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El Matrimonio Romano


Enviado por   •  4 de Mayo de 2013  •  3.788 Palabras (16 Páginas)  •  569 Visitas

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Matrimonio Romano

Es uno de los elementos básicos del derecho de familia. Los romanos tuvieron una concepción muy particular.

El matrimonio puede definirse como la cohabitación de dos personas de distinto sexo, con la intención de ser marido y mujer, de procrear y educar a sus hijos y constituir entre ellos una comunidad absoluta de vida. Importaba una situación de hecho fundada en la convivencia del hombre y la mujer, cuyo comienzo no estaba marcado por formalidad alguna, a lo que se debía agregar la intención permanente y recíproca de tratarse como marido y mujer, llamado afectio maritalis contaba el matrimonio de 2 elementos: uno objetivo, la cohabitación, y otro subjetivo, la afectio maritalis. El matrimonio era una relación de hecho con consecuencias jurídicas.

La cohabitación no debe entenderse exclusivamente en sentido material, sino más bien ético, porque existía el caso de que los esposos no compartieran el mismo hogar y podía contraerse el matrimonio aunque el marido estuviera ausente, y la mujer estuviera en su casa. La ausencia de la mujer impedía el perfeccionamiento del matrimonio.

La afectio maritalis, no era meramente una manifestación de consentimiento inicial, si cesaba, el matrimonio se extinguía. No importaba un simple consentimiento, sino una relación fáctica creadora de status, el de marido y mujer. Este elemento tuvo una importancia vital: "no el concúbito, sino el consentimiento, constituye las nupcias".

La afectio maritalis no debía quedar en la conciencia de los cónyuges. Debía hacerse pública. Ésta se demostraba mediante declaración de los esposos, y de los parientes y amigos, por una manifestación exterior, llamada "honor matrimonii", que era el modo de comportarse en sociedad los esposos, y el trato que el marido dispensaba a la mujer.

El matrimonio siempre tuvo carácter monográfico en Roma. El ius postliminium, que operaba sobre las relaciones jurídicas, no tenía efectos sobre el matrimonio.

Características del matrimonio Romano

Desde tiempos muy antiguos había en Roma tres formas de efectuarse el matrimonio:

a) Confarretaio. Tenía carácter religioso y un ritual bastante complicado y solemne, cuya ceremonia principal era ofrenda a Júpiter de un pan de trigo -panis farreus- en presencia de dos sacerdotes, el pontifex maximus, y el flamen dialis, y diez testigos más.

b) Coemptio. Era una compra simbólica de la novia y, como en tal ceremonia de compra, había un libripens o funcionario con una balanza para pesar el precio: esto recordaba la época en que el dinero consistía en lingotes y no era acuñado.

c) Usus, sin formalidades. Quedaba efectivamente casada la pareja que vivía junta durante un año sin interrupción de tres noches seguidas.

Carecía el matrimonio entre los romanos del elemento religioso que tiene luego en Occidente desde la Edad Media.

Otra característica del matrimonio romano clásico era que no dependía en absoluto de alguna formalidad que le diera validez. No tenía que verificarse ante ninguna autoridad, ni había que firmar contratos ni otros documentos. Las ceremonias no eran esenciales ni imprescindibles. Los romanos consideraban que el matrimonio era la unión de dos personas de distinto sexo que tenían la intención de ser mujer y marido. Y era esta intención – affectio maritalis- la que en Roma daba validez al matrimonio.

Requisitos para contraer matrimonio en Roma

Ius connubii

Pubertad

Capacidad

Consentimiento

Ius connubii de los contrayentes:

El ius connubii es la capacidad jurídica para contraer el legítimo matrimonio romano, que era propio de los ciudadanos romanos y latinos veteris hasta antes de la Constitución imperial de Antonino Caracalla del año 212 d. C.; año en el cual, en virtud de dicha constitución, se otorga la ciudadanía romana a todos los habitantes del Imperio, incluidos los peregrinos y Latinos junianos. Ya en tiempos de Justiniano, sólo los esclavos y bárbaros (que no habitan en el Imperio) no gozaban del ius connubii.

De todas formas, para contraer la iusta nuptia era necesario que ambos contrayentes tuviesen este ius connubii, sin perjuicio de que en caso de que uno de los cónyuges hubiere contraído iusta nuptia creyendo que la pareja poseía el ius connubii, siendo que en realidad no era así, el matrimonio no producía efectos jurídicos centrales, como la agnación, la patria potestas y la manus. No obstante ello, desde el año 212 d. C. esto no tuvo mayor relevancia.

Pubertad de los contrayentes

Debido a que uno de los fines del matrimonio es la procreación y la perpetuación de la especie, se hacía necesario que los contrayentes tuviesen la madurez sexual suficiente para contraer iustae nuptiae. Vale decir, en la Antigua Roma, se exigía que el varón y la mujer fuesen púberes, esto es, mayor de 14 y 12 años respectivamente. Éste fue el criterio adoptado por Justiniano, inspirándose en la Escuela Proculeyana; descartando el criterio de Sabino que exigía que en el caso del varón fuera necesario un examen físico. De todas formas, respecto de la mujer, siempre se entendió que la edad en que llegaba a la pubertad, eran los 12 años.

Capacidad de los contrayentes

La exigencia de capacidad a los contrayentes puede definirse también por la exigencia de ausencia de impedimentos por parte de éstos. Los impedimentos de los que hablamos, pueden ser absolutos o relativos.

Los impedimentos absolutos, imposibilitan que un sujeto pueda contraer matrimonio; y los Impedimentos relativos imposibilitan que un sujeto contraiga matrimonio con determinadas personas.

Impedimentos para contraer matrimonio en Roma

Impedimentos absolutos

• Impubertad: Como ya se expresó, uno de los objetivos del matrimonio es la procreación, de manera que no pueden contraer iusta nuptia los sujetos que no han alcanzado la pubertad. El criterio para determinar la pubertad es el seguido por los Proculeyanos; vale decir son incapaces

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