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DERECHO ROMANO I


Enviado por   •  16 de Abril de 2015  •  1.852 Palabras (8 Páginas)  •  488 Visitas

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TEMA III

PERSONAS

LIBRO. DERECHO ROMANO

AUTOR: PADILLA, GUMERSINDO.

EDITORIAL: MC GRAW HILL

CONCEPTO.- Se concreta en forma de derechos y deberes subjetivos los cuales necesitan existir “Titulares”. Este término viene del latín, donde otras cosas significa “Mascara” demuestra que desde su origen ha sido algo artificial una creación de la cultura y no de la naturaleza.

La expresión persona Jurídica y persona Física pertenecen igualmente al terreno jurídico.

La persona colectiva en el derecho romano surgió gradualmente en la práctica romana en ella podemos distinguir.

a).- Corporaciones, es decir personas colectivas compuestas de miembros asociados voluntariamente o por la fuerza de la tradición.

b).- Fundaciones o sea afectaciones de patrimonio a un fin determinado.

EN CUANTO A LAS CORPORACIONES LOS RASGOS COMUNES SON:

a).- Que su existencia es independiente.

b).- Su patrimonio no tiene nada que ver con el de sus miembros (Lo que se debe a una persona colectiva no se debe a sus miembros Frase al Alpiano.)

c).- que los actos de los miembros no afectan la situación jurídica.

1.- De carácter público (Estado, Municipio)

2.- De carácter semipúblico.- Con autorización especial dado por el senado

3.- De carácter privado. Solo organismos dedicados a la especulación comercial privada podían recibir personalidad jurídica.

La capacidad jurídica de las corporaciones en el Derecho Romano se fue extinguiendo poco a poco gradualmente reciben el derecho manumitir esclavos y aceptar legados inclusive el de recibir herencias.

En comparación a la persona física la colectiva tiene la ventaja de que su capacidad de ejercicio no puede ser restringida por causas físicas o psíquicas como la minoría de la edad, debilidad mental etc. Ni siquiera puede desempeñar una tutela.

LA PERSONA FISICA EN EL DERECHO ROMANO.

En el derecho moderno el concepto de persona física coincide con el de ser humano.

El derecho mexicano no reconoce la posibilidad de que existan seres humanos sin personalidad jurídica. El art. 2do de la Constitución prohíbe la esclavitud y la condena a muerte civil.

El derecho romano solo reconocía plena capacidad de goce a una minoría de seres humanos.

De acuerdo con las sistematizaciones didácticas escolares de la jurisprudencia clásica estos deberían reunir para ser personas los 3 requisitos siguientes:

A).- Tener el Status libertatis (libres no esclavos)

B).- Tener el Status Civitatis (ser romanos no extranjeros)

C).- Tener el status familia. (Ser independiente de la patria potestad).

Ulpiano establece que los esclavos no son considerados como persona pero en el derecho natural todos los nombres son iguales.

En la época pre-clásica, el esclavo no daba lugar a grandes sufrimientos, resultaba un valor patrimonial de manera que había que cuidarlo, por esta circunstancia la posición del esclavo era mejor que la del campesino o del obrero en aquellos países modernos que todavía carecen de una debida legislación laboral.

Esto cambio después de las guerras púnicas, cuando surgieron en Roma las grandes fortunas, desde entonces muchos señores tuvieron centenares de esclavos a quienes no conocían ni siquiera de vista y mucho menos de nombre.

Desde el 83 de J.C el dueño ya no puede castrar al esclavo comienzo del derecho humano a la integridad corporal.

El importante papel que desempeñaron los esclavos en la vida romana de la época clásica explica los siguientes fenómenos jurídicos.

a).- El tardío y tímido desarrollo de la representación jurídica en Roma.

b).- El escaso desarrollo de las sociedades mercantiles en Roma.

c).- El raquítico desarrollo de la práctica y teoría romana en relación con el contrato de trabajo.

CAUSAS DE LA ESCLAVITUD.

Dos que proceden del IUS GENTIUN a saber.

1.- La cautividad, resultado de una guerra justa. (en una ocasión Cesar vendió en Galia 63,000 cautivos).

2.- El nacer de una esclava.

EXTINCIÓN DE LA ESCLAVITUD.

Se desemboca en el feudalismo medieval, desde el comienzo al principiado, el esclavismo comienza a disminuir.

a).- Frecuentes manumisiones (Liberaciones)

b).- Menor frecuencia de brillantes éxitos militares.

Especialmente en tiempos de bajo imperio el número de esclavos, bajo rápidamente y la vida económica comenzó a subir debido a la escases de ellos, empezaron a prohibir que los pocos campesinos que trabajaban en sus campos salieran de allá. Así se anuncia el “Colonato”.

EL STATUS CIVITATIS.

El segundo requisito de la personalidad física en la ciudadanía romana se fue extendiendo a los habitantes no romanos de la legión latina.

EL STATUS LATINI VETERAS.

Muy parecido a la ciudadanía romana luego a las habitantes no latinos de Italia que conquistaron a la ciudadanía en la cruel guerra de los aliados.

LOS PRIVILEGIOS COMPRENDIDOS A LA CIUDADANIA ROMANA.

Otorgaba 3 privilegios de carácter privado y 2 públicos.

PRIVADO:

1. El concubium.- (derecho a casarse)

2. El Comercium .-(Derecho a realizar negocios)

3. La mancipatio .-Permite al ciudadano tener el derecho de transmitir su sucesión por testamento y de ser instituido heredero.

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