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TALLER DE MANEJO DE LAS INFORMACIONES

Miny8813 de Octubre de 2013

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INSTITUTO CIENTIFICO Y TECNOLOGICO DEL EJÉRCITO

ESCUELA DE PREGRADO

Carrera Profesional Gestión de Seguridad y Riesgos

TRABAJO MONOGRAFICO

ASIGNATURA: VIOLENCIA E INSEGURIDAD CIUDADANA

TEMA: “TALLER DE MANEJO DE INFORMACIÓN PARA ENFRENTAR LA VIOLENCIA Y LA INSEGURIDAD CIUDADANA.”

PRESENTADO POR:

ALUMNO: GUTIERREZ SOTO, LUIS EDUARDO

LIMA – PERÚ

2013

AGRADECIMIENTO

A DIOS TODO PODEROSO, de quien procede toda sabiduría y toda ciencia y quien guía e ilumina mi vida en los momentos difíciles, a él sea toda honra y toda gloria porque sin el nada podemos hacer. A mis padres y hermanos por su inestimable amor, comprensión y apoyo incondicional durante toda mi vida.

INDICE GENERAL

INTRODUCCIÓN 5

CAPITULO 1. CONSEJOS DE SEGURIDAD 8

1.1. MARCO LEGAL Y FUNCIONES 8

1.2. QUIÉNES FORMAN PARTE DE LOS CONSEJOS DE SEGURIDAD 8

1.3. FUNCIONES DE LOS CONSEJOS DE SEGURIDAD 11

1.4. PERIODICIDAD Y MANEJO DE LOS CONSEJOS SEGURIDAD 12

CAPITULO 2. GESTION DE LA SEGURIDAD 14

2.1. BENEFICIOS PARA LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD 14

2.2. COMITÉS DE ORDEN PÚBLICO 18

2.2.1. Quiénes forman parte de los Comités de Orden Público? 18

2.2.2. Funciones de los Comité de Orden Público: 18

2.2.3. Cómo funcionan los Comités de Orden Público. Beneficios para la gestión de la seguridad 18

CAPITULO 3. FONDOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD 19

3.1. MARCO LEGAL 19

3.1.1. ¿Qué son los Fondos Cuenta de las entidades territoriales? 20

3.1.2. Dé dónde provienen los recursos de los Fondos Cuenta de las entidades territoriales 20

3.2. ELEMENTOS PARA PLANEACIÓN DE LA CONVIVENCIA, LASEGURIDAD 21

CIUDADANA Y EL ORDEN PÚBLICO 21

3.2.1. Consideraciones iniciales 21

3.2.2. Algunas definiciones convenientes: 22

3.2.3. Objetivo 22

3.2.4. Estrategia 22

3.2.5. Diagnóstico de la situación de seguridad, convivencia y orden público 23

3.2.6. Posibles políticas a tener en cuenta para un Plan de Seguridad y Convivencia 24

3.2.7. Fortalecimiento institucional para el manejo de la convivencia y seguridad ciudadana. 24

3.2.8. Fortalecer la acción de las autoridades de seguridad y de justicia punitiva que prestan sus servicios en el Departamento y/o Municipio. 26

3.2.9. Acercar la justicia restaurativa a los ciudadanos 27

3.2.10. Reducir los factores de riesgo 27

3.2.11. Atención a grupos vulnerables y minorías 28

3.2.12. Recuperación y mejoramiento de entornos urbanos que facilitan los actos delictivos 30

4. RESUMEN Y CONCLUSIONES 30

INTRODUCCIÓN

Teniendo en cuenta que la inseguridad está en el centro de las preocupaciones de los colombianos, especialmente por el negativo impacto que este fenómeno tiene sobre la calidad de vida de los ciudadanos, se diseñó en el marco de la política de “Seguridad Democrática”, el Programa Departamentos y Municipios Seguros –DMS- con cobertura nacional para apoyar a las autoridades departamentales, municipales y de policía en el manejo de las problemáticas de convivencia y seguridad ciudadana.

En el marco de este programa la Policía Nacional y el Ministerio del Interior y de Justicia han venido liderando la coordinación de las distintas acciones de las instituciones del orden local y nacional con el ánimo de enfrentar de manera integral y preventiva los factores que afectan la convivencia y seguridad ciudadana.

El Programa se apoya en una visión de seguridad ciudadana, definida como la condición de libertad en la cual los ciudadanos pueden ejercer sus derechos, libertades y deberes sin sentirse víctimas de amenazas, para poder gozar de adecuadas condiciones de bienestar, tranquilidad y el disfrute de la vida en sociedad.

El Programa se inició de manera oficial en el mes de marzo del 2004 con la asesoría técnica de expertos de la Universidad de Georgetown, la Fundación Ortega y Gasset y financiado con recursos de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional –USAID-, y el liderazgo de los Ministerios del Interior y de Justicia y de Defensa Nacional.

El Programa “Departamentos y Municipios Seguros”, es liderado por la Dirección General de la Policía Nacional y la Oficina de Asuntos Territoriales y Orden Público del Ministerio del Interior y de Justicia. La coordinación del programa esta a cargo de la Oficina de Gestión Institucional de la Policía.

Esta última instancia a través de los Comandantes de Departamento y Municipios, ha apoyado y asesorado a los Gobernadores y Alcaldes en el diseño, implementación y evaluación de los diferentes planes, programas y proyectos para el mantenimiento de la convivencia, la seguridad ciudadana y el orden público. Desde su lanzamiento en Marzo 2004, el Programa DMS se ha venido implementando en coordinación directa con las 32 gobernaciones y Comandos Departamentales de Policía, con los 1.098 alcaldes y Comandos Municipales y las unidades Metropolitanas, así como a través de las ocho regiones operativas de la Policía Nacional1.

Las actividades del programa DMS para el periodo 2004-2007 están divididas en tres fases: Fase 1.

Sensibilización y capacitación (Marzo-Diciembre 2004) de las autoridades territoriales y del personal de la Policía en el manejo y gestión de la convivencia y la seguridad ciudadana y en la elaboración de los respectivos planes. Fase 2. Acompañamiento a las autoridades departamentales y municipales (Enero-Agosto 2005) para la formulación de políticas de seguridad y convivencia ciudadana. Esta fase busca institucionalizar el manejo de estos temas en cabeza de todos los gobernadores y alcaldes del país, en coordinación con los organismos de seguridad y justicia, con una amplia participación de las comunidades. Fase 3. Consolidación (2006), se ejecutará, evaluando los resultados de las anteriores fases.

A continuación se presenta algunos cuadros donde se aprecia la violencia y la inseguridad ciudadana

CAPITULO 1. CONSEJOS DE SEGURIDAD

1.1. MARCO LEGAL Y FUNCIONES

Teniendo en cuenta la responsabilidad legal y constitucional que tienen los Gobernadores y Alcaldes en los temas de seguridad y orden público los Consejos Departamentales, Municipales, Regionales y/o Metropolitanos de Seguridad se constituyen en un instrumento importante para la gestión y manejo interinstitucional de la seguridad ciudadana en los departamentos y municipios.

Los Consejos de Seguridad se fundamentan en el Decreto 2615 de 1991, por medio del cual se organizaron los Consejos Departamentales de Seguridad, el Consejo de Seguridad del Distrito Capital, se crearon los Consejos Regionales y Metropolitanos de Seguridad, se facultó a los Gobernadores para autorizar u ordenar la conformación de Consejos Municipales de Seguridad y se crean los Comités de Orden Público. Estos últimos se fortalecieron mediante el decreto 2170 de 2004 por medio del cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana FOSECON y los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales.

1.2. QUIÉNES FORMAN PARTE DE LOS CONSEJOS DE SEGURIDAD

A los Consejos Departamentales de Seguridad deben asistir y no pueden delegar:

• El Gobernador del Departamento, quien lo presidirá

• El Comandante de la guarnición militar

• El Comandante del Departamento de Policía ó Metropolitana

• El Director Seccional del Departamento Administrativo de Seguridad DAS

• El Procurador Departamental o Provincial

• El Director Seccional de Orden Público o su delegado

• El Secretario de Gobierno Departamental, quién hará las veces de Secretario del Consejo

En el caso de los Consejos Municipales de Seguridad los Gobernadores son quienes deben autorizar la conformación y funcionamiento de los mismos a los cuales deben asistir y no pueden delegar:

• El Alcalde, quien lo presidirá

• El Comandante de la guarnición militar

• El Comandante del Distrito o Estación de Policía

• El Subdirector Seccional o Jefe del Puesto Operativo del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS

• El Procurador Provincial o en su defecto el Personero Municipal

• El Director Seccional de Orden Público o su delegado

• El Secretario de Gobierno Municipal o el Secretario de la Alcaldía, quien ejercerá la Secretaría del Consejo.

• Teniendo en cuenta la organización territorial, el Decreto prevé la existencia del Consejo Distrital de Seguridad. A este consejo deben asistir y no pueden delegar:

• El Alcalde del Distrito Capital, quien lo presidirá

• El Comandante de la guarnición militar

• El Comandante

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