Derecho Internacional Privado Mexicano
chalosgt10 de Septiembre de 2014
8.258 Palabras (34 Páginas)296 Visitas
TEMARIO DE DERECHO NOTRIAL
1. ASPECTOS CONSIDERATIVOS.
Definición Del Derecho Notarial: Conjunto de principios, doctrinas
(sistemas notariales, relativas a la función notarial) y normas jurídicas que regulan la organización del notariado, la función notarial y la teoría formal del instrumento público.
Naturaleza Jurídica Del Derecho Notarial: Es de Derecho Público. Por
qué? ¿Hablar de la relación del Derecho Notarial con la constitución, en cuanto al tema de la seguridad. Fuentes Del Derecho Notarial: La LEY ¿Por qué? Analizar el artículo 2 LOJ. Nombre De La Ley Que Regula El Derecho Notarial En Guatemala: Código de Notariado, número de decreto 314.
Cuando Entro En Vigencia: 01 de enero de 1947. Fundamento legal:
artículo 112 Código de Notariado.
Cuantos artículos Tiene El Código De Notariado: 112. Cuantos Libros Tiene El Código De Notariado: No tiene libros, esta
estructurado por 16 títulos.
Estructure el código de notariado:
TITULO I TITULO II TITULO III TITULO IV escrituras. TITULO V TITULO VI TITULO VII TITULO VIII TITULO IX TITULO X TITULO XI TITULO XII TITULO XIII TITULO XIV TITULO XV TITULO XVI NOTARIOS PROTOCOLO INSTRUMENTOS PUBLICOS FORMALIDADES ESPECIALES PARA TESTAMENTO y otras TESTIGOS LEGALIZACIONES ACTAS NOTARIALES. PROTOCOLACIONES TESTIMONIOS PROHIBICIONES ARCHIVO DE PROTOCOLOS INSPECCION DE PROTOCOLOS REPOSICION DE PROTOCOLOS SANCIONES Y REHABILITACIONES ARANCEL DISPOSICIONES FINALES.
.
2. TEMA RELATIVO A LOS NOTARIOS..
Que Principios Contiene El Artìculo 1 Del Código De Notariado :
Principio De fe pública y Principio de Rogación.
Leer articulo 1 código de notariado. Que Es La Fe Publica: Es la investidura jurídica que el Estado a través del
ordenamiento jurídico le confiere al notario.
A Que Se Confiere El Principio De Rogacion: El notario va intervenir
cuando se lo soliciten, y puede ser a) A Requerimiento de parte; b) Por disposición de la ley. Que Hace Constar El Notario: ACTOS Y CONTRATOS.
Que Es Un Notario: (Definición según el Congreso Internacional del
Notariado) Es el profesional del derecho que ejerce una función pública consistente en recibir, interpretar y dar forma legal a la voluntad de las partes, redactando los instrumentos adecuados a este fin y confiriéndoles autenticidad; conservar los originales de estos y expidiendo copias que den fe de su contenido. En su función esta comprendida la autenticidad de hechos.
Quien Le Otorga La Fe Publica Al Notario: LA C.S.J ¿La Legislación Guatemalteca Define Al Notario, Como Profesional Del Derecho O Como Funcionario Publico: El notario de
conformidad con lo que regula el Código de Notario, es un profesional del Derecho que presta una función publica, que dimana del estado a través del ordenamiento jurídico. Pero en algunos casos, el ordenamiento jurídico de Guatemala lo define como funcionario público. Ojo ver código penal.
Requisitos necesarios para ejercer el notariado (cuales son los requisitos habilitantes).
VER ARTO. 2 CODIGO DE NOTARIADO
A parte de esos requisitos, con que otros se debe cumplir:
1. Inscribirse en el Registro de la Propiedad (Guatemala y Quetzaltenango) objeto es que el notario sea identificado en dichos registros para realizar operaciones regístrales. 2. Registrar los Titulos en la SAT (Q.100.00 c/u) Arto. 5 numeral 13 Ley de Timbres Fiscales y papel sellado especial para protocolos. 3. Registrar los títulos en la Contraloría General de Cuentas.
Quienes Tienen Impedimento Para Ejercer El Notariado (Cuales Son Las Causas Inhabilitates O Definitivas) CAUSAS ABSOLUTAS.
Ver artículo 3 Código de Notariado. QUIEN INHABILITA: En los primeros tres casos la CSJ
. En el cuatro el Tribunal de Sentencia.
Al Momento Que Haya Terminado La Causa Que Provoco La Inhabilitacion, Puede El Notario Ejercer Su Función Inmediatametne: No, debe seguir un procedimiento para ser rehabilitado
artículo 104 código de Notariado.
Quienes Pueden Ejercer El Notariado (Cuales Son Las Causas De Incompatibilidad Temporal)
Ver artículo 4 código de Notariado. Diferencia entre las causas inhabilitates y las causas de incompatibilidad. La primera es permanente y para rehabilitarse debe seguirse un trámite. La segunda es temporal y al terminar la causa se puede ejercer inmediatamente. Cuales Son La Excepciones Para Ejercer El Notariado (quienes si pueden ejercer el notariado) Ver arto. 5 Código de Notariado. Puede el Juez de 1era. Instancia cartular: Criterio: No, porque el literal g) del artículo 70 de la LOJ lo prohíbe. No obstante que el Código de Notariado lo permita, lo que pasa es que el código de notariado es de 1947 y en ese entonces no existían muchos notarios pero hoy en día si los hay. (actualmente mas de 13,000). Quienes también pueden ejercer el notariado. Ver arto. 6 Que prohibición tienen los notarios de instituciones de crédito. Ver arto. 7 Código de Notariado.
3. PROTOCOLO.
Que Es El Protocolo: definición desde varios puntos de vista.
a. Punto de Vista Legal. Ver arto. 8 Código de Notariado. b. Punto de vista doctrinal: Es el libro anual formado por los instrumentos públicos que el notario autoriza. c. Punto de vista fiscal: Es un impuesto para el notario. En Donde Se Extenderán Las Escrituras Matrices… Ver arto. 9 Código de Notariado. (papel sellado especial para protocolos)
Ver arto. Que documentos de conformidad con la ley registran protocolo. En Que Papel Se Redactan Las Actas Notariales: Hojas de papel bond. Cual es la diferencia entre el protocolo del escribano de gobierno y el protocolo del notario. que hoy en día se venden. ¿cuáles son las medidas y características de la hoja de papel sellado especial para protocolos? Ver arto. 30 del Reglamento de la Ley de Timbres fiscales. 24 del Reglamento de la Ley de timbres. Escrituras Matrices. Se entrega en especies fiscales. Cual Es La Forma De Entregar La Comisión Por La Compra De Papel Protocolo. Cuales Son Las Formas Que Tiene El Notario Para Comprar Hojas De Papel Sellado Especial Para Protocolos: Ver arto. 59 Código de Notariado. acta de protesto. De cuanto es la comisión por la compra de papel protocolo.. Se vende en lotes no menores de cincuenta y cinco hojas.00 por cada hoja. Que son las especies fiscales. Quien Le Vende A Los Notarios Las Hojas De Papel Sellado Especial Para Protocolos: La SAT. Ver arto. Ejemplo: Escrituras públicas. Que se extiende en papel de lino o similar. esto incluyen la comisión. Esto quiere decir que no paga impuesto. 3. La constancia . Valor de la hoja de papel sellado especial para protocolos: Es de Q. en el 1. 33 numeral 9 de la Ley de Timbres fiscales. Ver arto. Porque El Codigo De Notariado Regula Que Las Hojas De Protocolo Se Venden En Lotes De Veinticinco Pliegos: Porque antes las hojas de papel protocolo venían en una forma de cuadernillo que al separarlas o partirlas hacían las 50 hojas. 33 numeral 10 de la Ley de Timbres fiscales. 1. Actas de protocolización: ejemplo: Actas de matrimonio. 11. del Código de Notariado y Artículo 1 del Acuerdo 16-2009 de la Corte Suprema de Justicia. Ejemplo ver arto. Ver arto. Razón de legalización de firmas. como se venden las hojas de papel sellado especial para protocolos: Ver artículo 30 del Reglamento de la Ley de Timbres Fiscales y Papel sellado especial para protocolos. 28 Le de Timbres Fiscales. 2. Ejemplo ver artículo 962 Código civil. (Ojo es un impuesto en timbres fiscales y papel sellado especial para protocolos). 4. Arto. Cuanto Se Paga Por Apertura De Procolo: Ver arto. documento proveniente del extranjero. Documentos que el notario registra de conformidad con la ley. Se deja constancia de la entrega de las hojas de protocolo. 29 del Reglamento de la Ley de Timbres fiscales y papel sellado especial para protocolos.
de pago por apertura de protocolo. Interrupción fiscal: Cuando se interrumpe o se acaba la serie del protocolo. y debo seguir cartulando con el número correlativo que quedo cuando deje de cartular. cinco actas de precolación. CUALES SON LAS FORMALIDADES DEL PROTOCOLO. PARA QUE SEIRVEN LOS FONDOS RECAUDADOS POR APERTURA DE PROTOCOLO: 1.. Interrupción material: Cuando se protocoliza un documento. y deseo seguir cartulando. Firma del notario. es el primer atestado que incorpora el notario en el protocolo a su cargo. (Ver arto. Cual es el quinquenio actual del papel sellado especial para protocolos: es del 2008 al 2012. No porque el pago es anula. Las cuales se encuentran contenidas en cuarenta folios. 2. ¿Haría la escritura? CUANDO SE CIERRA EL PROTOCOLO: ver arto. 12 Código de Notariado. el cual contiene VEINTE (20) instrumentos públicos distribuidos de la siguiente manera: cinco escrituras matrices. QUE DEBE CONTENER LA RAZON DE CIERRE: Notario. En la Tesorería del Organismo Judicial. CUALES SON LOS TIPOS DE INTRUPCCIONES QUE EXISTEN EN LA NUMERACIÒN DE PAPEL PROTOCOLO. 2. como Notario procedo a cerrar el protocolo a mi cargo. 13 Código de Notariado. COMO SE HABRE EL PROTOCOLO: Con el primer instrumento que autoriza el notario. ¿Pregunta la razón debe llevar sello del Notario? ¿SERA QUE LA RAZON DE CIERRE SE PUEDE HACER EN PAPEL BOND? Pregunta: ¿si dejo de cartular el 31 de mayo y cierro el protocolo y regreso el 1 de octubre del mismo año. 12 Código de . 1. Para la conservación de los protocolos. Ver arto. cinco escrituras canceladas.50. Para la encuadernación de los testimonios especiales enviados por el notario el Archivo General de Protocolos. EJEMPLO DE UNA RAZON DE CIERRE: RAZON DE CIERRE: En la ciudad de Chiquimula. 12 Código de Notariado) EJEMPLO: Si a su oficina llega una persona el día 3 de
...