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TEORIAS DE LA JUSTICIA

jorkamaron5 de Noviembre de 2011

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1.- Diversas Concepciones de Justicia y su problemática

Definición de Justicia:

El concepto de justicia tiene su origen en el término latino iustitĭa y permite denominar a una de las cuatro virtudes cardinales, aquella que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece. La justicia es aquello que debe hacer según el derecho, la razón y la equidad.

De los Sofistas a Santo Tomás de Aquino

La primera concepción de justicia que hubo en Grecia, sostenida por muchos trágicos y filósofos presocráticos, fue la de que algo es justo cuando su existencia no interfiere con el orden al cual pertenece, de lo que se infiere que la justicia es que cada cosa ocupe su lugar en el mundo. Es la conocida como concepción “cósmica” de la justicia. Los sofistas, no concibieron así a la justicia, sino que la entendieron como que es justo e injusto todo aquello que se acuerde que es así. Es decir, estimaron que la justicia es por “convención”, y no encontraban ninguna relación entre la justicia y la felicidad. Además mantuvieron la posición de que era justo revindicar las injusticias, es decir cabía dentro de su concepción de justicia, la venganza, el “ojo por ojo, diente por diente”.

Es esta última afirmación, la que nos da el pie para entrar en la concepción platónica de justicia. En “Critón y el deber del ciudadano”, Sócrates le dice a Critón: “Luego, no se debe volver injusticia por injusticia, ni hacer mal a nadie, sea cual fuere el mal que nos haya hecho”. Se hace necesario introducir un concepto muy importante de la época que eran las cualidades morales deseables, las virtudes cardinales, que eran la sabiduría, el valor, la templanza y la justicia. Y lo que hace Sócrates es reivindicar la cualidad de la justicia. Él decía que “el hombre debe amar por encima de todo la virtud, la justicia, las leyes y la obediencia a estas”. Argüía Sócrates que las leyes es a quien se le debe la existencia, por lo que “no hagas más aprecio ni de tus hijos, ni de tu vida, ni de cosa del mundo, que de la Justicia”. No está clara la dicotomía entre el pensamiento socrático y el platónico, y como no es nuestro menester resolverla, nuestra idea es focalizar en platónico.

Para Platón, el tema de la justicia, era un problema capital. Incluso, su mayor obra, “La República” se centra en gran parte en este tema. Él se interesó en la justicia como virtud y fundamento de la constitución del Estado- ciudad. Considera que en un Estado-ciudad ideal debe reinar la justicia, y viceversa, es decir donde reina la justicia hay un Estado-ciudad ideal. Platón es un acérrimo opositor de las anteriores concepciones de justicia. Principalmente, en “la República”, se opone a la concepción del sofista Trasímaco, el cual afirmaba que “la justicia es un modo de servir los propios intereses, que son los intereses del o de los que tienen el poder”. Para rebatir esto, él considera que hay una estrecha relación entre la justicia y la felicidad. En una sociedad justa, hay justicia para todos, y una sociedad que sea justa, es una sociedad feliz. Llega a esta afirmación al concebir tres tipos de bienes: los bienes deseables por sí mismos, los bienes deseables por sí mismos y por su consecuencia, y aquello que no son deseables por sí mismos, pero sí por su resultado. Esto le permite a Platón concebir a la justicia como fundamento de la felicidad y a esta como principio de justicia. Piensa que la justicia es uno de los bienes que son deseables por sí mismos y por su consecuencia, y por ende debe ser universal.

Aristóteles, comparte con Platón que la función principal de la justicia se halla en ámbito político. Pero amplia estas nociones, introduciendo una división de la justicia. Él divide a la justicia en distributiva y correctiva. La primera consiste en la distribución de honores, de fortuna y de todas las demás cosas que cabe repartir entre los que participan de la sociedad, mientras que la segunda hace referencia a la justicia que regula las relaciones tanto voluntarias como involuntarias de unos ciudadanos con otros. En otras palabras, la primera hace relación a lo que le es impuesto, mientras que la segunda hace referencia a la persona en particular. Más, Aristóteles había visteo que la justicia debe ser aplicada atendiendo a todas las circunstancias que concurren en un caso de terminado y fijándose más en el espíritu que en la letra de la ley para evitar aplicaciones indiscriminadas: summun ius, summa inuria. Conocido como epikeia, este es un principio limitador de la justicia, comúnmente aceptado en la actualidad.

Con la introducción del cristianismo, hay un sutil cambio en la concepción de justicia, apareciendo elementos que están por encima de esta y que a su vez son los pilares de la formación de la justicia, como son la caridad y la misericordia. Para San Agustín, lo esencial es amar, ya que todo lo que se haga con amor está libre de ser injusto. En la justicia se otorga a cada uno lo que se le debe; en la caridad, más de lo que se le debe.

No con esto, los autores medievales prescindieron del concepto de justicia. Santo Tomás de Aquino, consideró a la justicia como un modelo de regulación fundamental de las relaciones humanas. Santo Tomás sigue la línea aristotélica de las dos clases de justicia, pero agrega una más. Además de la justicia conmutativa y la distributiva, introduce la justicia legal o general, que establece las leyes que tienen que obedecerse y regula las relaciones entre los miembros de la sociedad.

Esta postura tomista, da lugar a la discusión entre la ley natural y la ley divina. En el nuevo testamento queda clara la idea de Jesucristo en cuanto a esto cuando dice “Denle al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios”, diferenciando claramente entre ambos tipos de leyes, y que a su vez aceptando la justicia mundana. Incluso en el Nuevo Testamento, Jesús proclama el reino de Dios que representa la realización de la justicia de Dios. De hecho Pablo en vez de hablar de reino de Dios habla de Justicia de Dios.

Más importante es todavía que la constatación de que según el Nuevo Testamento Jesús, especialmente en Mateo, realiza la justicia de Dios en su propia persona. Su preocupación por los pobres y marginados encarna la justicia del Dios justo. El amor “tratar al prójimo como uno quiere ser tratado, como otro yo”, constituye la base y el alma de toda justicia: las normas y criterios de justicia tienen que expresar las exigencias del amor, los que siguen a Jesús en esta praxis se convierten en la justicia de Dios presente en el mundo. Jesús se convierte en el criterio último de lo que es la justicia: practicar la justicia es seguir a Jesús.

La otra cara: Maquiavelo, Hobbes y Hume

Nicolás de Maquiavelo, modifica en cierta manera la concepción de justicia que en cierta manera compartían Platón, Aristóteles o Santo Tomás. Se acerca más a la idea de Trasímaco, la de que la justicia es de lo más poderosos. Esta idea se ve claramente en el capítulo XVIII de su obra más conocida, El Príncipe. La idea principal de la obra El Príncipe responde a una defensa apasionada de cuál es el mejor modo de llevar a cabo las conveniencias del Estado. La ideología maquiavélica al respecto se refleja a través de una ética que no contempla más que llegar al fin perseguido, debido a lo cual quedarán automáticamente justificados todos los medios utilizados para ello, por condenables que puedan parecer, la famosa y nunca bien ponderada frase maquiavélica “el fin justifica los medios”.

Maquiavelo a lo largo de su obra “El príncipe” entiende que la justicia es particular a cada pueblo, y por esto recomienda que en aquellos lugares donde este muy claro el concepto particular de justicia, este se mantenga, porque es el único medio que se tiene para conservar a un pueblo así. No defiende él los malos actos, ni las injusticias, pero admite que estos medios son necesarios para preservar a los conquistados.

Por tanto, cabe hacer una posible lectura de lo que es la justicia para Maquiavelo: no existe una medida de lo justo y lo injusto, y lo demuestra con las grandes diferencias entre los distintos pueblos, por lo que la justicia debe ser la que imponga el soberano. Es él él único que está capacitado para determinar lo justo y lo injusto, que es lo que está bien y lo que no. No entiende a la justicia como un medio para la felicidad, sino que un medio para mantener el poder que es lo más importante.

Pero Maquiavelo no está solo en la idea de que la justicia está basada en el poder absoluto del soberano. Autores como Hobbes también defienden esta idea. Para este, el soberano representa un acuerdo entre los miembros de la sociedad para evitar la guerra de todos contra todos, en un supuesto “estado de Naturaleza”. Por medio de un contrato suscrito por todos los miembros de la sociedad, estos delegan la autoridad en un soberano, aceptando las leyes impuestas por este, por más que estas no sean justas, y acatando las mismas, sin derecho a desobedecerlas o a criticarlas. Hobbes entiende a la justicia dentro del carácter formal de las leyes, la concepción formal de la justicia, por lo que se deduce que para él, la justicia estaba en manos de soberano absoluto.

Por su parte, hay quienes se opusieron a esta idea, como Hume y los utilitarios, quienes estimaron que lo justo es lo que está en conformidad con el interés de todos los miembros de la sociedad. Para estos, la justicia es equiparable a la utilidad pública. Esta es conocida como la concepción material de la justicia. Se dice material, porque se funda en una realidad concreta, que es la utilidad de todos los ciudadanos, o el mayor bien posible para el mayor número posible de

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