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EVOLUCIÓN DEL DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  2.126 Palabras (9 Páginas)  •  491 Visitas

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EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO COMERCIAL EN ALEMANIA RUSIA, SUECIA. AMERICANO, ESPAÑOL Y PERUANO

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO COMERCIAL EN ALEMANIA

Se produce la inversa que la francesa. Además de la unidad estatal falta en Alemania (unida en 1815) una ciencia jurídica de la calidad de la que permitió llevar a cabo la codif. Napoleónica y, en especial, el code civil. Savigny se opuso a que se produjera el proceso codif.

Con la modernización del DM, va a ser factor decisivo para llevar a cabo la codif. Alado del esfuerzo de actualizac. Del pensamiento jco. Romano, obra de la Pandectística.

Ambas vías convergen en la promulgación del cód. Civil. BGB como un apéndice constituido por el cód. De comercio. La codif alemana se muestra cien años después como un producto de calidad notablemente superior a la francesa. Los datos más relevantes de la fase de esplendor del DM del cter. transitorio:

La ordenanza cambiaría gral. Alemana (ADWO) elaborada en 1874, primera muestra de modernización. El progreso se muestra respecto del code de commerce, en el refuerzo de la posición jca. Del acreedor cambiario, a través de una mejor y más clara definición. Al propio tiempo, la regulación de la LC aparece generalizada, sin vinculación a suj. Que posean la condición de comerciantes - lo que supone la culminación de la LC, como acto de comercio objetivo o per se.

La aportación de la ciencia jca. Formulando los pº sistemáticos de dicho ordenamiento.

El 31 de mayo de 1861 la conferencia alemana aprueba un cod. De comercio en forma de ley uniforme de introducción voluntaria para los estados miembros (ADHGB). Lo relevante es que se vale del sistema objetivo de la mercantilidad y de los actos de comercio para anticipar de D. gral. Del tráfico en Alemania ante la inexistencia de un cód. Civil, materia sb. la que la confederación carece de competencia constitucional.

Cdo la Ordenanza concursal alemana de 1877 refiere la institución del concurso a la situación de insolvencia del deudor común, prescindiendo de una condición de comerciante el status de este último perderá una de sus consecuencias tradicionales más importantes, el sometimiento a la quiebra. El vaciado que experimenta así dicho estatus corre parejo con la generación de concurso. La razón de ser estriba, en la necesidad de respetar el interés colectivo de los acreedores (por condicio creditorum) ante la insolvencia del deudor común, independiente de la índole del tráfico que el mismo ejercite.

Teniendo en cuenta lo anterior, se comprende el “retorno” del cód. de comercio alemán de 1897 (HGB) al sistema subjetivo presente en el ALR prusiano y ni siquiera abandonado en el ADHGB. Ello es efecto, de aquel D. gral. de tráfico, antes contenido en el ADHGB, ha hallado su sede en el BGB.

La existencia de dos cod. Separados de D. privado BGB y HGB, se revela predominantemente formal. La decisión de mantener el HGB separado respondió a la idea de dejar una puerta abierta a la función renovadora del D. pdo. En cuanto a la reg. de las Soc., la no incorporación a la HGB de la SRL, la posterior salida de la SA (1937) y la virtualidad sistemática creciente de la Soc reg. en el BGB, dotarán de carácter autónomo al D. de sociedades respecto del HGB.

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO COMERCIAL EN RUSIA

Inicia con el movimiento codificador por FEDERICO el grande de Prusia, quien promulgo en 1794, un código que comprendía normas sobre derecho civil, político, eclesiástico, penal y mercantil. Su mérito es primordialmente histórico por haber sido el primero y no propiamente por su contenido o trascendencia.

La Asamblea Nacional Constituyente de Francia ordenó la redacción de los códigos civil y de comercio, pero las constantes crisis políticas y guerras retrasaron la expedición de los mismos en 1801 una comisión de siete (7) miembros fue encargada de código de comercio cuyos ante proyecto se sometió al estudio de tribunales de comercio, tribunales de apelación y casación y, por último, consejo de estado.

El derecho mercantil dejo de ser de una clase, la de dos comerciantes, para convertirse en el derecho de ciertas actividades que se ejerce unas veces en forma habitual y otras accidentalmente.

Este código puso de relieve la importancia de la actividad mercantil considerada, aunque no comprendió la industria ni comprendió ni consagro noción alguna de la Empresa.

Polonia promulgó su código de comercio en 1809. Bélgica adopto en su integridad el código Francés en 1811. España promulgó su código en 1829, y aunque se inspiro en el Francés, estableció la matricula como elemento necesario para determinar la profesión comercial. Portugal tuvo su código en 1833; Rusia en 1833; Grecia en 1835; Holanda en 1838; Alemania en 1848; Turquía en 1850 e Italia en 1865. Este ejemplo fue seguido por muchos otros países entre los cuales estaban todos los de Latinoamérica, que sancionaron sus respectivos códigos inspirándose siempre en los de Francia, España y Portugal.

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO COMERCIAL EN SUECIA

El monopolio radical de las compañías coloniales, al cual recurrieron principalmente Francia, Dinamarca, Suecia y Holanda, pero alcanzaron su mayor potencial y desarrollo en Inglaterra donde existieron las compañías reguladas y las sociedades por acciones; de las primeras se destacó La Sociedad de los Mercaderes Aventureros de Inglaterra, cuya forma inicial fue el consorcio o compañía, que operaba según los principios de la actual sociedad colectiva; las segundas se crean mediante el sistema del octroi, esto es el acto de incorporación y concesión de derechos de soberanía, lo que pone de presente el carácter público con que surge este tipo societario, basado en el dinero, a cuya cantidad está limitada la responsabilidad, sin atender la calidad de los socios. Su antecedente se encuentra en los mercaderes aventureros en 1553.

Surgen en consecuencia las bolsas de valores en las que se realiza una actividad de compra y venta de acciones, bonos y otros títulos, bajo una organización moderna, donde se especula con los precios de las acciones, unos las adquieren para percibir su fruto, sin interés en venderlas; otros las compran de contado para venderlas a tiempo y ganar el interés; otros juegan al resultado que se presente “el día veinte del mes, que es el tiempo en que deben recibirlas”. La primera bolsa surge en Londres en 1570, aunque sus antecedentes remotos de ubican en el puerto Pireo de Atenas. Roma conoció los collegium mercatorum.

EVOLUCION HISTORICA DEL DERECHO COMERCIAL AMERICANO

Es sabido que el

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