialmente en Estados Unidos, Canadá y el Reino Unido, y que su equivalente en España, es aquel que define a las escuelas integradoras. (1996:25). En este sentido la diferencia entre “inclusión” e “integración”, se manifiesta, según Lucía Amoros Poveda, en el significado inglés de ambos términos, y es que en inglés incluir e integrar tienen connotaciones diferentes:
El verbo incluir en inglés implica formar parte de un grupo, del todo. El verbointegrar supone hacer que alguien que está fuera se adapte a las características de quienes están dentro con el fin de formar parte de ese grupo. En otras palabras (...) que, quien se refiera a incluir no habla de hacer que nadie se adapte a nadie, quien se refiera a integrar está considerando a una comunidad con unas características establecidas y por tanto asumiendo que quien quiera introducirse en ella deberá ajustarse a esas características. En español por el contrario, incluir adopta unas connotaciones más específicas y concretas (...) mientras que integrar es más amplio adquiriendo un mayor significado integrador que el término anterior. El verbo integrar asume que la parte que falta supone una carencia para el todo. En otra acepción se entiende que aquel sujeto que no está debe estar, debe incorporarse (y no convertirse) al grupo para formar parte de él. Cuando en España se habla de integración esto es lo que se entendería. (2000:1)
Desde la primera perspectiva, entenderíamos que cuando hablamos de incluir no hacemos referencia a que una persona que ha sido excluida de la sociedad de la que forma parte, tenga que homogeneizarse con las exigencias de la comunidad para ser aceptada, mientras que por el contrario, si hablamos de integrar, tendríamos que asumir que sí, que quien desea ser incorporado a una sociedad, debe necesariamente, ajustarse a las condiciones establecidas.
Desde la segunda perspectiva, entenderíamos que la integración supera el simple hecho de incluir o ubicar a un sujeto en la sociedad de la que forma parte, sino que exige la transformación progresiva de las estructuras sociales.
Partiendo de estos planteamientos, podemos entonces decir que al menos en su nacimiento, lo que para el contexto anglosajón es inclusión, supone para el contexto español integración. Sin embargo, en la práctica lo que ha sucedido es que en inglés el término de integración, es el que se ha visto reflejado en los resultados de la integración escolar, de tal forma que puede interpretarse que en países de habla hispana, se habla de integración, con el significado que aporta la lengua inglesa. (Amoros, 2000:1)
En América, mientras que en países como Estados Unidos, se pretende unificar a los estados de la unión en un conjunto de medidas para la Educación Básica, entre las que se encuentran los criterios para la inclusión (una educación para todos y con todos) y la integración (que todos los niños con discapacidad se eduquen en las aulas regulares), en Canadá, se funda el movimiento que ha trascendido al plano internacional y se ha establecido la Asociación Mundial por la Inclusión, en tanto que en América Latina y el Caribe, las acciones se orientan a la integración educativa de niños y niñas con NEE con o sin discapacidad, y por lo tanto, la atención a la diversidad, es promovida desde la educación especial.
En este sentido, cabe recuperar la premisa implícita en el primer objetivo estratégico para la Educación Básica en México, el expresado en el Programa Nacional de Educación 2001-2006, en el cual se norma la propuesta de la integración educativa en nuestro país, y que evidencia una vinculación con el manejo del concepto de integración, en el amplio sentido que adquiere desde su connotación hispana, equiparable al concepto de inclusión, en su sentido anglosajón, y, en el marco legal del artículo 3° de la Constitución Política Mexicana, que en su primer párrafo estipula que todo individuo tiene derecho a recibir educación:
Alcanzar la justicia educativa y la equidad, entendida en los siguientes términos: “Garantizar el derecho a la educación expresado como la igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro educativo de todos los niños y jóvenes del país en la educación básica”. (En: Mussa, n.d:5)
En correspondencia con esto, se planteó a la integración educativa, como: “…el proceso a través del cual se garantiza el acceso al currículo de educación básica a todos los niños; este proceso suele ser denominado como atención a la diversidad.” (Barraza, “n.d.”, consultado el 14 de agosto de 2008, en página Web:http://www.psicologiacientifica.com/bv/psicologiapdf-180-discusion-conceptual-sobre-el-termino-integracion-escolar.pdf)
Una interpretación de lo que ha venido a ser considerado como el principio ideológico de la integración educativa “…conduce a una valoración positiva de las diferencias humanas; (…) la aceptación de la diversidad se vuelve una norma y la lucha contra cualquier forma discriminadora o creadora de marginación en la sociedad se constituye en un valor.” (Barraza,
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