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Corporativo

deydreming18 de Noviembre de 2013

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PRIMERA UNIDAD

INTRODUCCIÓN AL DERECHO CORPORATIVO

DEFINICIONES

Estos conceptos o este tipos o ramas del derecho son sumamente complejas de otorgarle una definición y también una diferenciación entre cada una de las tres ramas del derecho a las que nos referimos, esto es porque tienen interferencia con casi todas las demás ramas del derecho por lo que su complejidad do su ámbito de competencia es muy basto, como basto es el auxilio de las demás ramas del derecho en estas dichas ramas a definir.

Aun así se darán definiciones tratando se ser lo más claros y elocuentes posibles.

DERECHO CORPORATIVO:

Conjunto de normas jurídicas que regulan las sociedades comerciales y el comportamiento de esta frente a las demás agentes económicos.

DERECHO EMPRESARIAL:

Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las empresas, empresas entre empresas y entre los factores de producción, siendo una de sus principales ramas el derecho comercial.

DERECHO COMERCIAL:

Conjunto de normas jurídicas que constituyen una rama autónoma de las ciencias jurídicas proveniente de los usos y costumbres comerciales que regula las relaciones derivadas del comercio y anexos a él.

Expresadas ya las definiciones conducentes a estas ramas del derecho se pasara a dar una diferenciación entre estas tres ramas del derecho

DIFERENCIACIÓN ENTRE DERECHO CORPORATIVO, COMERCIAL Y EMPRESARIAL

El Derecho Comercial versa solo entre comerciantes, el empresarial entre empresas, empresas con el comerciante y el interior mismo de la empresa y el corporativo sería lo mismo que el empresarial solo que jerárquicamente estaría como género o base el derecho corporativo y como especie o ramificación del mismo, el derecho empresarial.

Teniendo la diferenciación entre estas tres ramas del derecho que son sumamente difíciles de definir y entre sí muy parecidas.

Se expresara la relación de este derecho con otras ramas del derecho.

RELACIÓN CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO

DERECHO CONSTITUCIONAL:

Porque de la Constitución dimana todo derecho.

DERECHO LABORAL:

Puesto que en la empresa existirán siempre una relación de trabajó, puesto que dentro d ella misma se realizan trabajos.

DERECHO AMBIENTAL:

Puesto que la empresa general un impacto ambiental ya sean los residuos, los productos o el edifico mismo.

DERECHO BANCARIO:

En virtud de que la empresa está en contacto con la banca múltiple o de desarrollo a través de cuentas, créditos y demás acciones bancarias.

DERECHO ADUANERO:

Por las relaciones comerciales exteriores que pueden tener las empresas o las sucursales de la misma.

DERECHO MERCANTIL:

En virtud de que la empresa ofrece productos o servicios y por ende jurídicamente en el comercio, las cuestiones jurídicas respecto al comerciante y las actividades de comercio que realiza.

LA EMPRESA

La palabra empresa deriva según la real academia de la lengua española del vocablo italiano impresa, que en Italia significa acción ardua y dificultosa que se realiza o entidad integrada por el capital y el trabajo como factores de la producción y dedicada a actividades industriales, comerciales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos y con la consiguiente responsabilidad.

El término de empresa puede ser y es muy amplio, esto es porque compete a varias acciones del orden económico como lo sería la cuestión industrial, comercial o prestación de servicios además de verse por muy diferentes puntos de vista como lo sería la cuestión civil, la cuestión fiscal, económica, mercantil, internacional entre otros.

La empresa puede ser definida ya en español de muy similar forma que en Italia solo que podríamos en este caso distinguir o separar las palabras emprendedor y empresa respectivamente aunque el carácter lucrativo que aparece en la definición en Italia no sea completamente utilizada en nuestro país ya que existen sociedades civiles que no son constituidas con fines de lucro, que si bien persiguen una cuestión económica no se llega a realizar una especulación y no es el fin primario de la misma, y se definirá empresa de la siguiente forma:

La empresa es una unidad económico-social, integrada por elementos humanos, materiales y técnicos, que tiene el objetivo de obtener utilidades a través de su participación en el mercado de bienes y servicios. Para esto, hace uso de los factores productivos.

Trasladándolo al estudio del derecho la empresa tiene varias definiciones según la rama del derecho de la que hablemos, por ejemplo:

En materia laboral es la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios por establecimiento.

Diferente sentido se le puede observar a la próxima definición que es en materia mercantil y que expresa más a detalle y delimitándolo de una manera comercial.

En materia mercantil es el conjunto de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos, coordinados para ofrecer con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios.

La empresa es una institución compleja de índole económico, integrada por varios elementos que son los personales o subjetivos y los objetivos.

Los elementos personales son constituidos por el empresario quien es el que tiene la iniciativa y aporta su función creadora, y los empleados, obreros o personal que desempeñan alguna actividad física o intelectual que ayuda al funcionamiento de la empresa. El empresario es el que maneja y organiza a la empresa con la idea y finalidad de lucro.

Entre estos factores subjetivos se crea un vínculo jerárquico el del empresario y los subordinados, tal es el caso de los gerentes y directores que actos administrativos por cuenta y nombre del dueño lo que conlleva lo siguiente:

Se puede ir más a fondo en la clasificación y definir entonces a los auxiliares del empresario en este caso, que serían los independientes y los dependientes.

Los factores independientes son los que no están ligados completamente al empresario o a la relación laboral en la empresa sino que como si nombre lo dice son elementos externos de la misma y que auxilian al empresario, ejemplos de estos son los corredores públicos, el perito mercantil, los agentes aduanales, contadores públicos, comisionistas y agentes comerciales.

Todos los anteriores no pertenecen a los trabajadores de la empresa, son contratados por la misma pero realizan funciones temporales y específicas.

Por su parte los dependientes realizan actividades propias del comercio como por ejemplo, los empleados del mostrador, cobradores, personal secretarial y demás personal que coadyuva a los fines de la empresa.

Estos también pueden ser los factores (gerentes, directivos etc.) Los agentes de ventas, vigilantes de ventas, corredores privados y empleados en general.

Los elementos objetivos se identifican como los bienes y derechos que integran el patrimonio de la empresa como lo es maquinaria, equipo, escritorios o el establecimiento que es el local donde se encuentra la empresa y realiza sus actividades comerciales, pueden ser también las sucursales, es pues el domicilio de la empresa ya sea en las sucursales de la empresa o en su caso la matriz de la misma que es donde se establece el domicilio fiscal de la misma.

ELEMENTOS DE LA EMPRESA

EL EMPRESARIO

Maneja y organiza la empresa con la idea y finalidad de lucro, el empresario puede ser una persona física como lo es el propio comerciante individual o podría ser por medio de lo que es una sociedad mercantil, un comerciante moral.

EL PATRIMONIO DE LA EMPRESA

Es el conjunto de elementos patrimoniales sobre los cuales se tienen derechos y obligaciones, de los cuales se pueden clasificar en bienes corpóreos e incorpóreos, organizados para la actividad mercantil o comercial llamado este elemento también la hacienda.

EL TRABAJO

“Es el conjunto de personas que trabajan auxiliando al comerciante en las actividades empresariales y dentro de la organización y jerarquía que tenga la empresa de estos elementos.”

EL ESTABLECIMIENTO

Es el local donde se encuentra la empresa y realiza sus actividades comerciales, pueden ser por un solo local o varios en el caso de la existencia de sucursales. Si dentro de este mismo lugar se lleva a cabo la administración, organización y control contable de la empresa, se considerará también como su domicilio; esta circunstancia es importante como uno de los atributos de la personalidad del comerciante, persona física o moral, debido a que la empresa no tiene personalidad jurídica.

Es importante diferenciar lo que se debe de entender como el establecimiento al de lo que es una sucursal puesto que el primo será la sede en tanto que la segunda será parte de la primera y no tendrá la facultad de realizar todos los actos como el de administrar organizar y llevar el control.

EL NOMBRE COMERCIAL

Es el derecho al uso exclusivo del nombre que tiene la empresa o establecimiento, el cual estará protegido sin necesidad de registro al uso del nombre comercial por una empresa o un establecimiento industrial, comercial o de servicios. Dicha protección abarcará la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el nombre comercial y se extenderá a toda la República si existe difusión masiva y constante a nivel nacional del mismo.

Quien

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