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LOS VALORES JURIDICOS


Enviado por   •  15 de Marzo de 2015  •  Informes  •  1.153 Palabras (5 Páginas)  •  259 Visitas

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LOS VALORES JURIDICOS

El problema axiológico: Si el obrar humano consiste, muy genéricamente en la asunción concreta y activa de unos valores, es necesario aclarar lo que significa el término valor y toda su problematicidad. Hay que tener en cuenta que los valores para ser reales, tienen necesidad del mundo concreto, material y humano, en el que se realizan. Los valores no existen si no son encarnados de algún modo en el mundo visible.

Hay tres problemas fundamentales de la filosofía del Derecho: el ontológico, el lógico, y el axiológico.

La reflexión en profundidad sobre el estatuto lógico de los discursos ontológicos. No obstante, me parece evidente que las tesis ontológicas no son enunciados empíricos, y que por lo tanto no son ni verdaderas ni falsas. Me inclino a pensar que todas las asunciones ontológicas son (reducibles a) una estipulación, o a algo análogo a una estipulación. Me parece, en otras palabras, que “introducir (o admitir) en el mundo” una entidad no es lógicamente diverso que introducir en el discurso el concepto que sirve para describirla (o al menos para hablar de ella); y que, simétricamente, “excluir del mundo” una entidad no es lógicamente diverso de excluir del discurso el concepto que sería necesario (o que otros consideran necesario) para describirla.

Los valores en generales: los valores son cualidades o esencias objetivas y a priori, que se encuentran en los objetos en la realidad cultural.

Son objetivos cualquier disposición jurídica aunque el legislador no haya pensado para su justicia.

Son priori, porque existen independientemente de los objetos reales.

Bipolaridad esto significa que cualquier valor puede ser positivo; aunque cualquier norma jurídica puede ser justa o injusta.

Jerarquía los valores se pueden ordenar jerárquicamente y por ello se habla de preeminencia de tales y cuales valores.

Los valores jurídicos: todo objeto cultural es valioso positiva o negativamente por lo que pertenece al derecho cultural del mundo no ha de escapar a tal carácter.

El derecho como valor de conducta es la norma o institución jurídica, el hombre puede practicarla valorativamente en función de su justicia.

Carácter particular de los valores jurídicos: la bilateralidad de los valores jurídicos que presentan indudablemente los caracteres genéricos de todos los valores. Demás con la conformidad con lo expuesto a las diferencias entre el derecho y la moral.

Valores positivos y valores puros. En los valores están los reales, o contingentes, o relativos, etc.

Aunque es algo evidente y no necesita explicación algún.

Enumeración de los valores jurídicos: se dice que la filosofía actual a establecido de manera indudable, que la justicia no es el único valor jurídico., sino que en la realidad existen grupos de valores al derecho que se constituye en un verdadero plexo valorativo.

La libertad espiritual no es un valor jurídico: teniendo en cuenta que la libertad es el presupuesto de la conducta del derecho.

Esta consideración ontológica impedirá toda con función.

Libertad y libertad política: se dice que sin libertad no hay justicia, en este sentido filosófico de esta palabra habrá allí donde exista una comunidad humana e incluso en los estados totalitarios, aunque toda persona tiene derecho a la libertad de expresión.

En foque filosófico del problema valorativo: en el derecho se en cierran valoración de conductas, referidas a todos los valores del plexo estimativo.

Por ende motivo que toda una norma jurídica es una forma de realización acertada o no del orden, la seguridad la paz, y la justicia.

La axiología jurídica y el problema de la justicia:

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